Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2015 (18/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Viernes 18 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, los literales a) y e) del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales disponen que es atribución del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, y de aprobar su Reglamento Interno; asimismo, el artículo 11º concordante con el artículo 13º, establece que, el Consejo Regional integra la estructura básica de los Gobiernos Regionales, constituyendo órgano normativo y fiscalizador, correspondiéndole las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, fue aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 002-2008-REGION ANCASH-CR, el 18 de Marzo del 2008; Que, mediante Acuerdo Regional Nº 006-2015GRA/CR, de fecha 28 de enero del 2015, se conforma la "Comisión Especial de Modificación del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash", aprobado con Ordenanza Regional 002-2008-REGION ANCASH-CR; Que, mediante el DICTAMEN Nº 001 -2015-GRA/ MRIC, de fecha 27 de Marzo del 2015, emitido por la "Comisión Especial de Modificación del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash", sugiere y recomienda que el Pleno del Consejo Regional de Ancash, APRUEBE la propuesta del Proyecto de ORDENANZA REGIONAL QUE DEROGA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2008-REGION ANCASH-CR Y APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DE ANCASH"; Que, mediante el Informe Legal Nº 001-2015-GRA/ SCR/ALE-DGR, de fecha 01 de abril del 2015, se recomienda al Pleno del Consejo Regional de Ancash la Aprobación del Proyecto del Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash; Que, resulta imperioso que el Consejo Regional ostente para el correcto ordenamiento, trabajo y cumplimiento de sus funciones, contar con un marco normativo reglamentario actualizado y de acorde con las modificaciones legales vigentes que, regule su organización, ejercicio de sus funciones, atribuciones, prerrogativas, responsabilidades, incompatibilidades, deberes, derechos, sanciones y comisiones, uniformizando su régimen interno y fortaleciendo su dinámica consensual; Que, mediante el Dictamen Nº 001-2013-GRA/CERIC-CR, de fecha 23 de Octubre del 2013, emitido por la Comisión Especial conformada para la modificación del Nuevo Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, por UNANIMIDAD aprueba la propuesta de Ordenanza Regional que dispone "El Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash"; Que, en la Décima Tercera Sesión Extraordinaria, realizada en la ciudad de Huaraz, el día viernes 24 de abril del 2015, se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional el Oficio Nº 002-2015-GRA-CR/CRMRIC/CLBV, de la "Comisión Especial de Modificación del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash", mediante el cual se adjunta el DICTAMEN Nº 001 -2015-GRA/ MRIC, el Proyecto de Ordenanza y el Proyecto del Reglamento Interno del Concejo Regional, para su tratamiento de acuerdo a Ley; Que, estando a lo expuesto precedentemente y en uso de sus facultades conferidas en los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modificatorias y su Reglamento Interno, el Pleno del Concejo Regional con el voto UNÁNIME de sus miembros y con dispensa de lectura y aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE DEROGA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2008-REGION ANCASH-CR, Y APRUEBA EL NUEVO REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DE ANCASH Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional ANCASH, que, consta de 138 Artículos; IX Títulos; 02 Disposiciones Transitorias, 03 Disposiciones Finales y 03 Disposiciones

Complementarias, los cuales forman parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DERÓGUESE la Ordenanza Regional Nº 002-2008 -REGION ANCASH-CR, "Ordenanza que Aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash" y toda norma que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza deberá de publicarse en el diario Oficial El Peruano, en un diario de circulación Regional y en el Portal Web del Gobierno Regional de Ancash, PRECISÁNDOSE que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Comuníquese, al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ancash para su promulgación. ANGEL JANWILLEN DURÁN LEÓN Consejero Delegado Consejo Regional Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Ancash, a los 24 días del mes de abril del año dos mil quince. ENRIQUE M. VARGAS BARRENECHEA Gobernador Regional (e) 1324048-1

GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO
Aprueban modificación de la Ordenanza Regional N° 015-2015-CR-GRH
ORDENANZA REGIONAL Nº 028-2015-CR-GRH APROBAR LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2015-CR-GRH Huánuco, 18 de noviembre de 2015 GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional Huánuco, de fecha siete de octubre del año dos mil quince, el Dictamen Nº 01-2015-CRRNN-GMA-DC/CPPAT/AL, presentado por la Comisión Permanente de Recursos Naturales, Gestión del Medio Ambiente y Defensa Civil y la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la propuesta de Modificación de la Ordenanza Regional Nº 015-2015-CR-GRH e Incluir otros artículos; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191º de la Constitución Política modificado por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31º de la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada mediante Ley Nº 27902; Que, el Artículo 192º de la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales