Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2019 (02/10/2019)
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NORMAS LEGALES
Miércoles 2 de octubre de 2019 /
El Peruano
confianza se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la citada Ley, según sea el caso, correspondiendo efectuar la publicación de dicha designación en la página web de la entidad; Que, asimismo, corresponde el registro de los servidores de confianza, con posterioridad a su designación en el Registro de Servidores Civiles de Confianza en la forma y plazos regulados en el numeral 6.2 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", cuya versión actualizada fue aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 de la Ley N° 28532 y el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONP, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 174-2013-EF/10 y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor JUAN CARLOS LÓPEZ BARDALES en el puesto de Gerente General, considerado en la posición Nº 007 del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) de la Oficina de Normalización Previsional - ONP, como servidor de confianza, a partir del 01 de octubre de 2019, conforme a los fundamentos señalados en la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que la presente resolución sea puesta en conocimiento del servidor designado, así como de la Oficina de Recursos Humanos y de todos los servidores de la entidad. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Recursos Humanos registre la designación efectuada en el Registro de Servidores Civiles de Confianza, según la normativa emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Oficina de Normalización Previsional ONP (www.onp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO ALEJANDRO ARRIETA ELGUERA Jefe 1812644-1
Que, debido a un error material en el Artículo 1° de la resolución antes referida, se consignó que el distrito donde se ubica la Oficina de Enlace de la Oficina Desconcentrada del OEFA de Junín se denomina "Pichanaki", cuando debió indicar "Pichanaqui"; Que, el Artículo 212° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019JUS, establece que los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión"; Que, mediante el Acuerdo Nº 30, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 014 - 2019 del 01 de octubre de 2019, el Consejo Directivo del OEFA acordó aprobar la rectificación de oficio del Artículo 1° de la Resolución de Consejo Directivo N° 008-2015-OEFA/CD, razón por la cual resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido la exoneración de la aprobación del acta respectiva a fin de asegurar su publicación inmediata; Que, en consecuencia, resulta necesario rectificar el referido error material incurrido en la Resolución de Consejo Directivo N° 008-2015-OEFA/CD; Con el visado de la Gerencia General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Literal n) del Artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Rectificar el error material incurrido en el Artículo 1° de la Resolución de Consejo Directivo N° 0082015-OEFA/CD del 17 de febrero de 2015, el mismo que queda redactado en los siguientes términos: Artículo 1°.- Instalación de Oficina de Enlace de la Oficina Desconcentrada del OEFA de Junín Aprobar la instalación de una Oficina de Enlace de la Oficina Desconcentrada del OEFA de Junín en el distrito de Pichanaqui de la provincia de Chanchamayo. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano; así como en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1812960-1
ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Rectifican error material incurrido en el Artículo 1° de la Resolución de Consejo Directivo N° 008-2015-OEFA/CD
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 026-2019-OEFA/CD Lima, 1 de octubre de 2019 VISTOS: El Oficio Múltiple N° 39-2019-ALC/MDP, emitido por la Municipalidad Distrital de Pichanaqui; el Memorando N° 00294-2019-OEFA/ODES-JUN, emitido por la Oficina Desconcentrada de Junín; el Informe N° 00053-2019-OEFA/PCD-CODE, emitido por la Coordinación de Oficinas Desconcentradas; y, el Informe N° 353-2019-OEFA/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Consejo Directivo N° 008-2015-OEFA/CD se aprobó la instalación de una Oficina de Enlace de la Oficina Desconcentrada del OEFA de Junín;
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 021-2019-SUNAT/300000 Mediante Oficio Nº 00033-2019-SUNAT/1M2100, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 021-2019-SUNAT/300000,