Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2016 (09/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 122

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Sábado 9 de julio de 2016 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 (Ley Orgánica de Municipalidades); Que el artículo 41º del Código Tributario, establece: "Excepcionalmente, los Gobiernos locales podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administre. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo"; Que el Programa de Incentivos a la mejora de la Gestión Municipal (PI) se crean con la finalidad de impulsar reformas que permitan lograr el crecimiento y el desarrollo sostenible de la economía local y la mejora de su gestión, en el marco del proceso de descentralización y mejora de la competitividad. El objetivo principal es incentivar a los gobiernos locales para que se modernicen y avancen hacia un enfoque por resultados; Que, a las Municipalidades que cumplan con las metas se les transferirán recursos. Los mecanismos de incentivos constituyen excelentes vías para alinear objetivos y estrategias entre las diversas entidades del estado, a nivel central y local, a la vez que permiten generar fondos adicionales que sirven para la mejora de la gestión; Que, la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, debe cumplir lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016, cuya meta de recaudación para el ejercicio en vigencia deberá ser la más del 24 % por encima de lo recaudado al 31 de diciembre de 2015, ascendiendo a la suma de S/. 5´565,881.36; Que, a fin de incrementar la recaudación para cumplir con las metas establecidas por el Ministerio de Economía y Finanzas, el Concejo distrital de la Municipalidad con la dispensa del trámite de aprobación de actas, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL REGIMEN DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS Artículo 1º.- OBJETO.- Establecer el Régimen de Incentivos Tributarios para el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales en favor de los deudores tributarios de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa con la finalidad de incrementar el nivel de recaudación para el cumplimiento de las metas establecidas en el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal 2016. Artículo 2º.- VIGENCIA.- El periodo de vigencia de la presente Ordenanza será hasta el 15 de Agosto del 2016. Artículo 3º.- DESISTIMIENTO.- El acogimiento a la presente Ordenanza por los deudores tributarios que cuenten con expedientes en reclamo o impugnación pendientes de Resolución, genera presunción para la Administración Municipal, sin admitir prueba en contrario, del desistimiento de los mismos, enviándose dichos expedientes a su archivo definitivo. Artículo 4º.- ALCANCE.- El régimen de incentivos dispuesto en el Artículo 1º comprende las deudas pendientes o las que se generen en las vías ordinaria y coactiva por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de los ejercicios 2011 y anteriores. Artículo 5º.- PAGO DE LAS DEUDAS PENDIENTES.A las deudas señaladas en el Artículo 4º se les condonará el 100% de los intereses moratorios, gastos y costas procesales cuando efectúen como mínimo el pago del 50% o el 100% de la obligación. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Queda establecido que la presente norma es de acogimiento voluntario; en consecuencia el área

Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, señala que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal; Que, el 28 de julio se celebrará el 195º Aniversario de la Declaración de la Independencia del Perú; asimismo, el 14 de agosto se conmemorará el 459º Aniversario del distrito de Pueblo Libre, Provincia de Lima, Departamento de Lima; Que, es deber del Gobierno Local en vista de la celebración de estos magnos acontecimientos, incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los hechos históricos de nuestra nación, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales, como el embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito; Estando en los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en el uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Orgánica de municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.DISPONER EL EMBANDERAMIENTO GENERAL EN TODOS LOS INMUEBLES DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE, con motivo de la Celebración del 195º Aniversario de la Independencia del Perú y por el 459º Aniversario del Distrito de Pueblo Libre. Artículo Segundo.- EXHORTAR a los vecinos del distrito para que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente el cumplimiento del presente Decreto, a la Secretaría General su publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JHONEL LEGUÍA JAMIS Alcalde 1401633-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA
Establecen Tributarios Régimen de Incentivos

ORDENANZA Nº 322-MDPH Punta Hermosa, 14 de junio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha el Informe Nº 095-2016-GAT-MDPH formulado por la Gerencia de Administración Tributaria respecto a la necesidad de establecer un Régimen de Incentivos Tributarios para el pago del impuesto predial y arbitrios municipales en favor de los deudores tributarios de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, y;