Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2019 (09/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Viernes 9 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, se declara prioritaria, de interés nacional y necesidad pública la implementación de un Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención; Que, a través del Decreto Supremo N° 091-2017-PCM se aprueba el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios, al que se refiere la Ley N° 30556; Que, el literal c) del párrafo 46.1 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone la asignación hasta por la suma de S/ 5 314 168 910,00 (CINCO MIL TRESCIENTOS CATORCE MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES), de los cuales corresponde hasta por la suma de S/ 2 543 000 000,00 (DOS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES Y 00/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y hasta por la suma de S/ 2 771 168 910,00 (DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CIENTO SESENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES) a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, en el pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC, para el financiamiento de las intervenciones incluidas en el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios y de los gastos para el funcionamiento de dicha unidad ejecutora; Que, el párrafo 46.2 del citado artículo, señala que la transferencia de los recursos a los que se refiere el literal c) del párrafo 46.1 se aprueba mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; Que, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, mediante los Oficios N°s 656, 731 y 741-2019RCC/DE, solicita una Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de Piura y de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Cocachacra, para financiar tres (03) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, las cuales corresponden a una (01) intervención para la elaboración y supervisión de un expediente técnico y dos (02) proyectos de inversión del componente de intervenciones de construcción del citado plan; Que, el párrafo 8-A.8 del artículo 8-A de la Ley N° 30556, señala que las intervenciones de construcción que conllevan inversiones, se sujetan a la normatividad vigente sobre inversión pública; Que, la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Memorando N° 688-2019-EF-EF/63.04, emite opinión técnica acerca de los dos (02) proyectos de inversión; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 65 796 629,00 (SESENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC a favor del Gobierno Regional del Departamento de Piura y de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Cocachacra, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), en las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal c) del párrafo 46.1 y el párrafo 46.2 del artículo 46 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, y en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario

para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 65 796 629,00 (SESENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE Y 00/100 SOLES), del pliego Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC a favor del Gobierno Regional del Departamento de Piura y de la Municipalidad Distrital de Santa Cruz de Cocachacra, destinado a financiar tres (03) intervenciones del Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CATEGORÍA PRESUPUESTAL ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : En Soles : Gobierno Central 001 : Presidencia del Consejo de Ministros 017 : Autoridad para la Reconstrucción con Cambios ­ RCC 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos 5005970 : Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales 1 : Recursos Ordinarios

132 379,00 Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias

65 664 250,00 -------------------TOTAL EGRESOS 65 796 629,00 ============ En Soles : Instancias Descentralizadas 457 : Gobierno Regional del Departamento de Piura 001 : Sede Piura 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres 2378183 : Mejoramiento del servicio de protección contra inundaciones de las ciudades de Piura y Castilla, margen derecha e izquierda del río Piura en el tramo: represa Los Ejidos al Puente Cáceres, distritos Piura y Castilla, de la provincia y departamento de Piura 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL

PROYECTO

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros PROYECTO 2378465 :

43 289 051,00 Mejoramiento y ampliación del servicio de protección contra inundaciones de la ciudad de Piura y Castilla entre el puente Cáceres y el futuro puente Integración de la margen derecha prog. 2+665 hasta prog 5+432 y la margen izquierda prog 2+540 hasta prog 5+370, distritos de Piura y Castilla, provincia y departamento de Piura 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito

FUENTE DE FINANCIAMIENTO