Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2006 (29/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 113

El Peruano sabado 29 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

325529

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha inasistido injustificadamente a las sesiones de Concejo Nos. 41, 42, 43, 44, 45 y 46 de fechas 19 de septiembre, 3, 18 y 31 de octubre, asi como del 16 y 30 de noviembre de 2004, respectivamente; y la ex regidora MORDAZA Lincol MORDAZA MORDAZA de Soberanis, inasistio injustificadamente a las sesiones Nº 43, 44, 45, 46 de fechas 18 y 31 de octubre, 16 y 30 de noviembre de 2004, respectivamente; conforme se observa en las copias certificadas de las actas que corren de fojas 6 a 30; Que por lo expuesto, se acredita que la vacancia por inconcurrencia injustificada del cargo de los ex regidores de la Municipalidad Distrital de Acas, Provincia de Ocros, departamento de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Lincol MORDAZA MORDAZA de Soberanis, estan acreditadas, debiendo confirmarse el Acuerdo de Concejo del Distrito de Acas, adoptado en la sesion extraordinaria Nº 47 de fecha 15 de diciembre de 2004; Por tales consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, en ejercicio a las atribuciones que le confiere el inciso a) del articulo 5º de su Ley Organica; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado en parte el recurso extraordinario por afectacion al debido MORDAZA y a la tutela procesal efectiva, interpuesto por los ex regidores de la Municipalidad Distrital de Acas, Provincia de Ocros, departamento de MORDAZA, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Lincol MORDAZA MORDAZA de Soberanis; en consecuencia, declarar nula la Resolucion Nº 3272005-JNE de fecha 7 de noviembre de 2005, en el extremo que declaro infundados los recursos de apelacion, por razon de extemporaneidad y subsistente la acotada Resolucion en lo demas que contiene. Articulo Segundo.- Resolviendo el fondo del MORDAZA, declarar infundados los recursos de apelacion interpuestos por los ex regidores de la Municipalidad Distrital de Acas, Provincia de Ocros, departamento de MORDAZA don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Lincol MORDAZA MORDAZA de Soberanis; en consecuencia, confirmar el Acuerdo del Concejo Distrital de Acas, adoptado en la sesion extraordinaria de fecha 15 de diciembre de 2004 que, declaro la vacancia del cargo de regidores de dicha comuna de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Lincol MORDAZA MORDAZA, por la causal prevista en el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) 00508-2

Nº 158-2005-GPH de fecha 17 de noviembre de 2005, que rechaza el pedido de vacancia del cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el ciudadano don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al MORDAZA del articulo 11º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, solicita la vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de don MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA MORDAZA, expresando que mediante acta de compromiso de fecha 16 de diciembre de 2004, ambos regidores conjuntamente con el Ejecutor Coactivo del Concejo Provincial de MORDAZA, y los dirigentes de la Federacion de Transportistas del Callejon de Huaylas, acordaron la ampliacion del plazo de un beneficio tributario ya vencido; que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 158-2005-GPH de fecha 17 de noviembre de 2005, se resuelve rechazar tal solicitud por mayoria; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 11º de la Ley Nº 27972 establece que los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, MORDAZA de MORDAZA o de confianza, en la municipalidad; Que, del tenor del acta de fecha 16 de diciembre de 2004 obrante a fojas 12, suscrito de un lado por los regidores don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - como encargado del Despacho de Alcaldia del 13 al 17 de diciembre de 2004, conforme al Acuerdo de Concejo Nº 137-2004-GPH de fecha 10 de diciembre de 2004, corriente a fojas 332 - y don MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como el Ejecutor Coactivo del Concejo Provincial de MORDAZA, don MORDAZA Cribillero MORDAZA, y, de otro lado por cuatro dirigentes de la Federacion de Transportistas del Callejon de Huaylas, se advierte que dichos Regidores se comprometieron a aceptar la ampliacion del plazo del beneficio tributario que habia vencido el 15 de diciembre de 2004, a fin de que se prorrogue hasta el 31 del mismo mes, asi como tambien a aceptar la suspension de operativos de captura de vehiculos, senalando ademas que tal acto se efectuaba con cargo a darse cuenta en sesion de Concejo; consecuentemente, se concluye que de tal compromiso, no se puede atribuir a dichos regidores haber ejercido funciones ejecutivas o administrativas en la municipalidad; Que, ratifica esta conclusion el hecho que mediante Oficio Nº 30-04-GPHz/CTyS, de fojas 322, dirigido por nueve Regidores al MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA, se solicito la ampliacion del plazo del aludido beneficio tributario, a fin de que se prorrogue hasta el 31 del mismo mes, atendiendo a la peticion que formularan los transportistas organizados en empresas, asi como la Federacion de Transportistas del Callejon de Huaylas, comunicacion que motivo la dacion de la Ordenanza Municipal Nº 001-2005-GPH de fecha 5 de enero de 2005, que resolvio el aludido tema del beneficio tributario, como se puede ver a fojas 324-325; Que, de otro lado, del Oficio Nº 1763-2004-GPH de fecha 17 de diciembre de 2004, de fojas 13, se aprecia que a traves de tal comunicacion dirigida a don MORDAZA Cribillero MORDAZA, el regidor don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en calidad de encargado del Despacho de Alcaldia conforme al Acuerdo de Concejo Nº 137-2004-GPH MORDAZA mencionado, se limita a remitir el acta de compromiso de fecha 16 de diciembre de 2004; por consiguiente por este acto, tampoco se puede atribuir a dicho regidor haber ejercido funciones ejecutivas o administrativas en la municipalidad; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:

Confirman el Acuerdo de Concejo Nº 1692005-GPH, que declara improcedente impugnacion de Acuerdo que rechaza pedido de vacancia del cargo de Regidores del Concejo Provincial de MORDAZA
RESOLUCION Nº 125-2006-JNE Exp. Nº 259-2005 MORDAZA, 21 de febrero de 2006 VISTO en audiencia publica de fecha 21 de febrero de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el Acuerdo de Concejo Nº 169-2005-GPH de fecha 9 de diciembre de 2005, que declaro improcedente el recurso de reconsideracion formulado contra el Acuerdo de Concejo

Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en consecuencia CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Nº 169-2005-GPH de fecha 9 de diciembre de 2005 que declaro improcedente el recurso de reconsideracion formulado contra el Acuerdo de Concejo Nº 158-2005-GPH de fecha 17 de noviembre de 2005 que rechaza el pedido de vacancia del cargo de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y don MORDAZA