Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2016 (09/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 135

El Peruano / Sábado 9 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNAMIDAD y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL RÉGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN DE EDIFICACIONES EJECUTADAS SIN LICENCIA MUNICIPAL EN EL DISTRITO DE VENTANILLA Artículo 1º.- APROBAR la Ordenanza Municipal que Regula el Régimen Especial de Regularización de Edificaciones Ejecutadas sin Licencia Municipal en el Distrito de Ventanilla; el cual consta de tres capítulos, nueve artículos, una Disposición Transitoria, siete Disposiciones Finales, y cuatro anexos. Artículo 2º.- DISPONER el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a la Sub Gerencia de Autorizaciones Municipales. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Gerencia Legal y Secretaria Municipal la publicación de la presente Ordenanza y sus anexos, en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1401476-1

establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, luego del análisis de la normativa municipal y tributaria es viable la prórroga de vigencia de la acotada Ordenanza, toda vez que el objeto es atender los requerimientos de los vecinos del distrito y darles mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones, así como mayores incentivos por el pronto pago de sus tributos, conforme lo indicado en el memorando del visto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972, así como en la Ordenanza Nº 001-2015/MDV; DECRETA: Artículo 1º.- Prorrogar la fecha de vencimiento de los descuentos otorgados por el pronto pago establecidos en el artículo tercero, numeral 1.1 literal a) de la Ordenanza Nº 001-2016/MDV hasta el 13 de febrero del 2016. Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia de Rentas Municipales y Subgerencias dependientes de dicha Unidad Orgánica, Gerencia de Comunicaciones, Gerencia de Administración, Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto y todas las demás dependencias de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento. Regístrese, comuníquese. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1401476-2

Prorrogan fecha de vencimiento de descuentos otorgados por pronto pago, establecidos en la Ordenanza N° 001-2016/ MDV
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2016/MDV-ALC Ventanilla, 25 de enero de 2016 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA VISTO: El Informe Nº 011-2016/MDV-GRM de la Gerencia de Rentas Municipales; y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­Ley Orgánica de Municipalidades­, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 001-2016/MDV de 8 de enero del 2016, se aprobaron las fechas de Vencimiento para el pago de arbitrios e impuesto predial, asimismo, se establecieron las fechas de pago del beneficio de Pronto Pago para el ejercicio 2016; Que, en la Tercera Disposición Transitoria y Final de la referida Ordenanza, se establecen las facultades del Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para determinar y aprobar la prórroga de su vigencia; Que, mediante Informe Nº 011-2016/MDV-GRM la Gerencia de Rentas Municipales propone flexibilizar los plazos y otorgar facilidades a los contribuyentes para el incentivo de pronto pago, lo que incentivará el cumplimiento voluntario de los contribuyentes antes de adoptar las medidas coercitivas necesarias que franquea la Ley; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía

Prorrogan fecha de vencimiento de la primera cuota trimestral del año 2016 del Impuesto Predial Anual, así como del pago de Arbitrios Municipales e Impuesto Predial Trimestral, establecidos en la Ordenanza N° 001-2016/MDV, así como de descuentos por pronto pago
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 3-2016/MDV-ALC Ventanilla, 1 de marzo de 2016 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA VISTO: El Informe Nº 084-2016/MDV-GRM-SGAT, de la Subgerencia de Administración Tributaria de la Gerencia de Rentas Municipales; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­Ley Orgánica de Municipalidades­, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 001-2016/MDV de 8 de enero del 2016, se aprobaron las fechas de vencimiento para el pago de arbitrios e impuesto predial, asimismo, se establecieron las fechas de pago del beneficio de Pronto Pago para el ejercicio 2016; Que, en la Tercera Disposición Transitoria y Final de la referida Ordenanza, se establecen las facultades del