Norma Legal Oficial del día 31 de agosto del año 2018 (31/08/2018)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

14

NORMAS LEGALES

Viernes 31 de agosto de 2018 /

El Peruano

536-2018-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 72 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, la Dirección de Control de la Contaminación y Sustancias Químicas de la Dirección General de Calidad Ambiental tiene la función elaborar los instrumentos técnicos-normativos de control y recuperación ambiental del agua, aire y suelo, así como de gestión ambiental sostenible de las sustancias químicas y materiales peligrosos y realizar su seguimiento, en el marco de sus competencias y de conformidad, con la normatividad vigente; Que, a través del OF.RE (DGA-SUD) N° 22-6-BB/121 de fecha 13 de julio de 2018, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunica que el Encuentro Presidencial y IV Gabinete Binacional Perú-Bolivia, se llevará a cabo en la ciudad de Cobija, departamento de Pando, Estado Plurinacional de Bolivia, el día 3 de setiembre de 2018, señalando además que dicho encuentro será precedido de reuniones preparatorias de carácter técnico los días 1 y 2 de setiembre de 2018; Que, a través del Memorando N° 528-2018-MINAM/ VMGA, el Viceministro de Gestión Ambiental remite la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior del señor Raúl Dante Roca Pinto, Especialista en Gestión y Evaluación de Calidad de Agua y Afluentes Líquidos de la Dirección de Control de la Contaminación y Sustancias Químicas de la Dirección General de Calidad Ambiental, cuya asistencia y participación en el citado evento permitirá: (i) Fortalecer la agenda bilateral integral para la recuperación ambiental del Lago Titicaca; y, (ii) Alcanzar acuerdos que permitan dinamizar la agenda compartida, armonizar las políticas bilaterales e impulsar la cooperación sectorial, particularmente en el desarrollo de proyectos de inclusión social y de carácter fronterizo para beneficio de las comunidades de ambos países; Que, teniendo en consideración que dicha participación irrogará gasto al Estado (por concepto de pasajes aéreos y viáticos), la Oficina General de Administración remite la correspondiente Certificación de Crédito Presupuestario; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, asimismo, el artículo 1 del referido Decreto Supremo, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes, la autorización de viaje, en caso irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje del citado servidor, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Oficina General de Administración, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y, el

Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Raúl Dante Roca Pinto, Especialista en Gestión y Evaluación de Calidad de Agua y Afluentes Líquidos de la Dirección de Control de la Contaminación y Sustancias Químicas de la Dirección General de Calidad Ambiental, a la ciudad de Cobija, departamento de Pando, Estado Plurinacional de Bolivia, del 1 al 4 de setiembre de 2018, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos por el Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: RAÚL DANTE ROCA PINTO Pasajes aéreos US$ 831.85 Viáticos (por 3 días) US$ 1110.00 Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el servidor cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Dirección de Control de la Contaminación y Sustancias Químicas y a la Oficina General de Recursos Humanos, para los fines correspondientes. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1686746-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 313-2018-MINAM Lima, 29 de agosto de 2018 Vistos; el Memorando N° 982-2018-MINAM/SG/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 215-2018-MINAM/SG/OGPP- OCAI de la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Informe N° 532-2018-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, conforme a lo dispuesto en los literales a) y g) del artículo 32 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, la Oficina de Cooperación y Asuntos Internacionales tiene la función de asesorar a los órganos y organismos públicos adscritos del Ministerio en materia de cooperación y asuntos internacionales; y, participar en la elaboración de la posición nacional en el ámbito de su competencia, para la negociación en los