Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2016 (09/07/2016)


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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de julio de 2016 /

El Peruano

Intercultural Bilingüe, el mismo que tiene naturaleza sectorial, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de julio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros DIANA ÁLVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1402573-8

Autorizan Transferencia Financiera del Programa Educación Básica para Todos, para financiar desembolso del Convenio N° 174-2016-MINEDU suscrito con el INEI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 328-2016-MINEDU Lima, 8 de julio de 2016 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, mediante Resolución Ministerial Nº 594-2015-MINEDU, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2016 del Pliego 010: Ministerio de Educación, por la suma de S/ 12 269 332 782,00 (doce mil doscientos sesenta y nueve millones trescientos treinta y dos mil setecientos ochenta y dos y 00/100 Soles) por toda Fuente de Financiamiento; Que, la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, durante el Año Fiscal 2016, la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales suscriban convenios de colaboración interinstitucional, en el marco de lo establecido en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo; dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad del Gobierno Nacional que transfiere los recursos, la misma que se publica en el diario oficial El Peruano; Que, con fecha 30 de junio de 2016, el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Estadística e Informática ­ INEI, suscribieron el Convenio Nº 174-2016-MINEDU, en el marco de lo establecido en la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, con el objeto de ejecutar los actos necesarios y suficientes para implementar la aplicación y captura de datos de los instrumentos de los Concursos Públicos de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Públicas y de Especialista en Educación de Unidades de Gestión Educativa Local y Direcciones Regionales de Educación, de Educación Básica Regular 2016; estableciéndose además que el Ministerio de Educación abonará a favor del INEI hasta la suma de S/ 21 503 465,00 (veintiún millones quinientos tres mil cuatrocientos sesenta y cinco y 00/100 Soles) la cual cubrirá los gastos efectivamente realizados por

el INEI para el cumplimiento del objeto del Convenio bajo comentario; Que, con Memorándum Nº 945-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEDD e Informe Nº 459-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DIED, la Dirección General de Desarrollo Docente, sustenta y solicita se efectúe una transferencia de recursos hasta por el monto de S/ 8 601 386,00 (ocho millones seiscientos un mil trescientos ochenta y seis y 00/100 Soles), para financiar el desembolso 1 del Convenio Nº 174-2016-MINEDU conforme a lo establecido en el numeral V. Informes a Entregar y Pagos a Realizar del Anexo A Términos de Referencia del citado Convenio; Que, a través del Informe Nº 428-2016-MINEDU/SPEOPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica emite opinión favorable a la Transferencia Financiera a efectuarse a favor del INEI y señala que en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para financiar la citada Transferencia; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 8 601 386,00 (ocho millones seiscientos un mil trescientos ochenta y seis y 00/100 Soles), para financiar el desembolso 1 del Convenio Nº 174-2016-MINEDU; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01; y, la Directiva N° 002-2016-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, "Procedimientos para la autorización de transferencias financieras y el registro de información en el marco de los Acuerdos y Convenios suscritos por el Ministerio de Educación en el Año 2016", aprobada por Resolución de Secretaría General N° 123-2016-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorízase una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 8 601 386,00 (ocho millones seiscientos un mil trescientos ochenta y seis y 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 002: Instituto Nacional de Estadística e Informática, para financiar el desembolso 1 del Convenio Nº 174-2016-MINEDU suscrito entre el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- La Dirección General de Desarrollo Docente, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto en el Convenio Nº 174-2016-MINEDU. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución Ministerial se remite a la Oficina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1402447-1