Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2019 (17/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Jueves 17 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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especial de tutela y un proceso penal, frente a la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, con competencias, responsabilidades, procedimientos y medidas que corresponde adoptar a cada uno/a de los/ as operadores/as involucrados/as, los cuales deben estar especialmente capacitados en las materias a su cargo. Que, mediante Decreto Legislativo N° 1368 se creó el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, a fin de contar con un Sistema Integrado y Especializado de Justicia en dicha materia y en delitos sexuales en agravio de niños, niñas y adolescentes; asimismo, en su artículo 4° inciso b, establece: "Ministerio Público: disponer la creación de Fiscalías Especializadas de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, en materia Penal y de Familia, así como la creación de unidades de investigación forense debidamente equipadas con personal especializado, que incluya peritos, Cámaras Gesell y laboratorios, de acuerdo a la carga procesal." Que, por Decreto Supremo N° 192-2018-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 20 de agosto de 2018, se autorizó la transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, por la suma de S/. 59 295 634 (Cincuenta y Nueve Millones Doscientos Noventa y Cinco Mil Seiscientos Treinta y Cuatro y 00/100 soles), para financiar acciones de prevención y atención de casos de violencia contra la mujer. Al respecto, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 002924-2018-MP-FN, de fecha 23 de agosto de 2018, se aprobó la desagregación de la Transferencia de Partidas autorizada mediante Decreto Supremo N° 192-2018-EF, a favor del Pliego 022 Ministerio Público, hasta por la suma de S/. 6 427 689,00 (seis millones cuatrocientos veintisiete mil seiscientos ochenta y nueve y 00/100 soles) en el Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018, con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios. Que, mediante oficio N° 000604-2018-MP-FN, de fecha 29 de agosto de 2018, la Fiscalía de la Nación, en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N° 192-2018-EF, informa que el presupuesto mencionado será destinado para la protección, prevención y atención de casos de Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, con la creación de diez (10) Fiscalías Especializadas en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, entre otras acciones. En ese sentido, en mérito al Acuerdo N° 5256 adoptado por la Junta de Fiscales Supremos en Sesión Extraordinaria de fecha 17 de septiembre de 2018, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 115-2018-MP-FN-JFS, de la citada fecha, se dispuso, entre otros, la creación de diez (10) Fiscalías Provinciales Transitorias Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, con sus correspondientes plazas fiscales y administrativas, las mismas que se encuentran distribuidas en los Distritos Fiscales de Callao, Lima, Lima Este, Lima Norte y Lima Sur. Que, al no haberse considerado en el Distrito Fiscal de Loreto, la creación de una Fiscalía Provincial Especializada en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, debido al exiguo presupuesto asignado; la abogada Elma Sonia Vergara Cabrera, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Loreto, mediante oficios Nros. 159, 1324, 1634, 1777 y 2996-2019-MP-FN-PJFSLORETO e Informe Nº 003-2019-MP-FN-PJFSLORETO, propone la conversión de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, en una Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar, ello dada la alta cifra de feminicidios, lesiones, violaciones sexuales y otros, en el referido Distrito Fiscal, la misma que no irrogará gasto adicional a la Institución; asimismo, propone que la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, sea competente para conocer los delitos de lavado de activos en adición a sus funciones; y, que la Primera Fiscalía

Provincial Penal Corporativa de Maynas, sea competente para conocer los casos en liquidación, en aplicación al Código de Procedimientos Penales, en adición a sus funciones. Que, con oficio Nº 137-2019-MP-FN-STI-NCPP, suscrito por el señor David Arturo Díaz Arroyo, Secretario Técnico Alterno de la Oficina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, señala que es factible acoger la propuesta de conversión solicitada. Que, la Fiscal de la Nación, es la titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y eficaz, permitiendo que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia. Que mediante Resolución de Fiscalía de la Nación N° 166-2019-MP-FN, de fecha 28 de enero de 2019, se estableció como política institucional el abordaje de la "Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar" a través del "Sub Sistema Especializado para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar", cuya formulación, implementación, monitoreo y evaluación es asumida por el Despacho de la Fiscalía de la Nación, y teniendo en cuenta la viabilidad de la propuesta, resulta necesario emitir el resolutivo correspondiente respecto a la conversión de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, en Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Maynas, con todo su personal fiscal y administrativo, ello con la finalidad de que se permita que las víctimas de violencia reciban una respuesta oportuna por parte del Ministerio Público; consecuentemente deberá modificarse la denominación de la Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, en Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, respectivamente, debiendo adecuarse las designaciones del personal fiscal que integran los despachos fiscales antes mencionados; del mismo modo, deberá establecerse que la Cuarta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, sea competente para conocer, en adición a sus funciones, los delitos de lavado de activos; y, que la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, sea competente para conocer los casos en liquidación, en aplicación al Código de Procedimientos Penales, en adición a sus funciones. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, en Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Maynas, con todo su personal fiscal y administrativo. Artículo Segundo.- Modificar la denominación de la Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, en Primera, Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, respectivamente. Artículo Tercero.- Disponer que las designaciones y/o destaques del personal fiscal que, a la fecha, integraban la Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta, Sexta y Séptima Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, se adecuen conforme a la modificación de denominación de despachos dispuestas en el artículo precedente. Artículo Cuarto.- Dar por concluida la designación de la abogada Lilly Lorena Gelacio Llontop, Fiscal Provincial Titular Penal (Corporativa) de Maynas, Distrito Fiscal de Loreto, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Maynas, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1814-2018-MP-FN, de fecha 06 de junio de 2018. Artículo Quinto.- Dar por concluida la designación del abogado Segundo Abel Cruzado Becerra, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Loreto, en