Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2019 (11/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Viernes 11 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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Quinto. Que, conforme a lo dispuesto en el inciso a), artículo 4°, del Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 251-2016-CEPJ del 5 de octubre de 2016 y su modificatoria por Resolución Administrativa Nº 142-2018-CE-PJ del 16 de mayo de 2018, la Gerencia General del Poder Judicial tiene la función de planificar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar los sistemas administrativos a fin de brindar en forma eficiente y oportuna el soporte técnico administrativo del personal, recursos económicos y financieros que requieren los Órganos del Poder Judicial para el cumplimiento de sus objetivos. Sexto. Que, en consecuencia, a efecto de cumplir con lo establecido en el artículo 6.5.2 de la Directiva N° 0062019-CG/INTEG, este Órgano de Gobierno considera pertinente la designación de la Gerencia General del Poder Judicial como unidad orgánica responsable de la implementación del Sistema de Control. Sétimo. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1204-2019 de la trigésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas, sin la intervención de los señores Arévalo Vela y Lama More por encontrarse de licencia y vacaciones, respectivamente; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la Gerencia General del Poder Judicial, como la unidad orgánica responsable de la implementación del Sistema de Control Interno en el Poder Judicial, en cumplimiento de la Directiva N° 0062019-CG/INTEG. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, adopte las acciones administrativas necesarias, para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Contraloría General de la República del Perú, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1815726-3

VISTOS: La Resolución Administrativa N° 279-2014CE-PJ; el Informe N°0 98-2019-AE-CSJV/PJ; y, CONSIDERANDO: Primero: Mediante Resolución Administrativa Nº 128-2014-CE-PJ, de fecha 23 de abril de 2014, complementada por las Resoluciones Administrativas Nos. 219, 288 y 317-2014-CE-PJ, de fechas 27 de abril, 27 de agosto y 17 de agosto de 2014, respectivamente, se creó el Distrito Judicial de Ventanilla - Lima Noroeste, con sede en el Distrito de Ventanilla, comprendiendo su competencia territorial los distritos de Ancón, Santa Rosa, Ventanilla y Mi Perú. Segundo: Mediante Resolución Administrativa N° 279-2014-CE-PJ, de fecha 12 de agosto de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de setiembre de 2014, se dispuso el funcionamiento de este Distrito Judicial, a partir del 30 de setiembre de 2014. Posteriormente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la Resolución Administrativa N° 366-2014-CEPJ, de fecha 12 de noviembre de 2014, dispuso el cambio de denominación del Distrito Judicial de Ventanilla - Lima Noroeste, por la de Distrito Judicial de Ventanilla. Tercero: Que, conmemorándose en la fecha el V Aniversario de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, resulta propicia la ocasión para reconocer los rendimientos más destacados del presente año, pues en esencia constituyen muestras objetivas del compromiso institucional y sujeción a los reglamentos vigentes y medidas adoptadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y la gestión de la Presidencia de esta Corte, en aras de mejorar el servicio judicial en esta Corte Superior de Justicia. Cuarto: Siendo así, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 069-2015-CE-PJ, aprobó el Proyecto denominado "Implantación del Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE), en el ámbito nacional y en todas las especialidades. Posteriormente, mediante R.A-N° 2342015-CE-PJ y R.A. N° 260-2015-CE-PJ, aprobó la directiva N°006-2015-CE-PJ, denominada "Lineamiento para el Diligenciamiento de las notificaciones Electrónicas". Quinto: En ese sentido, resulta pertinente reconocer a los órganos jurisdiccionales por su nivel alcanzado en el uso del Sistema de Notificación Electrónico (SINOE) frente a la utilización de las notificaciones físicas, con la finalidad de promover un servicio de administración de justicia oportuna y con incorporación de medidas de ecoeficiencia y una mejor distribución en el uso de papel. Sexto: Bajo este enfoque, mediante Informe Nº 097-2018-AE-CSJV/PJ, el responsable de la Oficina de Estadística, teniendo en cuenta no solo el nivel de producción de cédulas de notificación electrónica generadas, sino también la relación entre esta y el nivel de producción de cédulas de notificación física, a efecto de promover el uso de herramientas tecnológicas, recomienda reconocer a los siguientes órganos jurisdiccionales:
ÓRGANO JURISDICCIONAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Reconocen y felicitan a magistrados y personal jurisdiccional por el nivel alcanzado en el uso del Sistema de Notificación Electrónico (SINOE) en el periodo comprendido de enero a agosto de 2019, en el Distrito Judicial de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA Presidencia RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 458-2019-P-CSJV/PJ Ventanilla, treinta de setiembre de dos mil diecinueve.-

2º JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FAMILIA DE VENTANILLA y MI PERÚ (EX -2° JUZGADOS PAZ LETRADO) JUZGADO DE FAMILIA DE ANCÓN y SANTA ROSA (EX-JUZGADO CIVIL) 2º JUZGADO CIVIL DE VENTANILLA JUZGADO DE TRABAJO DE VENTANILLA 1º JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA JUZGADO PENAL UNIPERSONAL TRANSITORIO DE VENTANILLA SALA LABORAL

Séptimo: Siendo así, la Presidencia en aras de felicitar el esfuerzo de dichos órganos jurisdiccionales, reconocerá a los señores magistrados y al personal jurisdiccional que integran los mismos, por su ardua labor en beneficio de los usuarios judiciales y contribución a la búsqueda de una justicia célere, oportuna y predecible.