Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2006 (27/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 27 de MORDAZA de 2006

con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, el Informe Tecnico Nº 079-2006-IN/0506.USA del 13 de MORDAZA del 2006, emitido por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Oficina General de Administracion del MININTER, senala que actualmente la Entidad cuenta con un contrato complementario por el servicio de telefonia movil, el cual solo cubriria los servicios hasta el mes de MORDAZA del presente ano y que el MORDAZA de seleccion programado en el PAAC AF-2006 para la contratacion del "Servicio de Telefonia Movil para las Dependencias No Policiales del MININTER" se encuentra en tramite, por lo que su ejecucion se realizaria en un plazo estimado minimo de 60 dias, en vista que la Unidad de Compras Corporativas Obligatorias de la PCM habia comunicado la exclusion del Ministerio del Interior del MORDAZA de compras corporativas, por encontrarse dicho servicio en red con la PNP; Que, el Informe Legal Nº 4237-2006-IN-0201 del 17 de MORDAZA del 2006 emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica, establece que es procedente que se declare en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del "Servicio de Telefonia Movil para las Dependencias No Policiales del MININTER", por haberse configurado la causal prevista en el literal c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, hasta por el plazo de sesenta (60) dias calendario o hasta que se efectue la contratacion del servicio a convocarse mediante el MORDAZA de seleccion previsto en el PAAC AF-2006, estimando como monto referencial el importe de S/.39,246.00, el cual ha sido considerado tomando en cuenta el consumo mensual del servicio; Que, el desabastecimiento inminente del "Servicio de Telefonia Movil para las Dependencias No Policiales del MININTER", conforme a lo anteriormente indicado obedece a la exclusion del Ministerio del Interior del MORDAZA de compras corporativas declarado por la Unidad de Compras Corporativas Obligatorias de la PCM, por lo que de conformidad con el tercer parrafo d e l A r t . 1 4 1 º d e l R e g l a m e n t o d e l a L ey d e Contrataciones y Adquisiciones del Estado, no amerita que la Entidad establezca responsabilidades y sanciones, senaladas en el articulo 47º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, debiendo tenerse en cuenta que mediante Resolucion Ministerial Nº 1702-2006-IN-0501 de fecha 12 de MORDAZA ultimo, la Entidad ha procedido a modificar el PAAC AF-2006 a fin que se convoque mediante Concurso Publico la contratacion de dicho servicio, p r e c i s a m e n t e p o r l a ex c l u s i o n d e l a s c o m p ra s corporativas informada por la PCM; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica, de conformidad con el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2005-IN, lo establecido en el Articulo 5° del Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo N° 370-Ley del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2004IN; asi como, a lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobados mediante Decretos Supremos N° 083-2004-PCM y N° 084-2004PCM, respectivamente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del "Servicio de Telefonia Movil para las Dependencias No Policiales del MININTER", por la causal de desabastecimiento inminente, por el valor referencial de S/. 39,246.00 con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, hasta por el plazo de sesenta (60) dias calendario o hasta que se efectue la contratacion del servicio previsto en el PAAC AF-2006. Articulo 2º.- Autorizar al Director General de la Oficina General de Administracion a efectuar las gestiones necesarias para la contratacion del "Servicio de Telefonia Movil para las Dependencias No Policiales del

MININTER", segun el procedimiento establecido en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y el articulo 148º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado (SEACE); asi como, comunicar el contenido de la presente resolucion y los Informes Tecnico y Legal a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 4º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en la pagina Web del Ministerio del Interior, conforme a lo establecido en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA TOMASIO Ministro del Interior 00536-1

JUSTICIA
Modifican nomenclatura y actualizan la relacion de Establecimientos Penitenciarios de la Republica
RESOLUCION SUPREMA Nº 117-2006-JUS MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2006 VISTO; el Oficio Nº 478-2006-INPE/01 de fecha 25 de MORDAZA del 2006 del Presidente del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 379-93-JUS se establecio la denominacion de los Establecimientos Penitenciarios de la Republica; Que, es conveniente adecuar la nomenclatura de los Establecimientos Penitenciarios en funcion a la realidad penitenciaria y a la ubicacion geografica de los establecimientos; Que, asimismo, es necesario actualizar la relacion de los Establecimientos Penitenciarios; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 654. Codigo de Ejecucion Penal, el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25993 y la Resolucion Ministerial Nº 040-2001-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Denominar a los Establecimientos Penitenciarios de la Republica de la siguiente manera: 1. Establecimiento Penitenciario de Tumbes. 2. Establecimiento Penitenciario de Piura. 3. Establecimiento Penitenciario de Ayabaca. 4. Establecimiento Penitenciario de Huancabamba. 5. Establecimiento Penitenciario de Sullana. 6. Establecimiento Penitenciario de - Chiclayo I. 7. Establecimiento Penitenciario de - Chiclayo II. 8. Establecimiento Penitenciario de - Chiclayo III. 9. Establecimiento Penitenciario de MORDAZA I. 10. Establecimiento Penitenciario de MORDAZA II. 11. Establecimiento Penitenciario de MORDAZA de Chuco. 12. Establecimiento Penitenciario de Cajamarca. 13. Establecimiento Penitenciario de Pacasmayo. 14. Establecimiento Penitenciario de Cajabamba. 15. Establecimiento Penitenciario de Celendin. 16. Establecimiento Penitenciario de Chota. 17. Establecimiento Penitenciario de Bambamarca.