Norma Legal Oficial del día 18 de diciembre del año 2015 (18/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Viernes 18 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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consulta se ubica en ámbito donde a la fecha no se puede verificar la existencia o no de predios inscritos; Que, el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado mediante Resolución Nº 097-2013-SUNARP-SN en su artículo 16º señala que no impide la inmatriculación el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no; Que, realizada la inspección técnica con fecha 13 de agosto de 2015 (fojas 06) se observó que el predio es de naturaleza eriaza, de forma irregular con una topografía accidentada y pendientes moderadas, con tipo de suelo limoso con afloración rocosa. Asimismo se observó que el predio se encuentra ocupado parcialmente por terceros existiendo algunas viviendas de material noble y módulos prefabricados; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 117 030,73 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 1001-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 25 de agosto de 2015 (fojas 14 al 16); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 117 030,73 m², ubicado a la altura del Km. 39.5 de la carretera Panamericana Norte, entre la A.F Carlos Manuel Cox y los sectores Nuevo Amanecer y Villa Hermosa del P.I.M Hermoso Amanecer, distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima;según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1323954-14 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 722-2015/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 26 de agosto del 2015 Visto el Expediente Nº 862-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 371 988,00 m², ubicado a 2 Km. al Suroeste de la Av. Santa Rosa intersección con el Km. 43 de la carretera Panamericana Norte y al Noreste del AA.HH. Brisas de Los Angeles, distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima;

Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 371 988,00 m², ubicado a 2 Km. al Suroeste de la Av. Santa Rosa intersección con el Km. 43 de la carretera Panamericana Norte y al Noreste del AA.HH. Brisas de Los Angeles, distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, quese encontraría sin inscripción registral; Que, mediante Oficio Nº 2288-2015-SUNARP-Z.R. Nº IX/GPI de fecha 15 de julio 2015, la Zona Registral Nº IX-Sede Lima, remite el Informe Técnico Nº 143122015-Z.R. Nº IX-OCde fecha 08 de julio de 2015 (fojas 04 al 05) donde señala que respecto al área en consulta no se cuenta con información gráfica de planos con antecedentes registrales; Que, realizada la inspección técnica con fecha 13 de agosto de 2015 (fojas 06) se observó que el predio es de naturaleza eriaza, de forma irregular con una topografía accidentada y pendientes moderadas, con tipo de suelo arenoso-arcilloso, encontrándose desocupado y libre de edificaciones; Que, el Artículo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 371 988,00 m², de conformidad con el Artículo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44º del "Reglamento de Organización y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0996-2015/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 24 de agosto de 2015 (fojas 13 al 15); SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 371 988,00 m², ubicado a 2 Km. al Suroeste de la Av. Santa Rosa intersección con el Km. 43 de la carretera Panamericana Norte y al Noreste del AA.HH. Brisas de Los Angeles, distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima;según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el Artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1323954-15