Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2019 (11/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Viernes 11 de octubre de 2019 /

El Peruano

Que, por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose que la Oficina General de Asesoría Jurídica, es un órgano de asesoramiento dependiente de la Secretaría General; Que, mediante Resolución Ministerial N° 105-2019MIDIS, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual contempla el cargo de Jefe/a de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cargo considerado de confianza; Que, mediante Resolución Ministerial N° 080-2019MIDIS del 25 de marzo de 2019, se encargó al señor Lenin Antonio Cortez Tinco, las funciones de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, en adición a sus funciones como Asesor del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, conforme a lo señalado en los documentos de Vistos, se estima pertinente designar al señor Iván Willy De la Cruz Hermoza como Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dando por concluido el encargo señalado en el considerando precedente; Con los visados de la Jefa encargada de la Oficina General de Recursos Humanos y del Jefe encargado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, modificado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de funciones del señor Lenin Antonio Cortez Tinco como Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Iván Willy De la Cruz Hermoza en el cargo de Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese y comuníquese y publíquese. JORGE ENRIQUE MELÉNDEZ CELIS Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 1815523-3

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Ministerio de Agricultura y Riego, del Gobierno Regional del departamento de Lambayeque y de diversos Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO N° 314-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública

y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, a través del Decreto Supremo N° 091-2017-PCM se aprueba el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, al que se refiere la Ley N° 30556; Que, el literal c) del párrafo 46.1 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone la asignación hasta por la suma de S/ 5 314 168 910,00 (CINCO MIL TRESCIENTOS CATORCE MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), de los cuales corresponde hasta por la suma de S/ 2 543 000 000,00 (DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES Y 00/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y hasta por la suma de S/ 2 771 168 910,00 (DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC, para el financiamiento de las intervenciones incluidas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios y de los gastos para el funcionamiento de dicha unidad ejecutora; Que, el párrafo 46.2 del citado artículo, señala que la transferencia de los recursos a los que se refiere el literal c) del párrafo 46.1 se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Que, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, mediante los Oficios N°s 903, 945, 955, 956, 969, 970, 971, 972, 973, 974, 975, 977, 978, 979, 985, 989, 990, 992, 993, 994, 995, 996, 997, 1006, 1007 y 1011-2019-RCC/DE, solicita una Transferencia de Partidas a favor del Ministerio de Agricultura y Riego, del Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque y de veintiún (21) Gobiernos Locales, para financiar cuarenta (40) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, las cuales corresponden a treinta y seis (36) Intervenciones de Reconstrucción mediante Inversiones (IRI), dos (02) proyectos de inversión del componente de intervenciones de construcción, una (01) intervención para la elaboración de expedientes técnicos y una (01) actividad del componente de fortalecimiento de capacidades institucionales del citado plan; Que, el párrafo 8-A.1 del artículo 8-A de la Ley N° 30556, señala que las inversiones que se denominan IRI no constituyen proyectos de inversión y no les resulta aplicable la fase de Programación Multianual, ni requieren declaración de viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobándose con el solo registro del "Formato Único de Reconstrucción" en el Banco de Inversiones; asimismo, el párrafo 8-A.8 del citado artículo, señala que las intervenciones de construcción que conllevan inversiones, se sujetan a la normatividad vigente sobre inversión pública; Que, de acuerdo al párrafo 8-A.5 del artículo antes indicado, para los requerimientos de financiamiento de las IRI, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión técnica respecto únicamente al monto actualizado de la inversión y al estado de aprobado de la IRI, según la información registrada en el Banco de Inversiones; contando con dicha opinión técnica conforme a los Memorandos N°s 789, 790, 791, 795 y 796-2019EF/63.04; asimismo, mediante el Memorando N° 7922019-EF/63.04, la referida Dirección General emite opinión técnica acerca de los proyectos de inversión; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 47 488 537,00 (CUARENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC a favor del Ministerio de Agricultura y Riego, del Gobierno Regional del Departamento de Lambayeque y de veintiún (21) Gobiernos Locales, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;