Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2019 (09/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 88
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NORMAS LEGALES
Viernes 9 de agosto de 2019 /
El Peruano
General de la Republica y del Sistema Nacional de Control, autoriza la incorporación de los órganos de control institucional de las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales a la Contraloría General de la República, de manera progresiva y sujeto al plan de implementación aprobado para tal efecto por la Contraloría General de la República; disponiendo además, que adicionalmente, la Contraloría General de la República aprueba, de ser necesario, disposiciones complementarias para la mejor aplicación de lo establecido en dicha disposición complementaria; Que, por otro lado, la citada disposición complementaria, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras hasta por el monto equivalente al total del gasto devengado al 31 de diciembre del año anterior a la efectiva incorporación, correspondiente a la Actividad 5000006: Acciones de Control y Auditoría, así como los gastos en personal y otros ejecutados para el funcionamiento de los Órganos de Control Institucional, por toda fuente de financiamiento, con cargo al presupuesto institucional de apertura del año fiscal correspondiente a la efectiva incorporación, de las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, a favor de la Contraloría General de la República; Que, mediante Resolución de Contraloría General Nº 355-2018-CG, aprobó el "Plan de Implementación de la Incorporación y Transferencias de los Órganos de Control Institucional a la Contraloría General la República", en el cual se describen las acciones que se deberán seguir para una transferencia ordenada y progresiva de las plazas y recursos de los OCI a la administración de la CGR. En el marco del referido Plan, con Resolución de Contraloría Nº 520-2018-CG, que aprobó la Directiva Nº 011-2018-CG/GPL , "Directiva para la Implementación de la Incorporación de los órganos de Control Institucional a la Contraloría de la Republica", y que teniendo en cuenta que el proceso de incorporación se efectuará de manera gradual y progresiva, corresponde en esta etapa la transferencia de los recursos del personal profesional que desarrolla labores vinculados a las acciones de control, que deben incluir necesariamente los costos que financien los contratos de locación de servicios, contratos administrativos de servicios y otros tipos de contratación de personal que presten servicios en el OCI y cuyas actividades están relacionadas a la acciones de control; Que, con Oficio Nº 000484-2019-CG/VCSC, la Vicecontralor de Gestión Estratégica e Integridad Publica hace de conocimiento que la Contraloría General de la Republica en calidad de ente rector del Sistema Nacional de Control, ha venido desarrollando acciones en el marco de cumplimiento de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30742; que autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, a efectuar transferencia financieras, para la incorporación de los Órganos de Control Institucional de dichas entidades a esta Entidad Fiscalizadora Superior de manera progresiva y sujeto al Plan de Implementación; Que, en el contexto del precitado antecedente Nº 3, y puesto que las partidas específicas de gastos 2.3 2.8 1.1 "Contratos Administrativos de Servicios" y 2.3 2.8 1.2 "Aportaciones a Essalud de CAS", de acuerdo a lo prescrito en el numeral 9.4 del artículo 9º de la Ley N" 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, no pueden habilitar a otras partidas, genéricas o específicas del gasto del Presupuesto Institucional ni ser habilitadas, salvo las habilitaciones que se realicen entre o dentro de las indicadas especificas en la misma unidad ejecutora o entre unidades ejecutoras del mismo pliego, quedando, solo para dicho fin, exonerado de lo establecido en el numeral 9.5 del presente artículo; en tal sentido, considerando la solicitud realizada con el Oficio Nº 000484-2019-CG/VCSC, el Gobierno Regional de San Martín, debe mantener vigente la contratación del personal del Órgano de Control Institucional, que viene laborando bajo la Modalidad de Contratos Administrativos de Servicios (CAS), y por otro lado los contratos por locadores de servicios; Que, la Centésima Cuadragésima Segunda Deposición Complementaria Final de la Ley Nº 30879,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, autoriza a las Entidades del Gobierno Nacional, Gobierno Regionales y Gobiernos Locales, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para financiar las transferencias de recursos que efectúen a favor de la Contraloría General de la República, en el marco de la Tercera y Cuarta Disposición Complementaria Finales de la Ley N 30742, Ley del Fortalecimiento de la Contraloría General de la Republica y del Sistema Nacional de Control, quedando para tal efecto exceptuados de las restricciones previstas en los numerales 9.4 y 9.10 del artículo 9 de la Ley N 30879; Que, mediante Ley Nº 30742 Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece normas y disposiciones requeridas para el fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, con la finalidad de modernizar, mejorar y asegurar el ejercicio oportuno, efectivo y eficiente del control gubernamental, así como la modificación de diversos artículos de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, entre los que se considera el artículo 20º Sociedades de Auditorías; Que, que el artículo 20º de la Ley Nº 27785, dispone entre otros que la designación de las Sociedades de Auditoría son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República, motivo por el cual las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; Que, mediante Informe Nº 138-2019-GRPyP/SGP, de fecha 08 de Julio del 2019, la sub Gerencia de Presupuesto del Gobierno Regional San Martín, Opina Favorablemente para proceder en el marco de la Ley Nº 30742, que establece que las Transferencias Financieras se aprueban por Acuerdo de Consejo Regional; Que, de conformidad con lo establecido con el artículo 39º de la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria realizada el día 12 de Julio del 2019, desarrollada en el Auditorio del Consejo Regional San Martín, se aprobó por mayoría el siguiente: ACUERDO REGIONAL Artículo Primero.- AUTORIZAR la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 629 983.00, debiendo afectar dicha transferencia a la siguiente estructura de gasto:
Pliego : 459 Gobierno Regional San Martín Fuente de Financiamiento : Recursos Ordinarios. Unidad Ejecutora : 001 Sede Central Categoría Presupuestal : 9001 Acciones Centrales Actividad : 5000006 Acciones de Control y Auditoría Genérica de Gasto : 2.4 Donaciones y Transferencias Especifica de gasto : 24.13.11