Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2006 (29/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 121

El Peruano sabado 29 de MORDAZA de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES
ORDENANZA

325537

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el articulo 197º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por "Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion", Ley Nº 27680, senala que las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local; Que, el numeral 17.1 del articulo 17º de la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783, senala que los Gobiernos Regionales y Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuesto en la Gestion Publica. Para este efecto, deberan garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la informacion publica, con las excepciones que senala la ley, asi como la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuentas; Que, asimismo, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, senala que los Gobiernos Locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion. Asi tambien el articulo IX establece que el MORDAZA de Planeacion Local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos; Que, el articulo 53º de la ley precedente senala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia a los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdiccion; Que, el articulo 3º de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, senala que esta tiene por finalidad recoger las aspiraciones y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto y promover su ejecucion, a traves de programas y proyectos, de modo que les permita alcanzar los objetivos estrategicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Asimismo, optimizar el uso de los recursos, a traves de un adecuado control social en las acciones publicas; Que, el inciso c) del articulo 1º del Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo - Ley Nº 28056, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, senala que el Presupuesto Participativo es un MORDAZA que fortalece las relaciones Estado-sociedad, mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel de Gobierno Regional o Local con la participacion de la sociedad organizada, generando compromisos de todos los agentes participantes para la consecucion de los objetivos estrategicos; Que, los Instructivos para el MORDAZA del Presupuesto Participativo establecen las orientaciones acerca de la debida programacion de las actividades del MORDAZA asi como las acciones en la mejora de las capacidades de gestion y de la efectiva participacion de los agentes participantes en la toma de decisiones en torno al desarrollo de la localidad; Que, el articulo 1º de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, Ley Nº 27293, senala que la presente Ley se crea con la finalidad de optimizar el uso de los recursos publicos destinados a la inversion, mediante el establecimiento de principios, procesos, metodologias y normas tecnicas relacionadas con las diversas fases de los proyectos de inversion; Que, mediante la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, Directiva Nº 4-2002-EF/ 68.01 aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 122002-EF/68.01 senala que los Gobiernos Locales tienen observancia obligatoria de las normas que regulan el Sistema Nacional de Inversion Publica en la ejecucion de Proyectos de Inversion con Recursos Publicos; Que, el Reglamento de Juntas de Delegados Vecinales de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Nº 186 y su modificatoria, aprobada mediante Ordenanza Nº 187, establecen las normas de constitucion, conformacion y funcionamiento de las Juntas de Delegados Vecinales; asi como tambien establecen las normas para la eleccion, vacancia, cumplimiento de obligaciones y goce de derechos de los Delegados Vecinales de Miraflores; Que, en uso de las facultades conferidas por los articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta, el Concejo aprobo por unanimidad la siguiente:

REGLAMENTO DEL MORDAZA DE FORMULACION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Titulo I Normas Generales del MORDAZA Participativo Capitulo I Disposiciones Generales Articulo 1º.- Objeto. La presente Ordenanza tiene por objeto reglamentar las diversas acciones y procedimientos a traves de las cuales la ciudadania y la sociedad civil del distrito participan en las actividades del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo. Articulo 2º.- Finalidad. La finalidad de la presente Ordenanza es la de promover la participacion y adecuada inclusion de la ciudadania en la toma de decisiones para alcanzar el desarrollo integral del distrito. Articulo 3º.- Ambito de aplicacion. El presente Reglamento es de aplicacion obligatoria en la jurisdiccion del distrito de Miraflores y comprende a los ciudadanos, sociedad civil organizada del distrito y las unidades organicas competentes del Gobierno Local. Articulo 4º.- Base Legal. - Constitucion Politica del Peru. Articulo 197º. - Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion. - Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralizacion. Articulo 17º. - Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, Articulo IX del Titulo Preliminar, Articulos Nos. 9º y 53º. - Ley Nº 28056 - Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo. Articulos Nos. 3º y 6º. - Decreto Supremo Nº 171-2003-EF - Reglamento de la Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo. - Resolucion Directoral Nº 11-2006-EF/76.01 que aprueba el Instructivo Nº 1-2006-EF/76.01 "Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Ano Fiscal 2007". - Resolucion Directoral Nº 12-2002-EF/68.01 que aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica. - Reglamento de Juntas de Delegados Vecinales de Miraflores, aprobado mediante Ordenanza Nº 186-MM y su modificatoria aprobada mediante Ordenanza Nº 187-MM. Capitulo II Definiciones Basicas Para efectos de la correcta comprension de la presente MORDAZA se entiende por: a. Presupuesto Participativo. Es el MORDAZA de participacion ciudadana que fortalece las relaciones Estado y sociedad y que conduce al desarrollo y formulacion de instrumentos de gestion para el desarrollo local que incluyen la participacion de la comunidad organizada en el MORDAZA de toma de decisiones, en la orientacion y destino de los recursos municipales de acuerdo a los lineamientos que se exponen en el Plan de Desarrollo Local Concertado del distrito. b. Agentes Participantes. Son ciudadanos que participan, con voz y MORDAZA en la discusion y toma de decisiones en el MORDAZA del Presupuesto Participativo. Los Agentes Participantes estan conformados por: 1. MORDAZA de Miraflores. 2. Regidores de la Municipalidad de Miraflores. 3. Representantes de las organizaciones de la sociedad civil debidamente acreditadas en el MORDAZA Participativo y ante la Municipalidad de Miraflores. 4. Representantes de instituciones publicas y privadas con sede en la jurisdiccion de Miraflores.