Norma Legal Oficial del día 05 de septiembre del año 2020 (05/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
Área de Demanda ADINELSA

Sábado 5 de setiembre de 2020 /

El Peruano

Reemplazan valores contenidos en diversos cuadros de la Resolución Nº 078-2020-OS/ CD
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 140-2020-OS/CD Lima, 3 de setiembre de 2020 CONSIDERANDO: Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración interpuestos contra la Resolución Nº 0782020-OS/CD que fijó el Cargo Unitario de Liquidación de los Sistemas Secundarios de Transmisión y/o Sistemas Complementarios de Transmisión, asignados a la demanda, así como modificó los Peajes por Área de Demanda, para el periodo 2020 - 2021, se han expedido las Resoluciones Nº 135-2020-OS/CD y Nº 134-2020-OS/CD que resuelven los recursos de las empresas Consorcio Transmantaro S.A. y Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C., respectivamente, contra la Resolución Nº 078-2020-OS/CD; Que, en la parte resolutiva de las decisiones señaladas en el considerando anterior, se ha dispuesto que las modificaciones en la Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión de los SST y SCT y en el Cargo Unitario de liquidación vigente para el periodo 2020 ­ abril 2021 de la Resolución Nº 078-2020-OS/CD, que motiven los extremos declarados fundados y fundados en parte, deberán aprobarse mediante resolución complementaria; Que, como consecuencia de los recursos de reconsideración presentados y de revisiones posteriores efectuadas por Osinergmin, sobre los temas incluidos en dicha resolución, se ha determinado la necesidad de corregir de oficio aquellos rubros que deben ser subsanados por Osinergmin; Que, se ha emitido el Informe Nº 396-2020-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas, el cual complementa la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin para la emisión de la presente resolución, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-PCM; en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001PCM; en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; en la Ley Nº 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la Generación Eléctrica; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión Nº 31-2020. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reemplazar los valores contenidos en el Cuadro Nº 1, del Artículo 1 de la Resolución Nº 078-2020OS/CD, por los valores siguientes: Cuadro Nº 1.- Peajes Recalculados
Área de Demanda Titular ADINELSA ELECTRONOROESTE ELECTROPERÚ RED DE ENERGÍA DEL PERÚ TOTAL ÁREA Acumulado Acumulado Acumulado en MAT en AT en MT Ctm. S//kWh Ctm. S//kWh Ctm. S//kWh 0,0000 0,0000 0,0000 0,0352 0,0352 0,0407 0,3845 0,0062 0,2768 0,7082 0,0842 0,9911 0,0111 0,2768 1,3632

Titular

Acumulado Acumulado Acumulado en MAT en AT en MT Ctm. S//kWh Ctm. S//kWh Ctm. S//kWh 0,0000 0,0683 0,0955 0,0000 0,0000 0,1638 0,0000 0,0128 0,0139 0,0000 0,0073 0,1158 0,0032 0,1530 1,4141 1,4141 0,0087 0,0000 0,0000 0,0015 0,0062 0,0004 0,0231 0,3924 0,0046 0,4369 0,0000 0,0136 0,3161 0,0000 0,0002 0,0005 0,0039 0,3343 0,4434 0,0160 0,1554 0,6148 0,0000 0,0000 0,0000 0,0405 0,2346 0,0000 0,1653 0,4404 0,0165 0,0128 0,0000 0,0027 0,0823 0,1143 0,0392 0,1461 0,5691 0,1770 0,2020 1,1334 0,0034 0,0245 0,0139 0,0000 0,0305 0,6554 0,2145 0,9422 2,1043 2,1043 0,0491 0,0094 0,0130 0,9447 0,0062 0,0877 0,8463 0,3924 0,0112 2,3600 0,0007 0,0248 1,6813 0,0022 0,0502 0,0068 0,0039 1,7699 1,9418 0,0263 0,1554 2,1235 0,0016 0,0559 0,3889 0,4670 0,3475 0,0041 0,1653 1,4303 0,0284 0,0615 0,0054 0,0176 0,7214 0,8343 0,1062 0,2199 1,2204 0,2709 0,2020 2,0194 0,0067 0,0245 0,0139 0,0047 0,0399 1,2014 0,2167 1,5078 2,7575 2,7575 0,0828 0,0347 0,0135 1,6686 0,0062 0,0941 1,1101 0,3924 0,0112 3,4136 0,0012 0,0259 2,3429 0,0028 0,0502 0,0068 0,0102 2,4400 2,5388 0,0263 0,1554 2,7205 0,0067 0,1150 0,8659 0,4670 0,3475 0,0176 0,1653 1,9850 0,0284 0,0615 0,0067 0,0176 1,4810 1,5952

ELECTRO ORIENTE ELECTRONORTE 2 PEOT RED DE ENERGÍA DEL PERÚ TOTAL ÁREA CHAVIMOCHIC CONELSUR CTAN 3 ELECTRONORTE ETENORTE HIDRANDINA RED DE ENERGÍA DEL PERÚ TOTAL ÁREA 4 ELECTRO ORIENTE TOTAL ÁREA ADINELSA CONELSUR CONENHUA ELECTROCENTRO ELECTROPERÚ 5 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ STATKRAFT (1) TRANSMANTARO UNACEM TOTAL ÁREA ADINELSA CONELSUR ENEL DISTRIBUCION HIDRANDINA 6 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ REP_AdicRAG STATKRAFT TOTAL ÁREA LUZ DEL SUR 7 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ TRANSMANTARO TOTAL ÁREA ADINELSA COELVISAC ELECTRO DUNAS 8 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ REP_AdicRAG SEAL TRANSMANTARO TOTAL ÁREA CONELSUR EGASA ELECTROSUR 9 RED DE ENERGÍA DEL PERÚ SEAL TOTAL ÁREA

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