Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2018 (31/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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Tripulación Alterna Coronel FAP NSA: O-9556188 Coronel FAP NSA: O-9589691 Coronel. FAP NSA: O-9579890 Técnico Inspector FAP NSA: S-60608689 Empleada Civil FAP NSA: C-78147313

NORMAS LEGALES
CESAR AUGUSTO MACEDO GARCIA DNI: 02773543 VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO DNI: 43623935 DAVID FERNANDO VELASQUEZ PORTELLA DNI: 43412386 MANUEL ACOSTA QUISPE DNI: 09592586 JHOSELINE DIANIRA MEDINA PAREDES DNI: 48056578 Piloto Piloto Piloto Mecánico Tripulac. de Cabina

Viernes 31 de agosto de 2018 /

El Peruano

Artículo 2.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la tripulación principal. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos US $ 370.00 x 01 día x 08 personas = US $ 2,960.00

Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 6.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1686723-2

económico, asuntos sociales y culturales, y fortalecimiento institucional; e, infraestructura para la integración y el desarrollo; Que, las actividades asignadas al sector Economía y Finanzas se concentran en lo relativo al desarrollo económico, políticas sociales y fortalecimiento institucional; específicamente en cuanto a negociaciones para un acuerdo de inversiones que reemplace al Convenio sobre Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, compartir las experiencias del Perú en cuanto a su normativa de Asociaciones Público Privadas, proyectos en activos, obras por impuestos y el intercambio de información entre las aduanas de Perú y Bolivia; Que, en vista de ello, resulta relevante la participación del señor Hugo Fabrizzio Perea Flores, Viceministro de Economía en representación del Ministro de Economía y Finanzas y del señor José Alfredo La Rosa Basurco, Director de la Dirección de Asuntos de Economía Internacional de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, con el fin de establecer las metas y compromisos conjuntos dentro del Gabinete Binacional, en el marco de las competencias del Sector Economía y Finanzas; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar los viajes solicitados, cuyos gastos por pasajes aéreos y viáticos son financiados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y, en la Directiva N° 001-2017-EF/43.01, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 4932017-EF/43; SE RESUELVE:

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de funcionarios a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 296-2018-EF/43 Lima, 29 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante OF.RE (DGA-SUD) N° 22-6-BB/124, de fecha 13 de julio de 2018, el Ministro de Relaciones Exteriores comunica al Ministro de Economía y Finanzas la realización del Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional Perú­Bolivia, que se llevará a cabo el día 3 de setiembre de 2018, en la ciudad de Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia; así también, se realizarán las reuniones preparatorias de carácter técnico, los días 1 y 2 de setiembre de 2018, en dicha ciudad; Que, el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional Perú ­ Bolivia constituye la máxima instancia de diálogo político y colaboración bilateral entre ambos países, teniendo por objeto armonizar las políticas bilaterales con énfasis en medio ambiente y recursos hídricos transfronterizos; seguridad y defensa; desarrollo

Artículo 1. Autorizar, los viajes en comisión de servicios, del señor Hugo Fabrizzio Perea Flores, Viceministro de Economía, del 2 al 3 de setiembre de 2018 y del señor José Alfredo La Rosa Basurco, Director de la Dirección de Asuntos de Economía Internacional de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, del 1 al 3 de setiembre de 2018, a la ciudad de Cobija, Estado Plurinacional de Bolivia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Hugo Fabrizzio Perea Flores Pasajes aéreos : US$ 458.65 Viáticos (1 + 1) : US$ 740.00 Señor José Alfredo La Rosa Basurco Viáticos (3) : US$ 1,110.00 Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado los viajes, los citados comisionados deben presentar ante el Titular de la