Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2015 (23/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Miércoles 23 de setiembre de 2015

NORMAS LEGALES

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establece que los procedimientos, requisitos y costos administrativos de las entidades públicas deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de cada entidad; Que, el numeral 38.5 del artículo 38º Aprobación y difusión del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Ley Nº 27444, a la letra precisa: "Una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo. En caso contrario, su aprobación se realiza conforme al mecanismo establecido en el numeral 38.1. En ambos casos se publicará la modificación según lo dispuesto por el numeral 38.3." Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 023-2014AL/CPB de fecha 23 de Octubre del 2014, se aprobó la denominación, requisitos, y derechos de tramitación de los procedimientos administrativos que compendiados en anexo adjunto forman parte integrante de la referida Ordenanza Municipal, y en el segundo artículo de la misma norma legal, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­TUPA, con un total de 189 procedimientos que forman parte integrante de la Ordenanza antes señalada. Que, los Gerentes de Rentas, y de Desarrollo Urbano y Territorial incluyendo las Subgerencias de Defensa Civil, Obras Privadas y Catastro y Planeamiento Territorial, a través de los informes internos dirigidos a la Subgerencia de Planeamiento, Organización y Métodos, han solicitando la modificación de algunos procedimientos administrativos del TUPA-2014. Que, la Secretaria General, mediante Memorándum Nº 0387-2015-SG/MPB de fecha 20 de mayo del 2015, remitió el expediente interno con 36 folios a la Subgerencia de Planeamiento, Organización y Métodos, para que efectúe las modificaciones de los Procedimientos Administrativos del TUPA vigente bajo los alcances del TUPA Modelo de lo Procedimientos Administrativos de la Licencia de Funcionamiento e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones para las Municipalidades Provinciales y Distritales, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0882015-PCM publicado en el Diario El Peruano con fecha 2 de Abril del 2015. Que, en el numeral 11 del artículo 49º del ROF vigente, se establece como una de las funciones de la Subgerencia de Planeamiento, Organización y Métodos, lo siguiente: "Elaborar, actualizar y/o revisar los Instrumentos de Gestión, tales como: Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF), Manual de Procedimientos (MAPRO) y Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)". Que, con los informes Nº 050-2015-SGPOM-MPB y Nº 078-2015-SGPOM-MPB, el Subgerente de Planeamiento, Organización y Métodos, sustenta las modificaciones a los Procedimientos Administrativos del TUPA-2014, las cuales son el resultado de un análisis técnico y dentro del marco legal vigente sobre el tema, particularmente incluyendo los alcances de la Resolución Ministerial Nº 088-2015-PCM, a los Procedimientos Administrativos relacionados a Defensa Civil, en reuniones de trabajo con los responsables de las unidades orgánicas involucradas, lo que ha permitido plantear las modificaciones que se plasman en los anexos Nº 01, 02 y 03 que forman parte del presente Decreto de Alcaldía, por lo que el Gerente de Planeamiento y Presupuesto mediante Dictamen Nº 0147-2015-GPP-MPB da la conformidad correspondiente, siendo corroborado mediante Informe Legal Nº 0660-2015-OAJ/MPB de la Oficina de Asesoría Jurídica y Memorándum Nº 530-2015-GM-IPBG/MPB de la Gerencia Municipal. Que, estando las consideraciones expuestas y la autonomía, competencia y facultades previstas en el artículo II, del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y el artículo 20º inciso 6) y artículo 42º de la misma ley acotada: DECRETA: Artículo 1º.- MODIFICAR, en parte los Procedimientos Administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA 2014, aprobado con Ordenanza

Municipal Nº 023-2014-AL/CPB, de acuerdo al detalle del anexo Nº 01 que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2º.- DISPONER, el cambio de los Procedimientos Administrativos del TUPA-2014, detallados en el anexo Nº 02 del presente Decreto, de la Subgerencia de Obras Privadas (origen) a la Subgerencia de Catastro y Planeamiento Territorial (destino), en base al artículo 76º del ROF vigente aprobado con Ordenanza Municipal Nº 029-2012-AL/CPB. Artículo 3º.- DISPONER, el uso del nuevo formato de Certificado de Posesión, diseñado en base a la normatividad vigente que como anexo Nº 03 forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 4º.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Territorial, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y las demás unidades orgánicas, el cumplimiento del presente. Artículo 5º.- ENCARGAR, a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y sus Anexos correspondientes en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce. gob.pe Artículo 6º.- DEROGAR, todas las Disposiciones que se opongan a la presente Norma Municipal. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 1290460-2

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA
Ordenanza que prohíbe la instalación de tendidos de cables aéreos de telecomunicaciones, eléctricos y afines, así como el retiro y reubicación de postes de telecomunicaciones, eléctricos y afines, en el Distrito de Huacho
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2015/MPH Huacho, 20 de agosto del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA POR CUANTO: Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Proyecto de la Ordenanza que Prohíbe la Instalación de Tendidos de Cables Aéreos de Telecomunicaciones, Eléctricos y afines, así como el Retiro y Reubicación de Postes de Telecomunicaciones, Eléctricos y afines, en el Distrito de Huacho; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 195º de la Constitución Política de Perú establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economía local, y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; indicando, en su inciso 195.8) que son competentes para desarrollar y regular actividades y/o servicios en materia de educación, salud, vivienda, saneamiento, medio ambiente, sustentabilidad de los recursos naturales, transporte colectivo, circulación y tránsito, turismo, conservación de monumentos arqueológicos e históricos, cultura, recreación y deporte, conforme a ley. Que, el Artículo 78º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 estipula que las