Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2020 (13/02/2020)
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TEXTO DE LA PÁGINA 87
El Peruano / Jueves 13 de febrero de 2020
NORMAS LEGALES
Tambos alternos:
N° 1 TAMBO NAYAP DISTRITO IMAZA PEBAS PROVINCIA BAGUA MARISCAL RAMÓN CASTILLA AYABACA JULCAN
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Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en tanto se designe al nuevo titular de la institución y este asuma las funciones que por ley le corresponden; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016-JNAC/ RENIEC (31MAY2016) y sus modificatorias y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la gratuidad en la tramitación de los procedimientos de inscripción de nacimiento, así como los procedimientos en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales RUIPN y la consecuente obtención del documento nacional de identidad, para mayores y menores de edad, que se realicen en los cinco (05) Tambos seleccionados o los cinco (05) alternos detallados en el Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural, a cargo de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social GRIAS del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RENIEC. Artículo Segundo.- Admitir de manera excepcional, para la atención de menores de 0 a 16 años de edad, la copia simple del acta de nacimiento del titular, el cual contará con el visto bueno del Registrador del RENIEC, así como el DNI del declarante que se encuentre caduco. Artículo Tercero.- Admitir de manera excepcional, para la atención de menores de 0 a 16 años de edad, como referente de la dirección domiciliaria, la información consignada en la ficha registral que suscribirá el declarante o su representante, la misma que tiene carácter de declaración jurada, no requiriéndose la presentación de documentos adicionales para dicha acreditación, siempre y cuando la situación del titular lo justifique. Artículo Cuarto.- Autorizar de manera excepcional, la gratuidad en el cambio de lugar de entrega del DNI para personas mayores y menores de edad, siempre que el DNI haya sido tramitado conforme a los alcances de la presente Resolución Jefatural. Artículo Quinto.- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán financiados con cargo a los recursos presupuestales en el marco del numeral 23.4 del artículo 23 del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social GRIAS, la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural. Artículo Séptimo.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión del contenido de la misma para la publicidad a la población. Regístrese, publíquese y cúmplase. BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe Nacional (i) ANEXO 1 Tambos seleccionados:
N° TAMBO DISTRITO IMAZA BELEN PACAIPAMPA PROVINCIA BAGUA MAYNAS AYABACA SANCHEZ CARRIÓN DEPARTAMENTO AMAZONAS LORETO PIURA LA LIBERTAD
DEPARTAMENTO AMAZONAS LORETO
2 COCHIQUINAS
3 ANDURCO ALTO 4 SANTA APOLINIA 5 SAN JUAN DE CARHUACC
AYABACA JULCAN YAULI
PIURA LA LIBERTAD
HUANCAVELICA HUANCAVELICA
1855058-1
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a La Positiva Seguros y Reaseguros S.A.A. y La Positiva Vida Seguros y Reaseguros S.A. el traslado de agencia de uso compartido ubicada en el departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN SBS N° 0432-2020 Lima, 28 de enero de 2020 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTAS: Las solicitudes presentadas por LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS S.A.A. y LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS S.A., para que se les autorice el traslado de la agencia de uso compartido ubicada actualmente en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 368 Urb. Santa Victoria, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; a su nueva ubicación en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 457 y 463 Urb. Santa Victoria, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 3335-2012 de fecha 06 de junio de 2012, se autorizó a ambas compañías el uso del local compartido de una agencia ubicada en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 301, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; Que, mediante Resolución SBS N° 761-2017 de fecha 22 de febrero de 2017, se autorizó a ambas compañías el traslado de una agencia de uso compartido a su nueva ubicación en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 110, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; Que, mediante Resolución SBS N° 3558-2019 de fecha 09 de agosto de 2019, se autorizó a ambas compañías el traslado de una agencia de uso compartido a su nueva ubicación en la Avenida Andrés Avelino Cáceres N° 368 Urb. Santa Victoria, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque; Que, en aplicación de los artículos 3° 4° y 7° del Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015, y el Procedimiento N° 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS N° 1678-2018, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de una (01) agencia de uso compartido;
1 YUPICUSA 2 CAÑAVERAL 3 CURILCAS
4 SUCCHAMARCA COCHORCO 5 CHOPCA YAULI
HUANCAVELICA HUANCAVELICA