Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2016 (09/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 133

El Peruano / Sábado 9 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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Reynoso, ha sido elaborado por el Equipo Técnico de Residuos Sólidos, el cual establece las condiciones para una adecuada gestión y manejo de residuos sólidos en todo el ámbito distrital, desde la generación hasta su disposición final, asegurando una eficiente y eficaz prestación de los servicios y actividades; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica, según Informe Nº 110-2016-GAJ/MDCLR, Dictamen Nº 003-2016-CSC de la Comisión de Servicios Comunales, el Concejo Municipal mediante Acuerdo de Concejo Nº 029-2016-MDCLR, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL DISTRITO DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Artículo 1º.- APROBAR la Actualización del "Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo 2º.- Dejar sin efecto cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, para el mejor cumplimiento del mismo. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Ambiental la implementación y ejecución del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, en coordinación con las demás unidades orgánicas de la municipalidad. Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de Administración la publicación de la presente ordenanza en el diario oficial El Peruano, y a la Sub. Gerencia de Tecnologías de la Información el Plan de Manejo de Residuos Sólidos para el distrito de Carmen de la Legua Reynoso en el portal institucional www.municarmendelalegua.gob.pe. POR TANTO Mando se registre, comunique, publique y cumpla. RAUL JESUS ODAR CABREJOS Alcalde 1402055-1

Aprueban el "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos" 2016
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2016-MDCLR Carmen de la Legua - Reynoso, 16 de junio del 2016 EL ALCALDE DEL GOBIERNO LOCAL DE CARMEN DE LA LEGUA-REYNOSO VISTO: El Proveído Nº 1505-2016 de la Gerencia Municipal de fecha 16 de Junio del 2016, quien remite a Secretaría General el Informe Nº 147-2016-GAJ/MDCLR de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 083-2016GDA/MDCLR, de la Gerencia de Desarrollo Ambiental, quien solicita autorización para que se formalice la implementación del Programa de Segregación en Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Domiciliarios 2016. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales

promueven el desarrollo y la economía local y prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el numeral 22 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú precisa que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, lo que desde una perspectiva constitucional, se traduce en la obligación de los propios particulares, de mantener las condiciones en que la vida humana exista en un entorno ambientalmente digno y aceptable donde las personas puedan disfrutar en un ambiente en que sus elementos desarrollen e interrelacionan de manera natural y armónica; Que, el artículo 73º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades-, establece que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones señaladas en el capítulo II del presente título, con carácter exclusivo o compartido, en las materias de saneamiento ambiental, salubridad y salud; Que, el artículo 1º, título preliminar, Ley General del Ambiental Nº 28611 se establece la Gestión de los residuos sólidos de origen doméstico, comercial o que siendo de origen distinto presentan características similares a aquellos, son de responsabilidad de los gobiernos locales. Asimismo, por ley se dispone que "Las autoridades sectoriales y municipales establecerán condiciones que directa o indirectamente generen un beneficio económico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimización, segregación de materiales en la fuente para su aprovechamiento...". Que, el artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley 27972 establece, que en materia de saneamiento, salubridad y salud, es función específica exclusiva de las municipalidades distritales el promover el servicio de limpieza pública, determinado las áreas de acumulación desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios; Que, mediante la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314, modificado por Decreto Legislativo Nº1065 en el artículo 11º, numeral 12 dispone implementar progresivamente programas de segregación en la fuente y la recolección selectiva de los residuos sólidos en todo el ámbito de su jurisdicción, facilitando su aprovechamiento y asegurando su disposición final diferenciada técnicamente adecuada. Las Municipalidades distritales y provinciales...". Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009-MINAM que aprobó la Política Nacional del Ambiente, prescribe en el Eje de Política 2: Gestión Integral de la calidad ambiental; Componente 4. Residuos Sólidos, como un Lineamiento de Política del Sector, el Fortalecimiento de la Gestión de los Gobiernos Regionales y Locales en material de residuos sólidos de ámbito municipal, priorizando su aprovechamiento; Asimismo de acuerdo al instructivo MINAM la implementación del Programa de Segregación se aprueba mediante el Decreto de Alcaldía; Que, mediante el Informe Nº 083-2016-GDA/ MDCLR, de fecha 16 de Junio de 2016, la Gerencia de Desarrollo Ambiental solicita emitir el Decreto de Alcaldía de Implementación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso en función del Instructivo MINAM 2016. Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 147-2016-GAJ/MDCLR, de fecha 16 de junio de 2016, opina que es PROCEDENTE, la emisión del Decreto de Alcaldía sobre la aprobación de Implementar un Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios 2016, en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972. DECRETA Artículo 1º.- Aprobar el "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos" 2016, en el Distrito Carmen de la Legua Reynoso, que