Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2019 (09/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 57
El Peruano / Viernes 9 de agosto de 2019
NORMAS LEGALES
"Artículo 13º.- Presidencia de las sesiones
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Solución de Reclamos de Usuarios - TRASU, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 102-2017CD/OSIPTEL, por los siguientes textos: "Artículo 5º.- Nombramiento de los Vocales del TRASU Los Vocales del TRASU serán nombrados por el Consejo Directivo del OSIPTEL, sobre la base de una propuesta presentada por el Presidente de dicho Consejo. El nombramiento de los Vocales será por un período de tres (3) años, renovables. El nombramiento al que se refiere el presente artículo deberá realizarse anualmente; de manera tal que, secuencialmente, se produzca la renovación de un tercio de los Vocales cada año. Mientras no se realice el nombramiento del nuevo Vocal, el Vocal del TRASU se mantendrá en sus funciones hasta por un plazo máximo de noventa (90) días calendario posteriores al vencimiento del periodo para el que fue designado." "Artículo 7º.- Vacancia del cargo de Vocal Se produce la vacancia del cargo de Vocal por: 1. Vencimiento del periodo para el que fue designado. 2. Renuncia aceptada por el Consejo Directivo del OSIPTEL. En caso el Consejo Directivo del OSIPTEL no se pronuncie en un plazo de noventa (90) días calendario, la renuncia se tendrá por aceptada. En tanto la renuncia no haya sido aceptada por el Consejo Directivo, el Vocal se mantendrá en sus funciones hasta por un plazo máximo de noventa (90) días calendario posteriores a la fecha de la renuncia. 3. Remoción mediante resolución del Consejo Directivo del OSIPTEL. 4. Muerte o incapacidad permanente para ejercer el cargo. 5. Extinción del contrato de trabajo, en el caso de que el cargo de Vocal sea ejercido por un servidor público del OSIPTEL." "Artículo 8º.- Conformación de las Salas del TRASU El TRASU estará integrado por Salas Unipersonales, Salas Colegiadas y Sala Colegiada de Sanciones, además de las que se conformen para encargos específicos. A excepción de las Salas Unipersonales, cada una de las Salas deberá estar conformada por no menos de tres (3) Vocales. El Presidente del Consejo Directivo podrá modificar la conformación de las Salas." "Artículo 9º.- Competencia de las Salas del TRASU Las Salas Unipersonales y Colegiadas cuentan con competencia para resolver los recursos de apelación y las quejas a nivel nacional. La Sala Colegiada de Sanciones cuenta con competencia para resolver los procedimientos administrativos sancionadores, dentro del marco de lo dispuesto en el Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones." "Artículo 12º.- Lugar de las Sesiones Las sesiones se realizarán en la sede del OSIPTEL, salvo excepciones fundamentadas en el acta correspondiente. Las sesiones ordinarias de las Salas Unipersonales y Salas Colegiadas, así como las sesiones de Sala Plena podrán ser no presenciales, pudiendo realizarse a través de medios telefónicos, electrónicos o de otra naturaleza, siempre que exista una adecuada comunicación y que las mismas se realicen sin mayor retardo. En los casos de las Salas Colegiadas y la Sala Plena, de producirse la oposición de cualquier miembro del TRASU a que se realice una sesión no presencial, se someterá la utilización de este mecanismo a votación de la Sala correspondiente. El acuerdo sobre la realización de una sesión no presencial se tomará siguiendo las reglas establecidas en el artículo 14º del presente Reglamento. La asistencia no presencial de uno o más Vocales del TRASU será considerada como asistencia plena para todos los efectos."
1. Presidencia del TRASU: El TRASU elige entre los Vocales al Presidente y Vicepresidente por el período de un (1) año. En la elección participan únicamente los Vocales titulares. Son funciones del Presidente del TRASU: a. Definir la agenda de las sesiones de Sala Plena, en coordinación con la Secretaría Técnica Adjunta del TRASU. b. Presidir y dirigir las sesiones de Sala Plena. c. Coordinar con las Salas del TRASU los aspectos relacionados con la tramitación de los recursos de apelación y quejas que resuelve cada Sala. d. Dirimir votaciones en caso no hubiera votos suficientes para adoptar decisiones. e. Responder la correspondencia dirigida al TRASU, en coordinación con la Secretaría Técnica. f. Representar al TRASU en reuniones o eventos para los que sea convocado. En caso de ausencia del Presidente, sus funciones serán ejercidas por el Vicepresidente del TRASU. 2. Presidencia de las Salas Colegiadas: El Presidente y Vicepresidente de las Salas Colegiadas son elegidos por sus miembros por el periodo de un (1) año. Corresponde al Presidente de Sala suscribir las Resoluciones que se emitan en la misma. En caso de ausencia del Presidente, sus funciones serán ejercidas por el Vicepresidente de la Sala." Artículo 2.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" de la presente Resolución. Artículo 3.- Encargar a la Gerencia General disponer las acciones necesarias para que la presente Resolución, conjuntamente con la Exposición de Motivos y el Informe Sustentatorio, sean publicados en el Portal Institucional (página web institucional: http:// www.osiptel.gob.pe). Artículo 4.- Lo dispuesto en la presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de la fecha de publicación en el Diario Oficial "El Peruano", con excepción de lo establecido en el primer párrafo del Artículo 8º y el Artículo 9º, los cuales entrarán en vigencia una vez culminado el plazo dispuesto en el Artículo 1º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 051-2018-CD/ OSIPTEL. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- En tanto entre en vigencia la modificación del primer párrafo del Artículo 8º y el Artículo 9º del Reglamento Interno del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios, se mantendrá vigente lo establecido en el Artículo 3º de la Resolución de Consejo Directivo Nº 051-2018-CD/OSIPTEL. Regístrese y publíquese. RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente del Consejo Directivo 1794762-1
Declaran Fundado en parte el Recurso de Apelación presentado por AMERICA MÓVIL PERÚ S.A.C., y modifican sanción de multa impuesta en la Resolución N° 00290-2017GG/OSIPTEL
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 97-2019-CD/OSIPTEL Lima, 25 de julio de 2019