Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2020 (08/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Martes 8 de setiembre de 2020

NORMAS LEGALES

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RESUELVE Artículo Primero.- Declarar NULO todo lo actuado a partir del acto de notificación de la convocatoria a la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 2 de enero de 2020, con la que se citó a Hemerson Domingo Chamilco Isla, regidor del Concejo Distrital de Huañec, provincia de Yauyos, departamento de Lima, a efectos de tratar el pedido de vacancia presentado en su contra por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- REQUERIR a Bruno Jesús Reyes Cayetano, alcalde de la Municipalidad Distrital de Huañec, provincia de Yauyos, departamento de Lima, para que proceda de acuerdo con lo establecido en el considerando 16 del presente pronunciamiento, bajo apercibimiento de declarar la improcedencia de la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, archivar definitivamente el presente expediente y remitir copia certificada de los actuados al Ministerio Público para los fines que correspondan. Artículo Tercero.- REQUERIR a los miembros del Concejo Distrital de Huañec, provincia de Yauyos, departamento de Lima, para que tramiten sus procedimientos de vacancia y, en especial, los actos de notificación, de conformidad con la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Artículo Cuarto.PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución Nº 0165-2020-JNE; asimismo, cabe señalar que, para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones . Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1882677-1

conocimiento que mediante Acuerdo de Concejo Nº 0072020-CM/MDN, de fecha 3 de abril de 2020, se declaró la vacancia de María Elena Huanca Almanza, regidora de dicha comuna, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante Oficio Nº 33-2020-OSG/MDN, recibido el 17 de agosto de 2020, Asusena Soledad Henríquez Hernández, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Nepeña, informó a este órgano colegiado que, por decisión adoptada mediante Acuerdo de Concejo Nº 0072020-CM/MDN, de fecha 3 de abril de 2020, el Concejo Distrital de Nepeña declaró la vacancia de la regidora María Elena Huanca Almanza por haber incurrido en la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). En vista de ello, se adjuntaron, entre otros, copias certificadas de los siguientes documentos: i. Oficio Circular Nº 009-2020-MDN-OSG, de fecha 1 de abril de 2020, mediante el cual se notifica la convocatoria a Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha 3 de abril de 2020, dirigida a María Elena Huanca Almanza regidora de la citada comuna. ii. Acuerdo de Concejo Nº 007-2020-CM/MDN, de fecha 3 de abril de 2020, que declaró fundada la vacancia de María Elena Huanca Almanza, regidora del Concejo Distrital de Nepeña, por la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas de concejo. iii. Oficio Circular Nº 014-2020-SG-MDN, de fecha 15 de junio de 2020, mediante el cual se notifica el Acuerdo de Concejo Nº 007-2020-CM/MDN, de fecha 3 de abril de 2020, dirigido a María Elena Huanca Almanza, regidora de la citada comuna. iv. Memorando Nº 006-2020-SG-MDN, de fecha 13 de julio de 2020. v. Constancia emitida por la abogada Asusena Soledad Henríquez Hernández, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Nepeña, en el cual deja constancia de que, transcurrido el plazo legal, la regidora María Elena Huanca Almanza y ninguna de las partes ha interpuesto recurso de reconsideración o apelación ante la Secretaría General o la mesa de partes institucional. CONSIDERANDOS Sobre la labor del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en los procesos de acreditación 1. De conformidad con el primer párrafo del artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 2. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en la norma antes citada, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y las garantías inherentes a este. 3. Asimismo, el referido dispositivo legal precisa que la decisión de declarar o rechazar la vacancia es susceptible de recurso de reconsideración ante el respectivo concejo municipal, dentro del plazo de quince (15) días hábiles de notificada. Al respecto, cabe señalar que este recurso es opcional, en cuanto que su no interposición no impide el ejercicio del recurso de apelación, de conformidad con el artículo 219 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Por ello, el acuerdo que resuelve el pedido de vacancia o el

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Nepeña, provincia de Santa, departamento de Áncash
RESOLUCIÓN Nº 0249 -2020-JNE Expediente Nº JNE.2020029124 NEPEÑA - SANTA - ÁNCASH CONVOCATORIA DE CANDIDATO PROCLAMADO Lima, dieciocho de agosto de dos mil veinte. VISTO el Oficio Nº 33-2020-OSG/MDN, recibido el 17 de agosto de 2020, remitido por Asusena Soledad Henríquez Hernández, secretaria general de la Municipalidad Distrital de Nepeña, provincia de Santa, departamento de Áncash, mediante el cual pone en

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