Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2019 (11/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Viernes 11 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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diferido a la culminación de dicho proceso electoral. Y en ese sentido, las normas recientemente aprobadas en agosto pasado deberán ser aplicadas respetando el marco legal establecido por el citado artículo y tendrán vigencia al día siguiente de la publicación de la resolución que declara la culminación del proceso correspondiente. 11. Finalmente, aceptar una interpretación literal y aislada del artículo 109 de la Constitución Política del Perú implicaría no aplicar de forma permanente el artículo 4 de la LOE, en tanto toda norma que no señale expresamente una vacatio legis en su propio cuerpo, resultaría de aplicación inmediata, lo que generaría un impacto negativo grave sobre el proceso electoral. Exhortaciones a las organizaciones políticas 12. Teniendo en cuenta la necesaria reivindicación de los derechos políticos de la mujer, los avances que se han logrado al respecto a lo largo de los últimos años y el impulso constante que la representación efectiva de la mujer en política ha recibido por parte del Jurado Nacional de Elecciones con su propuesta de paridad, alternancia

y acoso político en los Proyectos de Ley N° 1313/2016JNE, proyecto de Código Electoral 2017, y N° 4251/2018JNE, proyecto de Código Electoral 2019; resulta necesario exhortar a las organizaciones políticas a incentivar y asegurar la participación política de las mujeres en el proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020. 13. Un punto a tener en cuenta por las organizaciones políticas, es que mediante el Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, de fecha 17 de mayo de 2018, que se encuentra vigente, se les exhortó a respetar la Constitución Política, la legislación electoral y sus respectivas normas internas, en especial, aquellas relacionadas con el funcionamiento interno. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- APROBAR el cronograma electoral para el proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, según se detalla a continuación:

Artículo Segundo.- PRECISAR que, en estricta aplicación del artículo 4 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y por razones de seguridad jurídica, no tienen vigencia para el proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020 la Ley N° 30995, Ley que modifica la legislación electoral sobre inscripción, afiliación, comités partidarios, suspensión, cancelación, integración y renuncia a organizaciones políticas; la Ley N° 30996, Ley que modifica la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, respecto al sistema electoral nacional; y la Ley N° 30998, Ley por la que se modifica la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, para promover la participación política y la democracia en las organizaciones políticas; publicadas el 27 de agosto de 2019 en el diario oficial El Peruano, en tanto han sido expedidas dentro del año anterior a la fecha de la elección convocada mediante el Decreto Supremo N° 165-2019-PCM. Artículo Tercero.- ACLARAR que, siguiendo lo estipulado en el artículo 21 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero son considerados dentro del distrito o circunscripción electoral de Lima. Artículo Cuarto.- SEÑALAR que para el proceso de Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, es de aplicación la siguiente normativa: 1. Constitución Política del Perú. 2. Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, y sus modificatorias, hasta la Ley N° 30194, publicada el 15 de mayo de 2014. 3. Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y sus modificatorias, hasta la Ley N° 30717, publicada el 9 de enero de 2018.

4. Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, y sus modificatorias, hasta la Ley N° 30689, publicada el 30 de noviembre de 2017. 5. Ley N° 30322, Ley que crea la Ventanilla Única de Antecedentes para Uso Electoral. 6. Reglamento de la Ley N° 30322, Ley que crea la Ventanilla Única de Antecedentes para Uso Electoral, aprobado por el Decreto Supremo N° 069-2015-PCM. 7. Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos de las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, que se aprueba en la fecha. 8. Reglamento sobre la Participación de Personeros en Procesos Electorales, aprobado con la Resolución N° 0075-2018-JNE. 9. Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado con la Resolución N° 0077-2018-JNE. 10. Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral, aprobado con la Resolución N° 0078-2018-JNE. 11. Reglamento para la Fiscalización y Procedimiento Sancionador Contemplado en el Artículo 42 de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, sobre Conducta Prohibida en Propaganda Electoral, aprobado con la Resolución N° 0079-2018-JNE. 12. Reglamento de Observadores en Procesos Electorales, aprobado por la Resolución N° 0085-2018JNE. 13. Reglamento sobre el Uso de Firma Digital del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por la Resolución N° 0087-2018-JNE. 14. Reglamento de Audiencias Públicas, aprobado por la Resolución N° 0090-2018-JNE.