Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2019 (17/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 68
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NORMAS LEGALES
Jueves 17 de octubre de 2019 /
El Peruano
LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por Leasing Total S.A., en adelante la Empresa, para que se otorgue opinión favorable para la emisión de su "Primer Programa de Bonos Subordinados Leasing Total S.A", hasta por un monto máximo de circulación de US$ 5 000 000.00 (Cinco millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Soles, los cuales serían registrados como patrimonio efectivo de nivel 2; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley N° 26702, en adelante Ley General, en su artículo 221, numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos subordinados; Que, la emisión de instrumentos financieros se rige por lo dispuesto en el artículo 232 de la Ley General, el que dispone que la emisión de bonos subordinados debe ser acordada por la Junta General de Accionistas, pudiendo delegar tal facultad en el Directorio; y que la emisión de los instrumentos financieros requiere opinión previa favorable de esta Superintendencia, siendo aplicable lo previsto el artículo 233 de la Ley General y Circular SBS N° EAF-0194-2000; Que, mediante Resolución SBS N° 975-2016 del 24 de febrero de 2016, se aprobó el Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las empresas del Sistema Financiero, en adelante el Reglamento; Que, el artículo 4 del Reglamento establece que las empresas comprendidas en los literales A, B y C del artículo 16 de la Ley General requieren opinión favorable de esta Superintendencia para emitir instrumentos representativos de deuda subordinada; Que, el artículo 16 del Reglamento establece las condiciones que debe cumplir la deuda subordinada redimible para ser computable en el patrimonio efectivo de nivel 2 de las empresas; Que, en la Junta General de Accionistas, en sesión celebrada el 19 de junio de 2019, se aprobaron los términos del "Primer Programa de Bonos Subordinados Leasing Total S.A" hasta por un monto máximo en circulación de USD 5 000 000.00 (Cinco millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en soles; Que, en la Junta General de Accionistas, en sesión celebrada el 14 de agosto de 2019, a solicitud de esta Superintendencia, se aprobaron nuevamente los términos del "Primer Programa de Bonos Subordinados Leasing Total S.A" hasta por un monto máximo en circulación de USD 5 000 000.00 (Cinco millones y 00/100 dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en soles; Que, la Empresa ha cumplido con presentar la documentación requerida por el Procedimiento N° 111 "Pronunciamiento sobre la emisión de instrumentos representativos de deuda subordinada Empresas del Sistema Financiero", del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), aprobado mediante Resolución SBS N° 1678-2018, la que se encuentra conforme; tras su evaluación Que, asimismo, el programa de bonos subordinados, cuya opinión favorable se solicita, reúne las características de la deuda subordinada redimible computable como patrimonio efectivo de nivel 2, señaladas en el artículo 233 de la Ley General y en el artículo 16 del Reglamento; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión Bancaria "C", el Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones y el Departamento de Asesoría y Supervisión Legal; y, con el visto bueno de la Superintendencia
Adjunta de Riesgos, de Asesoría Jurídica y de Banca y Microfinanzas, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General y sus modificatorias; RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que Leasing Total S.A. realice la emisión del "Primer Programa de Bonos Subordinados Leasing Total S.A", hasta por un monto máximo de circulación de US$ 5 000 000.00 (Cinco millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) o su equivalente en Soles; Artículo Segundo.- La presente Resolución tendrá una vigencia de un (1) año desde su emisión para que Leasing Total S.A proceda a la inscripción del programa denominado "Primer Programa de Bonos Subordinados Leasing Total S.A." en caso desee realizar emisiones públicas. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1816997-1
Autorizan al Banco Falabella Perú S.A. el cierre temporal de oficina especial ubicada en el distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 4637-2019 Lima, 9 de octubre de 2019 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Falabella Perú S.A. para que esta Superintendencia autorice el cierre temporal de una (01) oficina especial según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria C, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS N° 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS Nº 240-2013; RESUELVE: Artículo Único: Autorizar al Banco Falabella Perú S.A. el cierre temporal desde el 01 de octubre de 2019 hasta el 25 de noviembre de 2019 de la oficina especial "Huaylas", ubicada en la Av. Defensores del Morro (ex Huaylas) Sub-Lotes Nº 3-5-7-9E, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1816896-1