Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2006 (27/07/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 160

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NORMAS LEGALES

El Peruano jueves 27 de MORDAZA de 2006

establecido en el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; y es responsable de mantener actualizado el Registro Nacional de Deposito Legal con la finalidad de controlar, mantener y difundir la produccion bibliografica nacional, y velar por el cumplimiento y finalidad de la Ley de Deposito Legal en la Biblioteca Nacional del Peru, conforme a lo establecido en la Ley Nº 26905 modificada por la Ley Nº 28377; Que, constituye un objetivo de la Biblioteca Nacional del Peru fortalecer y asegurar el desarrollo del servicio bibliotecario nacional, con el apoyo de los gobiernos regionales y locales y la institucionalizacion y funcionamiento descentralizado de los Centros Coordinadores y Red de Bibliotecas a nivel regional, departamental y local; asi mismo, promueve y establece mecanismos y acciones estrategicas y operativas de coordinacion e informacion que permitan lograr la concertacion con los gobiernos regionales y locales e instituciones y dependencias del Sector Educacion para ejecutar programas y proyectos orientados al mejoramiento y ampliacion del servicio bibliotecario nacional, y de otro lado, fomenta la participacion y cooperacion de las diversas instituciones y organismos del sector publico y privado y de la sociedad civil en acciones necesarias para asegurar la integracion, organizacion, funcionamiento y desarrollo del servicio bibliotecario nacional en red a nivel regional, departamental y local; de conformidad con lo establecido en el inciso c) del articulo 8º, e incisos f) y g) del articulo 18º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru MORDAZA citado; Que, conforme a lo previsto en el articulo 188º de la Constitucion Politica, la descentralizacion es un MORDAZA permanente que tiene como objetivo el desarrollo integral del MORDAZA, y conforme a lo establecido en los numerales 1.1 y 4 de la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado Ley Nº 27658, se ha declarado al Estado en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad fundamental de obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, lograr una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, del informe visto se aprecia que la Direccion Tecnica del Sistema Nacional de Bibliotecas ha venido siguiendo de cerca el desempeno del personal bibliotecario de la Biblioteca Municipal del Gobierno Local Provincial de MORDAZA, y que ha constatado el interes del propio MORDAZA de ese Gobierno para que dicha biblioteca se convierta en un Centro Coordinador del Sistema Nacional de Bibliotecas, desde el cual se asegure el acceso al conocimiento a traves de las demas bibliotecas de la Region MORDAZA, enmarcando su actuacion dentro de las recomendaciones tecnicas que emite dicha Direccion Tecnica; Que, un Centro Coordinador Regional integrante del Sistema Nacional de Bibliotecas, constituye un organo de enlace y apoyo tecnico entre este Sistema y las Bibliotecas y Unidades de Informacion de una determinada region, con la finalidad de promover la descentralizacion de la gestion del Sistema Nacional de Bibliotecas para asegurar el desarrollo de los servicios bibliotecarios del pais; por lo que resulta pertinente la emision de la presente resolucion en vista de que la conformacion del Centro Coordinador Regional del Sistema Nacional de Bibliotecas en MORDAZA, coadyuvara significativamente en el cumplimiento de la finalidad, funciones y objetivos citados precedentemente en el ambito de la region MORDAZA, en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion y descentralizacion del Estado; Que, asimismo debe tenerse en cuenta que en el MORDAZA del MORDAZA de modernizacion anotado, mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 143-2005-BNP de fecha 4 de agosto de 2005 se declaro en emergencia por 60 dias a los organos de linea del Sistema Nacional de Bibliotecas para su reorganizacion, prorrogandose dicho plazo mediante Resolucion Directoral Nacional Nº 179-2005-BNP y Resolucion Directoral Nacional Nº 020-2006-BNP hasta el 30 de junio de 2006; y autorizandose al Director Tecnico del Sistema Nacional de Bibliotecas para que dentro del plazo indicado adopte medidas destinadas al logro de la Mision de dicho Sistema y a la obtencion de mayores niveles de eficiencia de la gestion publica del mismo, con el objeto de lograr una mejor atencion a la ciudadania facilitando el

acceso a la informacion a la poblacion peruana, mediante los recursos bibliograficos, hemerograficos y documentales, y priorizando y optimizando los recursos publicos; en el MORDAZA de la Ley de Modernizacion de la Gestion del Estado, Ley Nº 27658; y, En ejercicio de las atribuciones previstas en el inciso f) del articulo 13º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional del Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, y demas normas pertinentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a la Biblioteca Municipal del Gobierno Local Provincial de MORDAZA como Centro Coordinador Regional del Sistema Nacional de Bibliotecas en el ambito de la region Cajamarca. Articulo Segundo.Mediante Convenio Interinstitucional con el Gobierno Local Provincial de MORDAZA, que se adjunta y forma parte de la presente resolucion, se estableceran los compromisos de cada una de las partes y los privilegios del Centro Coordinador. Articulo Tercero.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA Electronico de la Biblioteca Nacional del Peru. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional Biblioteca Nacional del Peru CONVENIO DE COOPERACION INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU Y LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA PARA LA CONFORMACION DEL CENTRO COORDINADOR REGIONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE BIBLIOTECAS EN LA REGION MORDAZA CONVENIO Nº 007-2006-BNP/SNB/CCR Conste por el presente documento, el Convenio de Cooperacion Interinstitucional que celebran de una parte la BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU, con domicilio en la Avenida De la Poesia, 160, San MORDAZA, MORDAZA, con RUC Nº 20131379863, debidamente representada por su Director Nacional senor Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI 07730302 a quien en adelante se le denominara LA BIBLIOTECA; y de la otra parte LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA, con domicilio en Jr. MORDAZA de MORDAZA Nº 613 MORDAZA, debidamente representada por su MORDAZA senor Mg. MORDAZA MORDAZA Pereyra identificado con DNI 26673777, a quien en adelante se le denominara EL GOBIERNO LOCAL; en los terminos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: DE LAS PARTES.LA BIBLIOTECA, es un Organismo Publico Descentralizado del Sector Educacion con personeria juridica de derecho publico interno, con autonomia tecnica, administrativa y economica, y actua en concordancia con la politica educativa y cultural que fija la Alta Direccion del Sector Educacion. Es el organo rector del Sistema Nacional de Bibliotecas y una institucion dedicada a la administracion eficiente y eficaz del patrimonio cultural documental bibliografico del Peru, asi como del capital universal que posee con la finalidad de coadyuvar al desarrollo cultural, cientifico y tecnologico, contribuyendo al desarrollo economico y social, y apoyando la formacion de ciudadanos y ciudadanas, informados y proactivos; ello en concordancia con lo establecido en el articulo 12º del Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, y Decreto Supremo Nº 024-2002-ED que aprueba la Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas. Asimismo, LA BIBLIOTECA es el Organismo Competente del Estado encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural Bibliografico Documental de la Nacion de acuerdo a lo establecido en el articulo VII del Titulo Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion; y es responsable de mantener actualizado el Registro Nacional de Deposito