Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2020 (13/02/2020)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano / Jueves 13 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

113

Nº 1071-2019-GDESC-MPI, Informe Legal Nº 474-2019LMJC/AL-GDESC-MPI, Oficio Nº 0650-2019-GAJ-MPI, Oficio Nº 011-2019-RFTG-GDSPYC-MPI, Informe Legal Nº 095-2019-HABH-GAJ-MPI, Oficio Nº 0347-2019-GA-MPI y los Informes Legales Nº 180,082-2019-HABH-GAJ-MPI; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme a los artículos I y II del Título Preliminar de la ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Que, El Señor Regidor Sr. Rómulo Frenado Triveño García, Presidente de la Comisión de Salud Pública y Comercialización de la Municipalidad Provincial de Ica, con el Oficio Nº 011-2019-RFTG-GDSPYC-MPI, realiza las observaciones al proyecto de la Ordenanza Municipal, con el Informe Legal Nº 474-2019-LMJC/AL-GDESC-MPI, el Asesor Legal de la Gerencia de Desarrollo Económico y Seguridad Ciudadana, realiza el levantamiento de las observaciones advertidas por el señor regidor Que, el Gerente de Desarrollo Económico y Seguridad Ciudadana, con el Oficio Nº Oficio Nº 1071-2019-GDESCMPI de fecha 23 de setiembre del 2019, remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica, el PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA Y PROMOCIONA EL EXPENDIO O VENTA DE EMOLIENTES EN ESPACIO PUBLICO COMO MICROEMPRESAS DE AUTOEMPLEO PRODUCTIVO, haciendo conocer que el Sub Gerente de Desarrollo Económico Local, dependencia formuladora del plan remite los actuados con el levantamiento de las observaciones realizadas, el cual cuenta con la verificación del Asesor legal de la Gerencia de Desarrollo Económico y Seguridad Ciudadana. Que, el Gerente de Desarrollo Económico y Seguridad Ciudadana, remite al Gerente Municipal de esta Comuna el PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA Y PROMOCIONA EL EXPENDIO O VENTA DE EMOLIENTES EN ESPACIO PUBLICO COMO MICROEMPRESAS DE AUTOEMPLEO PRODUCTIVO, el cual tiene por objeto establecer normas que regulen la actividad de venta de emoliente en la vía publica en la jurisdicción del distrito de Ica, a través de los órganos competentes y de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, en concordancia con la ley Nº 30198, Ley que reconoce la preparación y expendio o la venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública como micro empresas generadoras de autoempleo productivo. Asimismo se busca garantizar que las personas que estén autorizadas para el expendio o venta de emoliente en espacio público en la jurisdicción del distrito de Ica, y desarrollen sus actividades comerciales en condiciones de salubridad, garantizando que se desarrollen en condiciones de respeto a la tranquilidad de los vecinos, observando normas de seguridad, orden, limpieza y ornato urbano. Que, de folios 02 se aprecia el Informe Nº 01117-2019-JHA-COMERC.-SGDEL-GDESC-MPI, en el cual el (e) del Área Funcional de Comercialización, pone de conocimiento que al Sub Gerente de Desarrollo Económico Local, que ha revisado el indicado proyecto, indicando que enmarca a lo establecido en la ley Nº 30198 de fecha 16 de mayo del 2014, el que reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública y en su Artículo 2º la reconoce como una actividad económica de inclusión social e interés turístico y cultural, así mismo define a estas únicas bebidas o infusiones elaboradas con plantas medicinales como el emoliente, que sean preparadas con quinua, maca y Kiwicha; por ,lo que es de competencia de la Municipalidad Normar el expendio en las vías públicas de bebidas tradicionales dispuestas por la Ley Nº 30198. De folios 01 corre el Informe Nº 423-2019-SGDELGDESC-MPI, en el cual el Sub Gerente de Desarrollo Económico Local, informa que es necesario reconocer y formalizar la actividad económica de los emprendedores del emoliente en la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como micro empresas generadores de

autoempleo productivo y que la industria del emoliente es un producto que está al alcance de todos, contribuye a la salud publica ya que es elaborado con plantas medicinales y su regulación es necesaria para propiciar el desarrollo integral ordenado y armónico. Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; asimismo, con ellas se crean, modifican, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos dentro de los límites establecidos por Ley. Que, la Ley Nº 30198, de fecha 16 de Mayo de 2014 reconoce la preparación y expendio o venta de bebidas elaboradas con plantas medicinales en la vía pública, como microempresas generadoras de autoempleo productivo, Ley que rige en toda la nación. Que, el artículo 1º de la Ley Nº 30198, establece el reconocimiento como microempresas generadoras de autoempleo productivo, reconociendo el expendio o venta ambulatoria en la vía pública de bebidas elaboradas con plantas medicinales de emoliente u otras infusiones y de quinua, maca y kiwicha como microempresas generadoras de autoempleo productivo cuya actividad económica de servicio de bebidas se ubica en la Sección I, División 56, Grupo 563, clase 5630 de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) de todas las actividades económicas. Que, en su artículo 2º reconoce como una actividad económica de inclusión social e interés turístico y cultural, así mismo define a estas únicas bebidas o infusiones elaboradas con plantas medicinales como el emoliente, las que sean preparadas con quinua, maca y kiwicha como actividad económica de inclusión social e importante difusora del consumo de productos naturales tradicionales en el Perú. Que, el artículo 4º de la Ley Nº 30198, establece que los gobiernos locales regulan el expendio en la vía pública de bebidas tradicionales estableciendo para tal efecto dentro de su jurisdicción, los mecanismos de registro, control, salubridad, capacitación y fomento de capacidades que garanticen un servicio de calidad y en adecuadas condiciones de higiene y salubridad de acuerdo con las atribuciones y funciones que otorga la Ley Orgánica de Municipalidades. Que, conforme a lo estipulado en Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es función de las Municipalidades ordenar, regular y controlar el uso de las vías públicas, así como promover el. Desarrollo sostenible de la provincia y actividad comercial y por ende le compete normar el expendio en la vía pública de bebidas tradicionales, dispuestas por la Ley Nº 30198. Que, en la actualidad el distrito de Ica no cuenta con una Ordenanza que regule el expendio o venta de emolientes en la vía pública, su regulación es necesaria para propiciar el desarrollo integral, ordenado y armónico. Estando a lo expuesto, y en Uso de las facultades conferidas en el artículo 9º, numeral 8) , y los Artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 , y el Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General ; y demás normas conexas aplicables al caso , los miembros del Pleno de Concejo Municipal, Aprobaron por UNANIMIDAD la siguiente ordenanza : ORDENANZA QUE REGULA Y PROMOCIONA EL EXPENDIO O VENTA DE EMOLIENTES EN ESPACIO PÚBLICO COMO MICROEMPRESAS GENERADORAS DE AUTOEMPLEO PRODUCTIVO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º. - OBJETO La presente ordenanza tiene como objeto establecer normas que regulen la actividad de venta de emoliente en