Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2020 (18/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Domingo 18 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES

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Aceptan renuncia y designan Alcaldesa del Centro Poblado Santa María de Huachipa de manera excepcional, hasta la proclamación de nuevas autoridades municipales, así como a regidora accesitaria
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 289 Lima, 12 de octubre de 2020 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA VISTO: El Documento Simple N° 122021-2020 presentado por el señor Rogelio Ruiz Portocarrero, Alcalde del Centro Poblado Santa María de Huachipa, el Memorando N° 210-2020-MML-GPV de la Gerencia de Participación Vecinal, el Oficio N° 31-2020/-SG-MCPSMH (Documento Simple N° 123602-2020) de la Secretaría General del Concejo de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa y el Informe N° 624-2020-MML-GAJ de fecha 12 de octubre de 2020 de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, conforme a lo señalado en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, los alcaldes y regidores son elegidos por un período de cuatro (4) años. Su mandato es revocable, conforme a ley e irrenunciable, con excepción de los casos previstos en la Constitución; Que, la Constitución Política dispone que para postular a Presidente de la República, Vicepresidente, miembro del Parlamento Nacional o Presidente del Gobierno Regional; los Alcaldes deben renunciar al cargo seis (6) meses antes de la elección respectiva; Que, el Artículo 122 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que el mandato de los alcaldes y regidores es irrenunciable conforme a ley y revocable de acuerdo con las normas previstas en la Constitución Política y la ley en la materia; Que, mediante Decreto Supremo N° 122-2020PCM publicado el 09 de julio de 2020, el Presidente de la República convocó a elecciones generales para el domingo 11 de abril de 2021, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los Congresistas de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino; Que, el Artículo Segundo de la Resolución N° 0331-2020-JNE - "Aprueban disposiciones para los gobernadores y vicegobernadores regionales que renuncien con el propósito de participar como candidatos a Presidente y Vicepresidentes de la República, congresistas de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino, en las Elecciones Generales 2021 y aprueban otras disposiciones", emitida por el Jurado Nacional de Elecciones, dispone que los alcaldes que presenten su renuncia con el propósito de participar como candidatos a Presidente y Vicepresidentes de la República, congresistas de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino, en las Elecciones Generales 2021, conforme a lo previsto en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, procedan de acuerdo con las siguientes disposiciones: "1. Las renuncias deben ser presentadas ante el concejo municipal provincial o concejo municipal distrital

correspondiente hasta el lunes 12 de octubre de 2020 (seis meses antes de las elecciones). 2. La presentación de la renuncia correspondiente tiene como efecto inmediato que el primer regidor asuma por encargatura las funciones del alcalde, debiendo precisar que las renuncias presentadas, en la fecha límite, esto es, el 12 de octubre de 2020, se entenderán concedidas con efectividad a partir del mismo día..."; Que, con fecha 17 de abril de 2016 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Resolución de Alcaldía N° 136 de fecha 15 de abril de 2016, que proclamó como Alcalde del Centro Poblado de Santa María de Huachipa al señor Rogelio Ruiz Portocarrero; Que, el Alcalde del Centro Poblado Santa María de Huachipa, electo para el periodo 2016-2020, ha presentado su solicitud de renuncia al cargo a fin de postular en las elecciones al Parlamento. El cargo de alcalde se ha venido ejerciendo toda vez que no se han realizado las elecciones de renovación de autoridades municipales, como consecuencia del cumplimiento de las disposiciones establecidas en el marco de la Emergencia Sanitaria, a fin de evitar la propagación del virus COVID-19; Que, mediante Oficio N° 31-2020/-SG-MCPSMH (D.S. N° 123602-2020) de fecha 09 de octubre de 2020, la Secretaría General del Concejo de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa remitió a la Municipalidad Metropolitana de Lima, el Acuerdo de Concejo N° 32-2020/MCPSMH de fecha 08 de octubre de 2020, mediante el cual el Concejo Municipal de dicho Centro Poblado aceptó la renuncia del señor Alcalde Rogelio Ruiz Portocarrero y designó a la Teniente Alcaldesa Ivanka Antonia Kundid Bugarin como Alcaldesa (de manera excepcional) y como Regidora, a la regidora accesitaria Katherine Vanessa Grimarey Pazo, hasta la proclamación de las nuevas autoridades municipales; Que, el Artículo 128 de la Ley N° 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las municipalidades de centros poblados son órganos de administración de las funciones y los servicios públicos locales que les son delegados y se rigen por las disposiciones de la presente ley. Son creadas por ordenanza de la municipalidad provincial. En consecuencia su régimen de creación y organización se establece por Ordenanza Municipal Provincial; Que, el Artículo 130 de la mencionada Ley, señala que el concejo municipal de centro poblado está integrado por un alcalde y cinco regidores elegidos por un periodo de cuatro años. El proceso electoral es de responsabilidad del alcalde provincial, en coordinación con el respectivo alcalde distrital y se regula conforme a ley en la materia. El alcalde y los regidores de las municipalidades de centros poblados son proclamados por el alcalde provincial, conforme al resultado de las elecciones convocadas para tal fin; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 32-2020/ MCPSMH de fecha 08 de octubre de 2020, el Concejo Municipal del Centro Poblado Santa María de Huachipa, ha aceptado la renuncia del Alcalde Municipal, señor Rogelio Ruiz Portocarrero; por lo que corresponde emitir la Resolución de designación de las autoridades municipales que ejercerán el cargo hasta las próximas elecciones municipales en dicho Centro Poblado; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Informe N° 624-2020-MML-GAJ de fecha 12 de octubre de 2020, concluye que el ejercicio del cargo de Alcalde es renunciable para fines de postulación al cargo de Congresista de la República, por lo que resulta conforme a la normativa vigente que mediante Resolución de Alcaldía se acepte, con efectividad al 11 de octubre de 2020, la renuncia del Alcalde del Centro Poblado Santa María de Huachipa, electo para el periodo 2016-2020, proclamado mediante Resolución de Alcaldía N° 136 de fecha 15 de abril de 2016; y, en consecuencia, se designe a partir del 12 de octubre de 2020, como Alcaldesa del Centro Poblado Santa María de Huachipa, a la Primera Regidora, Ivanka Antonia Kundid Bugarin y se designe en la misma fecha, como