Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2015 (18/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

Viernes 18 de diciembre de 2015 /

El Peruano

zonificación por encontrarse en Derecho de Vía, según Plano de Zonificación vigente, Que, mediante Anexo Nº 5017-15 de fecha 10/11/15 la empresa presenta el Sustento Técnico en la cual la profesional responsable señala que la empresa siguió ante esta corporación municipal un proceso de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del mencionado terreno mediante Expediente Nº 20079-04, donde se adjunta el Certificado de Zonificación y Vías Nº 117-2014-MMLDMDU-OPDM de fecha 04/06/04 señalando que al terreno le corresponde la zonificación C3 ­ Comercio Sectorial (actualmente denominada CZ ­ Comercio Zonal) así también se indica que el terreno está afectado por la Vía Arterial - Carretera Central con una sección vial de 45.00 ml. y la Vía Colectora ­ Av. Los Ingenieros con una sección vial de 30.00 ml conforme a la Ordenanza Nº 341-MML (ordenanza vigente hasta la fecha). Así también indica que en el Certificado de Zonificación y Vías Nº 2634-2015-MML-GDU-SPHU indica que parte del terreno no cuenta con zonificación por encontrarse en derecho de vía (Av. Ingenieros), respecto a dicha observación, señala que todo predio rústico se encuentra sujeto al sistema vial metropolitano aprobado con Ordenanza Nº 341-MML y que la afectación de los derechos de vías se evaluarán y definirán en el respectivo proceso de habilitación urbana, según el artículo cuarto de la precitada ordenanza metropolitana. Se tiene antecedente de Habilitación Urbana aprobada del predio colindante de propiedad de la empresa Inversiones y Participación Beta S. A. C. mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 1164 de fecha 19 de noviembre del 2012, aprobándose el Plano de Lotización Nº 048-2012-SGHUE-GDU/MDA, en la cual a la Av. Ingenieros se aprueba con una sección vial de 30.00 ml. y un acceso diagonal hacia la Calle 9 de setiembre afectando al terreno materia del presente trámite y por el cual el propietario se está adecuando al derecho de vía aprobado. Por tanto, el área sin zonificación por ser derecho de vía indicada en el mencionado certificado de zonificación y vías se propone en el Plano de Lotización como Área restante que deberá reasignarse la zonificación CZ ­ Comercio Zonal, así también se indica el derecho de vía a ceder para la Av. Ingenieros, teniendo en cuenta que mediante Certificado de Zonificación y Vías Nº 117-2014-MML-DMDU-OPDM, la Municipalidad Metropolitana de Lima había asignado a esa porción de terreno la zonificación comercial, Que, en relación a los Planes de Desarrollo Urbano, la zonificación es Comercio Zonal "CZ", conforme Certificado de Zonificación y Vías expedido por la Municipalidad Metropolitana de Lima Nº 2634-2015-MMLGDU-SPHU de fecha 24/09/2015 correspondiente al terreno matriz, el área útil resultante luego de la afectación vial queda en 3,400.66 m2, planteándose como lote único, siendo que el mencionado lote cumple con el área y frente mínimo para la zonificación comercial quedando un área de 695.56 m2 pendiente de aprobación, debiendo previamente la Municipalidad Metropolitana de Lima como entidad competente en los Planes Urbanos reasignarle a dicho terreno la zonificación correspondiente. En cuanto al Sistema Vial, el terreno se encuentra afectado por dos vías metropolitanas denominada Carretera Central (vía arterial) con 45.00 ml y la Av. Ingenieros (vía colectora) con 30.00 ml., así también afectado por vías locales, en la parte posterior, así tenemos el Jr. 9 de setiembre y el Jr. Buenos Amigos. En el caso de las vías metropolitanas el presente proyecto respeta los módulos viales conforme a la Ordenanza Nº 341-MML; respecto a las vías locales, para el Jr. 9 de setiembre se propone una sección vial de 11.20 ml. que desde el eje al predio del frente se tiene una distancia de 5.70 ml. conforme a la Resolución Nº 02-14-MML-GDU y desde el eje al predio en estudio se tiene 5.50 ml. debido a que en este lado de la vía se tiene construcciones de 2 pisos (según Plano Catastral y la Inspección Ocular realizada) no siendo posible dar mayor retiro para ensanche de la vía, continuando con dicha modulación vial para el Jr. Buenos Amigos se replantea el diseño de la vía, comprendiendo solo una vereda con mayor ancho (2.20 ml.) y con una sección variable (11.20 ­ 21.20 ml., siendo la pista de ancho variable); y en cuanto a los aportes reglamentarios, se van a redimir en dinero de acuerdo al artículo 10º de la Ordenanza Nº 836-MML; por lo cual el presente Proyecto Cumple con los Planes Urbanos, Que, mediante Expediente Nº 20079-04 el propietario había realizado una Regularización de Habilitación

