Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2019 (17/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Jueves 17 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES
PLIEGO

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Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios solicita una demanda adicional de recursos para la formalización de mil cien (1 100) mineros informales en la Región Madre de Dios, sustentado en los Informes N°s. 405 y 544-2019-GOREMAD/GRPPYAT, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 1 154 200,00 (UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios, para financiar las actividades destinadas a la revisión, evaluación y aprobación de mil cien (1 100) Instrumentos de Gestión Ambiental y Fiscalización para la Formalización de Actividades de Pequeña Minería y Minería Artesanal (IGAFOM) y Expedientes Técnicos que garanticen la formalización de mil cien (1 100) mineros informales en la Región Madre de Dios, teniendo en cuenta que dichos recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional de la mencionada entidad en el presente año fiscal; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA: Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 1 154 200,00 (UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios, para financiar la formalización de mil cien (1 100) mineros informales en la Región Madre de Dios, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCIÓN PRIMERA PLIEGO En Soles

454 : Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Madre de Dios CATEGORIA PRESUPUESTARIA 0126 : Formalización minera de la pequeña minería y minería artesanal PRODUCTO 3000658 : Mineros formalizados ACTIVIDAD 5005599 : Fortalecimiento de capacidades a las DREM para formalizar mineros FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 154 200 -------------TOTAL 1 154 200 ========

Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de este Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1817812-1

: Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 1 154 200 -------------TOTAL 1 154 200 ======== A LA SECCIÓN SEGUNDA En Soles : Instancias Descentralizadas

Autorizan viaje del Superintendente del Mercado de Valores a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 388-2019-EF/10 Lima, 15 de octubre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 12 de setiembre de 2019, el Presidente del Comité de Gobierno Corporativo