Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2019 (25/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 25 de julio de 2019 /

El Peruano

a) Realizar la compra de combustible para la Municipalidad Distrital de Chala en el Grifo Aeropuerto 610 S.R.L, que pertenece a Felipa Agueda Pacheco Puquio, hermana del citado alcalde, y a Mario Poma Valentín (según copia literal certificada de la Partida Nº 01191601), quienes son copropietarios y convivientes. b) Dicha compra fue de 77 galones de suministro de petróleo y 0.990 galones de suministro de gasolina. El pago que se efectuó al Grifo Aeropuerto 610 S.R.L fue por S/ 1071.02 y se emitió el Cheque Nº 08342891 del Banco de la Nación, el cual se encuentra debidamente cancelado, firmado y sellado por el área de ventas del grifo. Así también, describe las documentales que prueban el procedimiento de compra, como el Requerimiento Nº 000115, del 3 de enero de 2019, la Orden de Compra Nº 001-2019-MDCH, de la misma fecha, Registro de ingreso y salida del área de la Oficina de Abastecimiento, Recepción de Factura Electrónica Nº F003-00002249, del 20 de febrero de 2019, y la emisión del cheque y comprobante de pago (registro SIAF 0000000062), del 28 de febrero de 2019. Asimismo, señaló que no existen propuestas, proformas y cuadro comparativo de precios. c) Existe interés directo y personal del alcalde de procurarle un beneficio a su hermana y al conviviente de esta, pues la Municipalidad Distrital de Chala ha contratado con el Grifo Aeropuerto 610 S.R.L, lo cual acredita la existencia de un conflicto de intereses. De este modo, ha afectado el patrimonio municipal y se ha beneficiado a la empresa de su hermana en desmedro de dicho patrimonio, puesto que se ha pagado S/ 14.08 por galón de petróleo, cuando otros grifos venden a precios aun menores. Mediante la Resolución de Alcaldía Nº 129-2019-MDCH/A, del 31 de mayo de 2019 (fojas 35), se han acumulado las solicitudes de vacancia presentadas por Elizabeth Cristina Huamaní Quispe y Edy Martín Siguas Reyes, del 9 y 29 de mayo de 2019, respectivamente. Descargos del alcalde cuestionado

Resolución de Alcaldía Nº 131-2019-MDCH/A, del 3 de junio de 2019. Precisamente, el referido comprobante es el único sustento de la vacancia, pues genera derecho de pago y fue girado al Grifo Aeropuerto 610 S.R.L, por la suma de S/ 1071.02. c) Los efectos de la nulidad decretada en la Resolución de Alcaldía Nº 0073-2019-A-MDCH han sido consumados con la correspondiente devolución del pago de S/ 1071.02 e intereses realizados por el citado grifo, a través del Banco de Nación, conforme se demuestra en el váucher, del 8 de mayo de 2019, el cual fue presentado ante la mesa de partes de la Municipalidad Distrital de Chala y fue recepcionado con Registro Nº 1914. Cabe precisar que toda la documentación referida a la devolución fue legalizada con fecha 8 de mayo de 2019. d) Así también, debe tenerse en cuenta que el pedido de vacancia de Elizabeth Cristina Huamaní Quispe fue presentado ante el Jurado Nacional de Elecciones, el 9 de mayo de 2019, es decir, si el sustento de vacancia era el Comprobante de Pago Nº 139, y al no tener existencia jurídica por ser este declarado nulo, entonces no existe sustento para la causal alegada. Decisión del concejo municipal En la sesión extraordinaria del concejo municipal, del 12 de junio de 2019 (fojas 421 a 425), por cuatro (4) votos a favor y uno (1) en contra, se aprobó la vacancia del alcalde de la comuna edil. Posteriormente, el acuerdo adoptado en la precitada sesión fue formalizado a través del Acuerdo de Concejo Nº 030-2019-CM-MDCH, del 24 de junio de 2019 (fojas 427 a 429). Recurso de apelación Por escrito, del 25 de junio de 2019 (fojas 438 a 455), Víctor Tomás Pacheco Puquio interpuso recurso de apelación en contra del acuerdo adoptado en la sesión extraordinaria de concejo municipal, del 12 de junio de 2019, bajo los mismos argumentos de sus descargos. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN

El 11 de junio de 2019, la autoridad cuestionada presentó sus descargos ante el concejo municipal (fojas 198 a 211), y alegó lo siguiente: Descargos sobre la causal de nepotismo a) Wilder Orlando Pacheco Puquio y Blanca Estela Herrera Naraza han sido convivientes hasta el 2005, es decir, hace más de 14 años ya no son convivientes, pusieron fin a su convivencia en el Juzgado de Paz de Tinguiña-Ica. b) Blanca Estela Herrera Naraza mantiene una unión matrimonial con Halan Ulises Mansilla Quispe, quienes inclusive han obtenido un préstamo de PYMES/ CONSUMO, en fecha 4 de setiembre de 2018, fijando como su domicilio común en la calle Prolongación Comercio mz. 34, lote 04, Chala. c) Wilder Orlando Pacheco Puquio mantiene desde el 2008 una convivencia con Yhovana Norma Basilio Sarzo, ambos son padres de un menor de 11 años. d) Blanca Estela Herrera Naraza goza del derecho constitucional al trabajo, y la autoridad cuestionada no mantiene ninguna relación de parentesco por consanguinidad o afinidad con esta. Descargos sobre la causal de restricciones de contratación a) Debido a que es un procedimiento sancionador, se requiere de mínima actividad probatoria, pues no obra documento alguno que pruebe la existencia de los extremos alegados, ya que el pedido se ampara sobre criterios subjetivos y alegaciones de documentos que jurídicamente no existen. b) Lo anterior tiene su fundamento en que se ha declarado la nulidad de oficio del Comprobante de Pago Nº 139, de fecha 28 de febrero de 2019, como se aprecia del contenido de la Resolución de Alcaldía Nº 0073-2019-A-MDCH, del 22 de marzo de 2019, y de la

En vista de los antecedentes expuestos, este Supremo Tribunal Electoral debe determinar lo siguiente: a) Si Víctor Tomás Pacheco Puquio, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chala, incurrió en la causal de nepotismo, prevista en el artículo 22, numeral 8, de la LOM. b) Si el alcalde Víctor Tomás Pacheco Puquio incurrió en la causal de restricciones de contratación, prevista en el artículo 22, numeral 9, concordado con el artículo 63 de la LOM. CONSIDERANDOS Cuestión Previa 1. Como cuestión previa al análisis del caso se debe indicar que la solicitud de vacancia presentada por Elizabeth Cristina Huamaní Quispe, el 9 de mayo de 2019, ante este órgano electoral en contra de Víctor Tomás Pacheco Puquio, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chala, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, invoca las causales de nepotismo y restricciones de contratación con base en los fundamentos precisados en los antecedentes del presente pronunciamiento; asimismo, se observa que la solicitud de vacancia presentada por Edy Martín Siguas Reyes, de fecha 29 de mayo de 2019, también desarrolla los mismos hechos señalados por la solicitante primigenia e invoca las mismas causales de vacancia, solo que de manera inversa. 2. En mérito a ello, este órgano electoral considera que tal defecto no configura un impedimento para emitir pronunciamiento, toda vez que: a) Mediante Resolución de Alcaldía Nº 129-2019-MDCH/A, del 31 de mayo de 2019, la Municipalidad Distrital de Chala, en la figura del alcalde cuestionado, acumuló las solicitudes de vacancia