Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2020 (13/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de febrero de 2020 /

El Peruano

POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha 13 de noviembre de 2019, y de conformidad a lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Dictamen favorable Nº 010-2019-CODUR-MPC del 11 de octubre del 2019. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y sus modificatorias por Leyes de Reforma Constitucional, expresa que "Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia", concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 -- Ley Orgánica de Municipalidades, asimismo el artículo 39º de la Ley Orgánica citada establece que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos. Ergo, La autonomía que La Constitución otorga a las Municipalidades, radica en La facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeci6n al ordenamiento jurídico. Que, bajo esa premisa, los gobiernos locales asumen competencia y ejercen funciones específicas, como es La organización del espacio físico y usos del suelo en sus respectivas jurisdicciones, la cual comprende la zonificación, según lo establecido en el numeral 1.1 del artículo 73º de la Ley Nº 27972; asimismo, en dicha Ley Orgánica, artículo 79º, establece que son funciones exclusivas de las Municipalidades Provinciales, entre otros, aprobar el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específicos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; concordante con el artículo 12º del Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA; Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, la misma que establece los procedimientos técnicos, criterios y parámetros que deberán considerarse en La formulación, aprobación, implementación y modificaciones los instrumentos de planificación urbana y en los instrumentos de gestión urbana contemplados en el referido Reglamento a fin de garantizar una función planificadora, en concordancia con sus planes y políticas nacionales, sectoriales, promoviendo las inversiones, así como la participación de la ciudadanía conforme a Ley; Que, con Expediente Administrativo Nº 003587-2018, con fecha de recepción 10 de abril de 2018, la Empresa MOVILINEAS S.R.L, inscrita en la Partida Electrónica de personas jurídicas Nº 11181192, representado por su Gerente General Ángel Fernando Tineo Romero, solicita aprobación de la propuesta Planeamiento Integral del predio ubicado en la parcelación Semi Rustica Papa León XIII Mz 0 Lote 01, que cuenta con un área de 4,743.00 m2, jurisdicción del Distrito de Chilca, Provincia de Cañete, departamento Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 90139304 de la Oficina Registral Cañete -- ZONA REGISTRAL Nº XI. Sede Lima; siendo la zonificación propuesta por el administrado como I3; Que, mediante Informe Nº 241-2018-AJB-SGOPGODUR-MPC, de fecha 16 de mayo de 2018. la Sub Gerencia de Obras Privadas, concluye entre otros, que el expediente cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano para la modificación del Plan Urbano a través del procedimiento de Planeamiento Integral, asimismo, se autorice el inicio de difusión de la propuesta de aprobación de Planeamiento Integral del distrito de Chilca, en la Municipalidad Provincial de Cañete, así como a la Municipalidad Distrital de Chilca; Que, con Informe Nº 0330-2018-SGII-MPC, de fecha 09 de julio de 2018, la Sub Gerencia de Imagen Institucional, informa que del 07 de junio al 07 de julio del 2018, se ha cumplido con la publicación de los 30 días correspondientes en el panel informativo de la MPC, respecto a la propuesta de Planeamiento Integral del predio ubicado en la parcelación Semi Rustica Papa León XIII, Mz 0 Lt 01, de propiedad de la empresa MOVILINEAS S.R.L.;

