Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2015 (18/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Viernes 18 de diciembre de 2015

PROYECTOS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº Lima, CONSIDERANDO:

568865

Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del Proyecto de Resolución Ministerial que amplía los alcances de la migración dispuesta mediante la Resolución Ministerial N° 337-2014-MTC/03, incluyendo a los titulares de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión por televisión con asignación de espectro radioeléctrico en el canal 692-698 MHz, el cual ha sido elaborado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en el Diario Oficial El Peruano y en la página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, dentro del plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internaciones de Comunicaciones, la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios que se presenten al citado proyecto normativo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

PROYECTO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES PROYECTO DE RESOLUCIÓN MINISTERIAL QUE AMPLÍA LOS ALCANCES DE LA MIGRACIÓN DISPUESTA MEDIANTE LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 337-2014-MTC/03, INCLUYENDO A LOS TITULARES DE AUTORIZACIONES PARA PRESTAR EL SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN CON ASIGNACIÓN DE ESPECTRO RADIOELÉCTRICO EN EL CANAL 692-698 MHZ El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, pone a consideración del público interesado el contenido del Proyecto de Resolución Ministerial que amplía los alcances de la migración dispuesta mediante la Resolución Ministerial N° 337-2014-MTC/03, incluyendo a los titulares de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión por televisión con asignación de espectro radioeléctrico en el canal 692-698 MHz; a fin que remitan sus opiniones y sugerencias a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, con atención al señor Paul Rojas Jaén por escrito a Jr. Zorritos N° 1203-Cercado de Lima, vía fax al (01) 6157814 o vía correo electrónico a proyectonormas@ mintc.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días calendarios, de acuerdo al formato siguiente:

Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece en su artículo 57, que el espectro radioeléctrico es un recurso natural de dimensiones limitadas que forma parte del patrimonio de la Nación; cuya utilización y otorgamiento de uso a particulares se debe efectuar en las condiciones señaladas por la mencionada Ley y su Reglamento; Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC, dispone en su artículo 199, que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y, en general, cuanto concierna al espectro radioeléctrico; Que, el artículo 123 del citado Reglamento General, establece que el otorgamiento de la concesión y las asignaciones de espectro que correspondan, se efectuarán por concurso público de ofertas, cuando así se señale en el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias. Asimismo, en su artículo 159 se dispone que mediante resolución del titular del Ministerio se podrá, para casos específicos, encargar a otra entidad la conducción del concurso público de ofertas y el otorgamiento de la buena pro; Que, mediante Resolución Ministerial N° 337-2014MTC/03 se dispuso la realización de Concurso Público para otorgar concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones y asignar los bloques de la banda 698 - 806 MHz, estableciéndose en su artículo 2, las condiciones para la migración de los titulares de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en la banda 698 - 746 MHz a las bandas 470 - 608 MHz y 614 - 698 MHz; Que, con informe Nº 538-2015-MTC/26, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones emite opinión favorable sobre la ampliación de los alcances de la migración establecida y regulada en la Resolución Ministerial N° 3372014-MTC/03, a los titulares de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión por televisión con asignación de espectro radioeléctrico en el canal 692698 MHz; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, y el Texto Único Ordenado de su Reglamento General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 020-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Condiciones adicionales para la migración establecida en la Resolución Ministerial N° 337-2014-MTC/03 Amplíese los alcances de la migración dispuesta mediante la Resolución Ministerial N° 337-2014MTC/03, incluyéndose a los titulares de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión por televisión con asignación de espectro radioeléctrico en el canal 692-698 MHz. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Formato para la presentación de comentarios al presente proyecto de norma. Proyecto Normativo Artículo Único Comentarios Generales (*) Adjunte los documentos sustentatorios de sus comentarios de ser pertinente. Comentarios (*)

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