Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2020 (13/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de febrero de 2020 /

El Peruano

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan a los miembros del "Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento"
RESOLUCION MINISTERIAL N° 039 -2020-VIVIENDA Lima, 12 de febrero del 2020 VISTO, el Informe N° 028-2020-VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0 del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, el cual cuenta con la conformidad del Viceministro de Construcción y Saneamiento, conforme consta en el proveído recaído en la Hoja de Trámite N° 17201-2020; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 10.12 del artículo 10 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por Decreto Supremo N° 094-2018-PCM, dispone que excepcionalmente para la implementación de los componentes del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios a que se refiere la mencionada Ley, en adelante El Plan, se autoriza a los Ministerios y a los Gobiernos Regionales, la contratación de personal bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), hasta un máximo de cinco (5) personas, exclusivamente para conformar un equipo especial encargado de la Reconstrucción, que tendrán la calidad de personal de confianza; Que, del mismo modo, el numeral 10.13 del artículo 10 del TUO de la Ley N° 30556 establece que es responsabilidad del titular de la entidad ejecutora que la contratación del personal CAS a que se refiere el numeral 10.12 del mencionado artículo, se efectúe exclusivamente para la implementación de los componentes de El Plan, de competencia de la entidad, para lo cual establecen los requisitos mínimos que debe cumplir el referido personal CAS; Que, mediante Resolución Ministerial N° 174-2019-VIVIENDA, se encargó al Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU) la implementación de las intervenciones de reconstrucción y construcción en materia de saneamiento en los ámbitos urbano y rural y de drenaje pluvial incluidas en El Plan y cuya entidad ejecutora es el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), así como la gestión de las acciones vinculadas al fortalecimiento de capacidades, en el marco del TUO de la Ley Nº 30556; asimismo, se dispuso la creación del "Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento" (EERCS), dependiente de la Dirección Ejecutiva del PNSU, con el objetivo de priorizar, coordinar, proponer y realizar las acciones necesarias para la implementación de El Plan, en materia de saneamiento y de drenaje pluvial bajo competencia del MVCS, debiendo esta aprobar los requisitos mínimos que deben cumplir los miembros del mencionado equipo, conforme a lo establecido en el numeral 10.13 del artículo 10 del TUO de la Ley N° 30556; Que, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Resolución Ministerial antes citada, el EERCS está conformado por un/a Coordinador/a General, un/a Coordinador/a de Saneamiento Urbano,

un/a Coordinador/a de Saneamiento Rural, un/a Coordinador/a de Monitoreo y Seguimiento y un/a Coordinador/a de la Gestión Administrativa, cargos que se han venido encargando, en tanto se verificara la disponibilidad presupuestal para habilitar las plazas CAS correspondientes; Que, mediante informe del visto, habiéndose verificado la disponibilidad presupuestal así como el cumplimiento de los requisitos mínimos que deben cumplir los miembros del EERCS, el Director Ejecutivo del PNSU propone la designación de profesionales para que ocupen los cargos de Coordinador de Saneamiento Urbano, Coordinador de Saneamiento Rural y Coordinador de la Gestión Administrativa del EERCS, en atención a lo informado por la Coordinación General del EERCS, su Unidad de Administración, su Área de Recursos Humanos, su Unidad de Planeamiento y Presupuesto y su Unidad de Asesoría Legal; Que, en atención a lo antes señalado, corresponde designar a los profesionales que ocuparán los cargos de Coordinador de Saneamiento Urbano, Coordinador de Saneamiento Rural y Coordinador de la Gestión Administrativa del EERCS y dejar sin efecto las encargaturas de funciones de dichos cargos, aprobadas por las Resoluciones Ministeriales Nos. 204 y 388-2019-VIVIENDA y 001-2020-VIVIENDA respectivamente; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley de Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y su TUO aprobado por Decreto Supremo N° 094-2018-PCM; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los miembros del "Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento", creado mediante Resolución Ministerial N° 174-2019-VIVIENDA, conforme a lo siguiente: - Sr. Daniel Enrique Hidalgo Ledesma, en el cargo de Coordinador de Saneamiento Urbano. - Sr. Marco Aurelio Zegarra García, en el cargo de Coordinador de Saneamiento Rural. - Sra. Rossana Ivette Vela Orbe, en el cargo de Coordinadora de la Gestión Administrativa. Artículo 2.- Dejar sin efecto las encargaturas de funciones de Coordinador de Saneamiento Urbano, Coordinador de Saneamiento Rural y Coordinador de la Gestión Administrativa del "Equipo Especial encargado de la Reconstrucción con Cambios del sector saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento", aprobadas por las Resoluciones Ministeriales Nos. 204 y 388-2019-VIVIENDA y 001-2020-VIVIENDA, respectivamente. Artículo 3.- Disponer que la Oficina General de Estadística e Informática difunda los alcances de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO YAÑEZ WENDORFF Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1855026-1