Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2015 (18/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES
DEBE DECIR:

Viernes 18 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Regional el expediente conteniendo los informes tanto legales como técnicos, que sustenta la propuesta de modificación del Cuadro para Asignación de Personal CAP- del Gobierno Regional de Lambayeque, referido a la Unidade Ejecutora 400 ­ Salud Lambayeque, para su aprobación. Que, con Oficio Nº 1643-2013-GR.LAMB/GERESAL-OFPE de fecha 05 de junio del 2013, el Gerente Regional de Salud solicita al Jefe de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lambayeque la reconversión de Plazas vacantes de la Unidad Ejecutora 400 Sede Regional en la Gerencia Regional de Salud Lambayeque. Que, con Oficio Nº 2006-2015-GR.LAMB/GERESALOEAD-OGDPH de fecha 11 de agosto del año 2015, la Gerencia Regional de Salud reitera la disminución del nivel remunerativo al Jefe de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Lambayeque y su aprobación de los actos resolutivos, así como su incorporación al Módulo de Gestión de Plazas ­ SIGA Regional ascennso del Médico Segundo Emilio Falen Morales (Resolución Jefatural Nº 1617-2013-GR.LAMB/ GERESA), en el C.S. Paul Harris; y, el Médico Veterinario José Alendro Guzmán Carranza (Resolución Jefatural 1634-2013-GR.LAMB/GERESA) en la Sede de la Gerencia Regional de Salud Lambayeque. Que, Con Oficio Nº 1818-2015-GR.LAMB/ORPP de fecha 03 de setiembre del 2015, el jefe de la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, comunica al Jefe de la Oficina Regional de Administración que la Gerencia de Salud está solicitando la emisión de la Ordenanza regional que modifique el CAP Provisional y posteriormente la Resolución Ejecutiva Regional que modifica el PAP para regularizar dos actos administrativos: a) Nombramiento del Médico Cirujano Segundo Emilio Falen Morales en el Cenetro de Salud Paúl Harris, nivel remunerativo N-1; y, b) Reasignación desde la Gerencia Regional de Salud Piura del TAP José Alejandro Guzman Carranza en el cargo de Médico Veterinario I en la Gerencia Regional de Salud Lambayeque con el Nivel Remunerativo IV. Que el Jefe de la Oficina Regional de Planeamineto, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en su Informe Nº 279-2015-GR.LAMB/ORPP de fecha 04 de noviembre del 2015 precisa que ha evaluado la propuesta siendo pertinente modificar ambos cargos/plazas, y que que al respecto existe opinión favorable de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica donde se precisa que se modifique el Cuadro para la Asignación de Personal de la Unidad Ejecutora 400 ­ Salud Lambayeque. Que el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lambayeque en su Informe Legal Nº 702-2015-GR.LAMB/ORJ de fecha 28 de octubre del año 2015 manifiesta que es procedente la modificación del Cuadro para la Asignación de Personal ­ CAP de la Unidad Ejecutora 400 ­ Salud Lambayeque, la misma que deberá realizarse a través de una Ordenanza Regional aprobada por el Consejo Regional. Que, en ese sentido, el Inc. a., del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque ha emitido la siguiente Ordenanza Regional; ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR las modificaciones del Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP de la Unidad Ejecutora 400 ­ Salud Lambayeque, de acuerdo al detalle siguiente: DICE:
Nº Ord. Cargo Clasificado 487 042 Médico IV Nivel Rem. N-4 Ubicación C.S. Paúl Harris Dir. Ejecutiva de Salud Ambiental

Nº Ord. Cargo Clasificado 487 042 Médico I

Nivel Rem. N-1

Ubicación C.S. Paúl Harris Dir. Ejecutiva de Salud Ambiental

Médico Veterinario I N-IV

Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano, así como en el diario encargado de la publicación de los avisos judiciales de la Región Lambayeque, difundiéndose además a través del portal electrónico institucional del Gobierno regional de Lambayeque, www. regionlambayeque.gob.pe. Comuníquese al Gobernador del Gobierno Regional Lambayeque para su promulgación. Dado en Chiclayo, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince. RAÚL VALENCIA MEDINA Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Lambayeque, a los cuatro días del mes de diciembre del año dos mil quince. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Gobernador Regional 1324205-1

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA
Concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en el periodo de enero a noviembre de 2015
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 105-2015-GRL-GRDE-DREM Huacho, 1 de diciembre de 2015. VISTO: La relación de Títulos de Concesión Minera, otorgados por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Lima, durante el periodo comprendido entre el 01 de Enero de 2015 al 31 de noviembre de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27857 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específicas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas asumir las funciones en materia de minas, entre las cuales se establece la función de otorgar Concesiones para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance regional, conforme lo señala el inciso f) del artículo 59 de la ley referida; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 503-2007-PRES se aprobó el Manual de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Lima, en la cual se establece que el Director Regional de Energía y Minas tiene dentro de sus funciones específicas "otorgar petitorios y concesiones mineras para Pequeña Minería y Minería Artesanal de alcance Regional"; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 046-2008MEM/DM, de fecha 02 de febrero de 2008 se declara que el Gobierno Regional de Lima ha concluido con el proceso de transferencias de funciones sectoriales en materia de energía y minas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 139-2008MEM/DM, de fecha 27 de marzo del 2008 se aprueba la relación de procedimientos a cargo de las Direcciones Regionales de Energía y Minas;

Médico Veterinario II N-V