Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2019 (09/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 43
El Peruano / Viernes 9 de agosto de 2019
NORMAS LEGALES
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servicios del señor Miguel Ángel Romero Camarena, profesional del IMARPE, del 15 al 29 de agosto de 2019, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; y la Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Miguel Ángel Romero Camarena, profesional del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, del 15 al 29 de agosto de 2019, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje que se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a los fondos del Presupuesto Institucional 2019 del Pliego 240: Instituto del Mar del Perú, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos por 13 días Pasaje aéreo (12 días + 1 día por (Incluido TUUA) concepto de instalación) US$ US$ 540,00 por día 2 265,00 7 020,00
Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros; el Memorando N° 00796-2019-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 088-2019-PRODUCE/OGPPM-OCTAI de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales; el Informe N° 217-2019-PRODUCE/OGPPM-OP de la Oficina de Presupuesto; el Memorando N° 717-2019-PRODUCEOGA de la Oficina General de Administración; el Informe N° 680-2019-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 08 de abril de 2019, el Viceministerio de Lucha Contra el Contrabando del Ministerio de Defensa del Estado Plurinacional de Bolivia cursa invitación al Presidente del Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y otros, para participar en la X Reunión Bilateral, que se llevará a cabo en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, los días 15 y 16 de agosto de 2019; Que, por Resolución Ministerial N° 435-2012-PRODUCE se designa al señor Adolfo Sergio Bernui Bobadilla representante titular del Ministerio de la Producción ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros; asimismo, con la Resolución Ministerial N° 039-2014-PRODUCE se designa al señor Víctor Manuel Alvarez Mayta representante alterno del Ministerio de la Producción en el mencionado grupo de trabajo; Que, con Memorando N° 1096-2019-PRODUCE/ DVMYPE-I el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria remite el Informe N° 001-2019-PRODUCE/GTM PERÚ BOLIVIA de la Presidencia del Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros, el cual señala que es de importancia la participación de la entidad en la mencionada reunión toda vez que constituye una oportunidad para que la parte peruana consolide el proceso de integración fronteriza binacional, además de compartir de modo permanente información que permitirá acordar estrategias y acciones conjuntas para hacer frente al lavado de activos y a los delitos aduaneros que ocurran, beneficiando al Estado Peruano, al reducirse los niveles de contrabando de mercancías, el tráfico de armas de fuego, municiones y explosivos e insumos para la minería ilegal, generándose mayores oportunidades de comercio exterior, mejoras en el posicionamiento de la industria nacional y comercio legal, mayores ofertas laborales, mejores servicios públicos e incremento de la recaudación tributaria; recomendando la participación en la citada reunión de los señores Adolfo Sergio Bernui Bobadilla y Víctor Manuel Alvarez Mayta, representantes titular y alterno respectivamente del Ministerio de la Producción ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros; Que, por Memorando N° 717-2019-PRODUCE-OGA la Oficina General de Administración adjunta el Informe N° 143-2019-PRODUCE/OGA-OC de la Oficina de Contabilidad, que efectúa el cálculo de viáticos correspondientes para la comisión de servicios; asimismo, adjunta el Informe N° 231-2019-PRODUCE/OGA-OA de la Oficina de Abastecimiento, donde se precisa que se han cotizado los pasajes aéreos para la comisión de servicios en tarifa económica, además de adjuntar el itinerario correspondiente; Que, mediante Memorando N° 00796-2019-PRODUCE/ OGPPM la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe N° 088-2019-PRODUCE/OGPPM-OCTAI de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales, a través del cual se señala la importancia de la participación de la entidad en dicha reunión, indicando que se enmarca en lo establecido por la "Política Nacional de Cooperación
Nombres y apellidos Miguel Ángel Romero Camarena
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el profesional autorizado debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1795957-4
Autorizan viaje de representantes titular y alterno del Ministerio ante el Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano Boliviana para Erradicar el Contrabando Organizado en Productos Agropecuarios y Otros a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 334-2019-PRODUCE Lima, 8 de agosto de 2019 VISTOS: El documento de fecha 08 de abril de 2019 del Viceministerio de Lucha Contra el Contrabando del Ministerio de Defensa del Estado Plurinacional de Bolivia; el Informe N° 001-2019-PRODUCE/GTM PERÚ BOLIVIA de la Presidencia del Grupo de Trabajo Multisectorial que constituye la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral Peruano