Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2019 (02/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Miércoles 2 de octubre de 2019 /

El Peruano

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Memorando Nº 079-2019/MDV-GAT de 11 de julio de 2019, remitido por la Gerencia de Administración Tributaria respecto a la modificación de la Ordenanza Municipal Nº 014-2019/MDV, la misma que aprobó el sorteo público denominado "Ventanilla premia tu cumplimiento", y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia, con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; siendo que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: "los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2019/ MDV de fecha 23 de mayo del 2019, se aprobó la realización del Sorteo Público denominado "Ventanilla premia tu cumplimiento" para los contribuyentes del distrito, que cumplan con los requisitos establecidos en la norma y en las bases que forman parten de la ordenanza, el mismo que se llevará a cabo dentro de la primera quincena del mes de agosto en hora y lugar que decida la comisión organizadora de dicho evento y que será publicado en la página Web de la Municipalidad de Ventanilla" Que, conforme al artículo cuarto de la referida ordenanza establece que solo los contribuyentes registrados en la Municipalidad de Ventanilla como personas naturales, los mismos que pueden ser propietarios o poseedores de uno o más predios que se encuentren al día respecto de sus pagos de impuesto predial y arbitrios Municipales de los años anteriores al ejercicio 2019 o que hubieran cancelado su deuda antes del último día hábil de julio del presente ejercicio. Que, la comisión organizadora quien deberá encargarse de organizar, controlar y ejecutar los sorteos que regula el presente sorteo quien decidirá la hora, día y lugar conforme al artículo segundo de la Ordenanza Municipal Nº 014-2019/MDV; por lo que, mediante documento consignado en el Visto, la Gerencia de Administración Tributaria solicita modificar la fecha del mismo a fin que un gran número de vecinos puedan acogerse al mismo debido a las múltiples solicitudes de dirigentes vecinales. Que, la Tercera disposición final y complementaria de la Ordenanza Municipal Nº 014-2019/MDV faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones Modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la citada Ordenanza. Estando a lo expuesto, con el visado y conformidad de la Gerencia de Administración Tributaria y la Secretaría General y Asesoría Jurídica en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º y art. 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo 1º.- MODIFICAR las bases contenidas en el Sorteo Público denominado "Ventanilla Premia tu Cumplimiento" aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 014-2019/MDV de fecha 23 de mayo de 2019, en los siguientes términos:

Artículo 2º.- Aprobación: Autorizar la realización del Sorteo Público denominado "Ventanilla premia tu cumplimiento para los contribuyentes del distrito que cumplan con los requisitos establecidos en la presente norma y en las bases que forman parte de la presente Ordenanza el mismo que se llevará a cabo dentro de la primera quincena del mes de octubre en hora y lugar que decida la Comisión organizadora de dicho evento y que será publicado en el portal Web de la Municipalidad de ventanilla. Artículo 13º Procedimiento para la realización del sorteo b) El sorteo se efectuará a través del programa informático antes señalado el mismo que se llevará a cabo dentro de la primera quincena del mes de octubre. El lugar y la hora serán difundidos a través de la Web Institucional. Artículo 2º.- PRECISAR que en mérito al cambio de fecha del sorteo, participarán en el mismo, aquellos contribuyentes que no tengan deuda de años anteriores al 2019 y se encuentren inmersos dentro de las opciones señaladas en el art. 12º de la Ordenanza Nº 014-2019/ MDV por los pagos realizados hasta el último día hábil de septiembre. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Comisión Organizadora del Sorteo Público "Ventanilla Premia tu Cumplimiento" y asimismo a las diferentes Gerencias y Subgerencias de la Corporación Edil, el cumplimiento del presente Decreto, de acuerdo a sus competencias. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Secretaría General y Asesoría Jurídica la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal de la Municipalidad Distrital de Ventanilla y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen institucional su difusión correspondiente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 1812550-2

Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 021-2019-MDV mediante la cual se establecieron beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Ventanilla
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2019/MDV-ALC Ventanilla, 25 de setiembre de 2019 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Memorando Nº 0131-2019/MDV-GAT de 24 de setiembre de 2019, remitido por la Gerencia de Administración Tributaria respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 021-2019/MDV, la misma que establece beneficios tributarios y no tributarios en la jurisdicción de Ventanilla, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia, con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; siendo que