Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2019 (25/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Jueves 25 de julio de 2019 /

El Peruano

Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007PCM, se aprueban los Lineamientos para Elaboración y Aprobación del TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, la cual tiene por objeto establecer las disposiciones que deberán tener en cuenta las entidades para dar cumplimiento a la Ley N° 27444, en lo que respecta a la elaboración, aprobación y publicación del TUPA, Decreto Supremo que, en su artículo 15 establece: "Las entidades deben aprobar su TUPA como sigue: Gobierno Regional y sus Organismos Públicos Descentralizados (incluidos los procedimientos de las Direcciones Regionales Sectoriales) mediante Ordenanza Regional"; Que, el numeral 44.1 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS establece que, "El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, o por Resolución del Titular de organismo constitucionalmente autónomo, según el nivel de gobierno respectivo", en ese orden de ideas el numeral 44.2 de la norma aquí citada señala que, "La norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario Oficial El Peruano"; Que, según Informe N° 011-2018-GRH-GRPPAT/ SGDIS-LAS, se han establecido Ciento Cincuenta y Ocho (158) Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional Huánuco, los que han sido elaborados dentro del marco normativo del Decreto Supremo N° 079-2007PCM; Que, con Oficio N° 1012-2018-GRH/GR, de fecha 28 de diciembre del 2018, el Gobernador Regional, eleva al Consejo Regional el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), del Gobierno Regional Huánuco, que consta de Ciento Cincuenta y Ocho (158) Procedimientos Administrativos, pidiendo que se prosiga con el trámite administrativo para su aprobación; Que, mediante Dictamen N° 002-2019-GRHCOCR/CPPPATyAL de fecha 14 de febrero de 2019, la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional Huánuco, propone declarar procedente la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Huánuco, pidiendo poner en agenda del magno Consejo Regional para su aprobación; Que, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, realizada en la Provincia de Huánuco, el día 18 de febrero del 2019, se trató el Dictamen N° 002-2019-GRHCO-CR/ CPPPATyAL de fecha 14 de febrero de 2019, presentado por la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, el cual después de un análisis y debate correspondiente, fue sometido a votación, siendo aprobado por UNANIMIDAD; Que, mediante Oficio N° 149-2019-CR-GRHCO/SCR, de fecha 19 de febrero del 2019, la Secretaría de Consejo Regional remite el Proyecto de Ordenanza Regional a Gobernación Regional para su promulgación; Que, con Oficio N° 174-2019-GRH/GR, de fecha 08 de marzo del 2019, el Gobernador Regional en ejercicio de la atribución establecida en el literal o) del artículo 21º de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, observa el Proyecto de Ordenanza Regional, por las condiciones establecidas en el Informe Legal N° 193-2019-GRH-GGR/ORAJ, de fecha 06 de marzo del 2019; Que, según Oficio N° 0182-2019-CR-GRHCO/SCR, de fecha 12 de marzo del 2019, la Secretaría de Consejo Regional remite todo lo actuado a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial para la subsanación de las observaciones; Que, mediante Informe N° 005-2019-GRH-GRPPAT/ SGDIS-LAS, de fecha 02 de abril del 2019, la Especialista Administrativo de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas, subsana las observaciones efectuadas por el Órgano Ejecutivo Regional; Que, con Informe N° 433-2019-GRH-GRH-GGR/ ORAJ, de fecha 26 de abril del 2019, emitido por el Director Regional de Asesoría Jurídica, manifiesta que se ha cumplido con subsanar las deficiencias antes advertidas y debe proseguirse con el trámite correspondiente;

Que, mediante Informe N° 112-2019-GRH/GGR, de fecha 30 de abril del 2019, el Gerente General Regional del Gobierno Regional Huánuco, eleva el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno regional Huánuco, para su trámite correspondiente, expediente administrativo que fue derivado a la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales de Consejo Regional; Que, mediante Dictamen N° 013-2019-GRHCOCR/CPPPATyAL, de fecha 03 de junio del 2019, la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial refiere que, habiéndose subsanado las deficiencias advertidas por el ejecutivo, debe procederse a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Huánuco, pedido que, después del análisis y debate correspondiente fue sometido a votación, siendo aprobado por UNANIMIDAD; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia"; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, artículos 15° y 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatorias; El Reglamento Interno de Consejo Regional Huánuco y a lo aprobado por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), del Gobierno Regional Huánuco, que consta de Ciento Cincuenta y Ocho (158), Procedimientos Administrativos, cuyo texto forma parte integrante de la presente Norma Regional. Artículo Segundo.ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DERÓGUESE, o déjese sin efecto, las normas o actos administrativos que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR, la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 5 días del mes de julio del año dos mil diecinueve. JUAN E. FERRER FABIÁN Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 18 días del mes de del año dos mil diecinueve. JUAN MANUEL ALVARADO CORNELIO Gobernador Regional 1791998-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.