Que, con Informe Nº 170-2018-SGTIRE-GPPTI-MPG de fecha 03 de setiembre de 2018, la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, Racionalización y Estadísticas, certifica la exhibición en la página web de esta Institución Municipal, referente a la propuesta de Planeamiento Integral del predio inscrito en la partida electrónica Nº 90139604, en relación a lo solicitado por la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, desde el día 11 de junio de 2018 hasta la actualidad. Adjuntan impresiones (capturas de pantallas) de 10 mostrado en la web; Que, con Oficio Nº 029-2018-CIRC-GODUR-MPC, de fecha 12 de octubre del 2018, se invitó a los propietarios de los inmuebles localizados dentro del área delimitada en el Planeamiento Integral, al señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chilca, al Juez del Juzgado Mixto del Distrito de Chilca, al Subprefecto del Distrito de Chilca, al Director de la Posta Medica del Distrito de Chilca, al Comisario del Distrito de Chilca, al Párroco del Distrito de Chilca a los señores regidores de la Municipalidad Distrital de Chilca, entre otros, a participar en la exposición técnica del contenido del Planeamiento Integral, para el día lunes 22 de octubre de 2018, a horas 9.30 a.m., en el local ubicado en la Mz. 0 Lote 01 parcelación Semi Rustica, Papa León XIII, del Distrito de Chilca Que, con Oficio Nº 09-2018-SGOPCYPU-MDCH, con fecha de recepción 29 de noviembre del 2018, el Sub Gerente de Obras Privadas Catastro y Planeamiento Urbano de la Municipalidad Distrital de Chilca Ing. Carlos Emilio Camacho Bellido, remite el Informe Técnico Nº 046-2018- SOPCPU-GDyPU-MDCH de fecha 26 de noviembre de 2018 emitido por la Sub Gerencia de Obras Privadas. Catastro y Planeamiento Urbano (e), que concluye opinando favorable al Planeamiento Integral propuesto por MOVILINEAS S.R.L, representada por su Gerente General Fernando Tineo Romero, del predio inscrito en la Partida electrónica Nº 90139304; Que, mediante Informe Nº 17-2018-G.D-GSG-MPC de fecha 05 de diciembre de 2018, la Sub Gerencia de Gestión Documentaria. comunica entre otros. que se efectúa la búsqueda en el sistema de tramite documentario M.P.C. sobre alguna oposición/observación o recomendación presentadas, respecto al pedido de aprobación de propuesta de Planeamiento Integral, solicitado por MOVILINEAS S.R.L. del predio ubicado en la parcelación Semi Rustica Papa León XIII Mz 0 Lt 01, jurisdicción del distrito de Chilca, Provincia de Cañete. Región Lima, señalando que no ha ingresado documento alguno adjunto ante la Sub Gerencia de Gestión Documentaria. conforme se verifica del reporte de ingreso de expedientes relacionados con el expediente materia de consulta; Que, mediante Informe Nº 0129-DYCH-SGOP-2019, de fecha 04 de marzo de 2019, el Sub Gerente de Obras Privadas Ing. Dante Javier Yaya Chumpitaz, ratifica lo actuado por la anterior responsable de la Sub Gerencia de Obras Privadas, según la zonificación propuesta como I-3. a su vez, otorga la procedencia del Planeamiento Integral de la zonificación propuesta. solicitado por el Sr. Ángel Fernando Tineo Romero Gerente General de la empresa MOVILINEAS S.R.L. en función a lo actuado y cumplimiento del proceso de acuerdo a las normas técnicas establecidas y con los nuevos elementos adjuntos. concluyendo que se eleve el documento a la Gerencia de Obras Desarrollo Urbano y Rural. con la finalidad de concluir el trámite administrativo, dando su aprobación de todo lo actuado; Que, mediante Informe 501-2019-MFPR-GODURMPC, de fecha 02 de mayo de 2019, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural. informa que luego de revisado el Informe Nº 0129-DYCH-SGOP-2019, de fecha 04 de marzo del 2019 del Sub Gerente de Obras Privadas de la MPC y el Informe Legal Nº 058-2019-VALAGODUR-MPC, de fecha 28 de marzo del 2019. del Abg. Víctor Alejandro Lezcano Aguero. Asesor Jurídico de la Gerencia de Obras Desarrollo Urbano y Rural, referente a la PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL (Anexión del Área Urbano y Asignación de Zonificación) del bien inmueble inscrito en la Partida Electrónica Nº 90139304 del predio rustico ubicado en la parcelación Semi Rustica Papa León XIII Mz 0, Lt 01. jurisdicción