Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2019 (09/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 56
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NORMAS LEGALES
Viernes 9 de agosto de 2019 /
El Peruano
que el actual Coordinador de Procedimientos Administrativos Sancionadores tiene las mismas funciones que corresponden a la Autoridad Instructora del Procedimiento Administrativo Sancionador; por el cual solicita -entre otros- a la Superintendencia, dar por concluida la designación del señor Luis Ángel Jokada Taira como Autoridad Instructora del procedimiento administrativo sancionador de competencia de la Subgerencia de Procedimiento de Tránsito de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, y la designación del señor Hugo Ulises Diaz Loza como nueva Autoridad Instructora de la citada Subgerencia; Que, mediante Informe Nº 188-2019-SUTRAN/05.1.4, la Unidad de Recursos Humanos, remite el informe laboral del señor Hugo Ulises Diaz Loza, indicando que labora como Coordinador de Procedimientos Administrativos Sancionadores en la Subgerencia de Procedimientos de Servicios de Tránsito de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones; Que, mediante Informe Nº 227-2019-SUTRAN/05.1.4, la Oficina de Asesoría Jurídica, considera procedente dar por concluida la designación del señor Luis Ángel Jokada Taira como Autoridad Instructora del procedimiento administrativo sancionador de competencia de la Subgerencia de Procedimiento de Tránsito de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, y la designación del señor Hugo Ulises Diaz Loza como Autoridad Instructora del Procedimiento Administrativo Sancionador de competencia de la citada Subgerencia; Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUTRAN, el Superintendente es la máxima autoridad de la SUTRAN; y es competente para "emitir resoluciones (...) en materia de su competencia"; Que, en ese sentido, en mérito a las consideraciones expuestas y estando con las opiniones favorables de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, de la Unidad de Recursos Humanos, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y con la conformidad de la Gerencia General, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; De conformidad con Ley de Creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUTRAN, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2015MTC, y de la Resolución del Consejo Directivo Nº 036-2019-SUTRAN/01.1; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA la designación como Autoridad Instructora del procedimiento administrativo sancionador de competencia de la Subgerencia de Procedimientos de Tránsito de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, al señor Luis Ángel Jokada Taira realizado mediante Resolución de Superintendencia Nº 015-2019-SUTRAN/01.2, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR al señor Hugo Ulises Diaz Loza como Autoridad Instructora del Procedimiento Administrativo Sancionador de competencia de la Subgerencia de Procedimientos de Tránsito de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN. Artículo 3º.- COMUNICAR la presente Resolución, a la Gerencia General, a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, a la Gerencia de Articulación Territorial y a la Gerencia de Procedimientos y Sanciones y demás órganos de la SUTRAN, para conocimiento y fines respectivos. Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano", y en el Portal Institucional de la SUTRAN (www.sutran.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA ELIZABETH CAMA MEZA Superintendente 1795848-1
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES
Modifican el Reglamento Interno del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios - TRASU
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 96-2019-CD/OSIPTEL Lima, 25 de julio de 2019 MATERIA: NORMA QUE MODIFICA REGLAMENTO INTERNO TRIBUNAL ADMINISTRATIVO SOLUCIÓN DE RECLAMOS USUARIOS TRASU VISTOS: (i) El Proyecto de Norma presentado por la Gerencia General, que tiene por objeto modificar el Reglamento Interno del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios TRASU, y; (ii) El Informe Nº 00036-TRASU/2019 elevado por la Secretaría Técnica de los Órganos Colegiados, que sustenta el Proyecto de Norma al que se refiere el numeral precedente; y con la conformidad de la Gerencia de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3º de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la función normativa, que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 25º del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM (en adelante, el Reglamento General), este Organismo, en ejercicio de su función normativa, puede dictar reglamentos o disposiciones de carácter general referidos a su organización interna; Que, los artículos 58º y 59º del referido Reglamento General establecen que este Organismo tiene competencia exclusiva para conocer y resolver los reclamos presentados por los usuarios contra las empresas operadoras, en segunda instancia, a través del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU); Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 1022017-CD/OSIPTEL de fecha 7 de septiembre de 2017, el OSIPTEL aprobó el Reglamento Interno del TRASU; Que, a fin de dinamizar el ejercicio de las funciones del TRASU y coadyuvar a su adecuado funcionamiento, resulta necesaria la modificación del referido Reglamento Interno; En aplicación de las funciones establecidas en el inciso b) del artículo 75 del Reglamento General de OSIPTEL, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesión Nº 711; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar los artículos 5º, 7º, 8º, 9º, 12º y 13º del Reglamento Interno del Tribunal Administrativo de EL DEL DE DE