Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2020 (18/10/2020)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Domingo 18 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES
DECRETA:

65

MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA
Aprueban la realización del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2020 y su Reglamento
DECRETO DE ALCALDÍA N° 017-2020-MDJM Jesús María, 15 de octubre de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTOS: El Informe N° 161-2020-MDJM-GATRSGSC de la Subgerencia de Servicios al Contribuyente, el Memorándum N° 182-2020-MDJM-GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe N° 3712020-MDJM/GAJRC de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, el Proveído N° 852-2020-MDJM-GM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local con personería jurídica de derecho público y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, la autonomía que la Constitución reconoce a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6° de la Ordenanza N° 521-MDJM que regula el Programa de Beneficios al Vecino Puntual y Exclusivo de la Municipalidad Distrital de Jesús María, publicada el 29 de junio de 2017 en el diario oficial "El Peruano", establece que los vecinos puntuales y exclusivos, en función del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, accederán a sorteos de bienes y servicios diversos; siendo que mediante Decreto de Alcaldía se establecerán los premios y la reglamentación correspondiente para cada sorteo; Que, la referida norma está destinada a desarrollar acciones que generen conciencia tributaria, promuevan y premien el cumplimiento del pago de las obligaciones, cuyo efecto consolide las políticas de gestión tributaria, reduciendo el índice de morosidad por parte de los vecinos del distrito y se establezca una serie de beneficios, entre ellos, la participación por parte de los vecinos exclusivos y puntuales en sorteos; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 001-2020MDJM, publicado el 18 de febrero de 2020 en el diario oficial "El Peruano", se aprobó la realización del Sortero del Vecino Puntual y Exclusivo 2020, así como su Reglamento, para el 24 de abril de 2020; no obstante, debido a la disposiciones emitidas en el marco del Estado de Emergencia Nacional a causa del virus denominado Covid-19, no se llevó a cabo el referido sorteo en la fecha establecida bajo los alcances establecidos; Que, mediante Informe N° 161-2020-MDJM/GATR/ SGSC, la Subgerencia de Servicios al Contribuyente, con la conformidad de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas a través del Memorándum N° 182-2020MDJM/GATR, señala que resulta conveniente aprobar la realización del Sorteo del Vecino Puntual y Exclusivo 2020, dirigido a los contribuyentes que cumplieron oportunamente con el pago del impuesto predial y arbitrios municipales del presente ejercicio; así como establecer las disposiciones reglamentarias correspondientes; Contando con el pronunciamiento favorable de la Subgerencia de Servicios al Contribuyente, de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; con la conformidad de la Gerencia Municipal; en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades;

Artículo Primero.- APROBAR la realización del SORTEO DEL VECINO PUNTUAL Y EXCLUSIVO 2020, dirigido a los contribuyentes que cumplan de manera oportuna con sus obligaciones tributarias durante el presente ejercicio. Articulo Segundo.- APROBAR el Reglamento del Sorteo del Vecino Puntual y EXCLUSIVO 2020, que consta de once (11) acápites, el mismo que como Anexo forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO el Decreto de Alcaldía N° 001-2020-MDJM del 11 de febrero de 2020. Articulo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y demás unidades orgánicas que resulten competentes; a la Secretaría General, la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Comunicación, su publicación, incluido el Anexo, en el portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE: www.serviciosalciudadano.gob.pe, de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 0042008-PCM. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS QUINTANA GARCÍA GODOS Alcalde 1894178-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Regulan la presentación de la Declaración Jurada de Autoevalúo en el distrito de La Perla por parte de los responsables de predios afectos
ORDENANZA Nº 009-2020-MDLP La Perla, 23 de setiembre de 2020 EL ALCALDE DE MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LA PERLA. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de setiembre de 2020, el Dictamen Nº 029-2020 presentado por la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º, de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305 ­ "Ley de Reforma Constitucional", precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29792 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, donde establece que la autonomía de las Municipalidades en la Constitución política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;