Urbana Ejecutada para el mencionado terreno, en dicho expediente se acredita la cancelación del déficit de los aportes reglamentarios de Otros Fines y Parques Zonales, mediante los siguientes documentos: mediante Valorización Nº 020-2004-SGPUC-GDU/MDA de fecha 13/07/04 emitido por esta corporación municipal donde se valoriza por déficit de aporte de Otros Fines y por modificación de proyecto y control de obra, siendo el monto a cancelar de S/. 6,223.61 y mediante Recibo Nº 0001526333 de fecha 22/02/05 se acredita la cancelación de dicha Valorización; mediante Resolución de Gerencia General Nº 103-2005 de fecha 02 de febrero del 2005 emitido por SERPAR Lima, la cual resuelve aprobar la valorización de un área de 256.89 m2 correspondiente al déficit de Parques Zonales por proceso de Habilitación Urbana, siendo el monto a cancelar de S/. 92,685.91 y mediante Recibos de Ingresos Nº 0059040 de fecha 13/05/08, Nº 0059516 del 12/06/08, Nº 0059996 del 11/07/08; Nº 0060445 del 11/08/08 y Nº 0060678 del 25/08/08 cancelados en la Tesorería de SERPAR se acredita la cancelación de dicha valorización, Que, mediante Liquidación Nº 202-2015-MDA/GDUSGHUE de fecha 11/11/15 correspondiente a la Licencia de Habilitación Urbana y por multa administrativa siendo el monto a cancelar de S/. 4,543.50 nuevos soles y mediante Recibo Nº 0015438213 de fecha 20/11/15 (fs. 78) pagado en la tesorería de esta Corporación Municipal, acreditan la cancelación de la mencionada liquidación, Que, mediante Informe Técnico Nº 187-2015-MDA/ GDU-SGHUE-DEHE de fecha 25 de noviembre del 2015 emitido por el Área Técnica pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, informa que el presente trámite de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada es procedente; y que la empresa ha cumplido con presentar la documentación y cancelar los pagos estipulados por el TUPA vigente, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, así como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, Ordenanza Nº 836-MML, por el Reglamento Nacional de Edificaciones, Ordenanza Nº 273-MDA y Ordenanza Nº 340-MDA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano signado con el Nº 075-2015-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolución, suscrita por la profesional responsable, Arq. Karen R. Meléndez Bernardo con registro C. A. P. Nº 14994, el Proyecto de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada del terreno con un área de 5,288.67 m2 para el uso Comercio Zonal "CZ", constituido por la acumulación del lote 02 de la Zona Alta del sector "B" del Fundo Inquisidor con el lote 3 denominado San Juan que formaba parte del Fundo Ipresa, ubicado en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la empresa ESTACION CORMAR S. A. debidamente representado por Doña MARÍA ISABEL VARGAS CABIESES DE CÓRDOVA, para ejecutar en el plazo de 36 meses contados a partir del inicio del trámite, es decir hasta el 16 de setiembre del 2018 y bajo responsabilidad de la culminación de las obras faltantes de Habilitación Urbana en el terreno de 5,288.67 m2 teniendo en cuenta las características y especificaciones técnicas de acuerdo a la siguiente descripción: CUADRO DE ÁREAS ÁREA BRUTA ÁREA VÍA METROPOLITANA ÁREA DE VÍAS ÁREA ÚTIL "CZ" ÁREA PENDIENTE DE REASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN 5,288.67 m2 425.28 m2 767.17 m2 3,400.66 m2 695.56 m2

CUADRO DE APORTES REGLAMENTARIOS El área afecta a aportes es igual al Área Bruta menos el Área de Obra de Carácter Metropolitano (5,288.67