Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2019 (11/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Viernes 11 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de
Anexo

Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones

VALOR DE TASACIÓN DEL ÁREA DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "TRAMO N° 2 DEL CORREDOR VIAL INTEROCEÁNICO SUR, PERÚ BRASIL (URCOS-INAMBARI)". Nº SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/) CÓDIGO: T2-OCON-006 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: AREA AFECTADA: 439.43 m2

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE WGS84 ESTE (X) NORTE (Y)

POR EL NORTE: COLINDANTE CON LA CARRETERA DISTANCIA INTEROCEANICA SUR, EN LÍNEA QUEBRADA ENTRE LOS VERTICES LADO (m) VÉRTICES 1 AL 7, DE UNA LONGITUD TOTAL DE 78.20 m. POR EL SUR: COLINDANTE CON LA UC. 088150, EN UNA LÍNEA RECTA ENTRE LOS VÉRTICES 9 AL 10, DE UNA LONGITUD TOTAL DE 78.99 m. TIMOTEO CCOLQQUE FLOREZ LAURIANA MELO DE CCOLQQUE POR EL ESTE: COLINDANTE CON EL CORREDOR VIAL INTEROCEANICO SUR, EN UNA LÍNEA QUEBRADA ENTRE LOS VÉRTICES 7 AL 9, DE UNA LONGITUD TOTAL DE 10.86 m. POR EL OESTE: COLINDANTE CON EL CORREDOR VIAL INTEROCEANICO SUR, EN UNA LÍNEA QUEBRADA ENTRE LOS VÉRTICES 10 AL 1, DE UNA LONGITUD TOTAL DE 6.45 m. PARTIDA REGISTRAL: N° 11031348, PERTENECIENTE A OFICINA REGISTRAL DE CUSCO DE LA ZONA REGISTRAL N° X - SEDE CUSCO. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: EMITIDO CON FECHA 15.08.2018 CONFORME CONSTA EN EL INFORME TÉCNICO N° 5705 - 2018 - SUNARP -Z.R.N°XUREG/C, DE LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO DE LA ZONA REGISTRAL N° X ­ SEDE CUSCO. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: EMITIDO CON FECHA 23.04.2019, POR LA OFICINA REGISTRAL DE CUSCO DE LA ZONA REGISTRAL X - SEDE CUSCO 1 2 3 4 1-2 2-3 3-4 4-5 4.47 7.16 19.79 14.33

240612.9025 8492817.7150 240617.2811 8492816.8254 240623.4900 8492813.2561 240639.7673 8492801.9985 12,765.75

1

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESPROVIAS NACIONAL

5 6 7 8 9 10

5-6 6-7 7-8 8-9 9-10 10-11

11.21 21.24 7.97 2.89 78.99 3.33

240651.2205 8492793.3905 240660.2746 8492786.7819 240677.9863 8492775.0545 240682.6781 8492768.6058 240680.0628 8492767.3876 240614.8312 8492811.9398

11

11-1

3.12

240612.8285 8492814.5957

1815040-1

Aprueban ejecución de expropiación de área de inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Red Vial Nº 4: Tramo Pativilca Santa - Trujillo y Puerto Salaverry - Empalme PN1N"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 896-2019-MTC/01.02 Lima, 9 de octubre de 2019 Vista: La Nota de Elevación N° 117-2019-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para

Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la infraestructura vial: Red Vial Nº 4: Tramo Pativilca - Santa - Trujillo y Puerto Salaverry - Empalme PN1N y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fin; Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, define al Beneficiario como el titular del derecho de