Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2018 (31/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Viernes 31 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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SUNAT, motivo por el cual la SUNAT asumirá, con cargo a su presupuesto, únicamente los gastos por concepto de viáticos; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816 establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que, en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Julio César Paz Soldán Oblitas del 1 al 3 de septiembre de 2018 para participar en el citado evento, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de viáticos que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del trabajador Julio César Paz Soldán Oblitas, Especialista 6 de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas, del 1 al 3 de septiembre de 2018, para participar en las reuniones preparatorias de carácter técnico y en el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional Perú - Bolivia, que se llevarán a cabo en la ciudad de Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto del 2018 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Julio César Paz Soldán Oblitas Viáticos US $ 1 480,00

Categoría AS1 del Despacho de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; El citado funcionario ha presentado su renuncia al cargo de confianza que venía desempeñando; por lo que, se ha visto por conveniente aceptar la citada renuncia; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1130 que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones y el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado y modificado por Decretos Supremos Nº 005-2013-IN y Nº 008-2014-IN, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el señor FIDEL HIDALGO SOLIS, al cargo de confianza de Asesor - Categoría AS1 del Despacho de la Superintendencia Nacional de Migraciones, dándole las gracias por los servicios prestados, siendo su último día de labores el 31 de agosto de 2018. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Oficina General de Recursos Humanos. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información, Comunicaciones y Estadística su publicación en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones ­ MIGRACIONES (www.migraciones.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO SEVILLA ECHEVARRÍA Superintendente Nacional 1686203-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Designan Directora del Sistema Administrativo II de la Unidad de Abastecimiento de la Oficina de Administración de la SUNEDU
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 154-2018-SUNEDU Lima, 29 de agosto de 2018 VISTO: El Informe N° 138-2018-SUNEDU-03-10 de la Oficina de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220­ Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria­Sunedu como un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, modificado por Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU, dispone que el/la Superintendente/a tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu;

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR PAUL SHIGUIYAMA KOBASHIGAWA Superintendente Nacional 1686607-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES
Aceptan renuncia de Asesor del Despacho de la Superintendencia Nacional de Migraciones
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 0000272-2018-MIGRACIONES Lima, 29 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Mediante la Resolución de Superintendencia Nº 0000339-2016-MIGRACIONES, se designó al señor FIDEL HIDALGO SOLIS en el cargo de confianza de Asesor -