Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2019 (02/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Miércoles 2 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Otorgan duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería de Sistemas de la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 5980-CU-2019 Huancayo, 18 de setiembre de 2019. EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ Visto, el expediente Nº 31271 de fecha 09.08.2019, por medio del cual don Lonely Danelo Labra Orellana, solicita Duplicado de Diploma de Bachiller en Ingeniería de Sistemas, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, don Lonely Danelo Labra Orellana, solicita Duplicado de Diploma de Bachiller en Ingeniería de Sistemas, por pérdida, el mismo que fue expedido el 23.08.2000, Diploma Nº 132, Fojas Nº 048 del Tomo 029B, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 18 de setiembre del 2019. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería de Sistemas de don LONELY DANELO LABRA ORELLANA, de fecha primigenio: 23.08.2000, por motivo de pérdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DEL DIPLOMA DE BACHILLER EN INGENIERÍA DE SISTEMAS DE DON LONELY DANELO LABRA ORELLANA, de acuerdo al siguiente detalle, Diploma Nº 132, Fojas Nº 048 del Tomo 029-B. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Ingeniería de Sistemas. Regístrese y comuníquese. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector ELIZABETH LEONOR ROMANI CLAROS Secretaria General 1812392-1

Autorizan viajes de docentes de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a México, Italia y Panamá, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1361-2019 Arequipa, 20 de setiembre del 2019 Vista la Resolución de Consejo Universitario Nº 06762019 de fecha 13 de agosto de 2019, que aprueba la Relación de los ganadores, del Programa de Movilidad Docente para participar en Eventos Académicos Internacionales, de Estancias Cortas, II Convocatoria 2019. CONSIDERANDO: Que, a través de la Resolución de Consejo Universitario Nº 437-2019, de 07 de junio del 2019, se resolvió "APROBAR el Reglamento del Programa de Movilidad Docente para participar en Eventos Académicos Internacionales de Estancias Cortas, el mismo que consta de Nueve (09) Capítulos, Veintiún (21) Artículos, dentro de los cuales se encuentran Dos (02) Disposiciones Finales, Un (01) Anexo, y que forman parte integrante de la presente resolución. Entre otros (...). Que, mediante documento del visto, de fecha 13 de agosto de 2019, se resolvió "1. APROBAR el desarrollo de la Segunda Convocatoria del Programa de Movilidad Docente para participar en Eventos Académicos Internacionales de Estancias Cortas, realizado por la Oficina de Cooperación, Convenios, Relaciones Internacionales, Becas y Pasantías. 2. APROBAR la Relación de los Ganadores del Programa de Movilidad Docente para participar en Eventos Académicos Internacionales de Estancias Cortas, II Convocatoria 2019, según relación que se anexa y que forma parte integrante de la presente resolución. 3. ESTABLECER como monto máximo, para asumir el Costo de Inscripción al evento de los Ganadores del Programa de Movilidad Docente, de la I y II Convocatoria 2019, para participar en Eventos Académicos Internacionales de Estancias Cortas, el de $ 1500.00 (Mil Quinientos Dólares Americanos) (...)." Que, en mérito a lo expuesto, el Dr. Genaro Edgar Chalco Pacheco, Decano de la Facultad de Ciencias Histórico Sociales, solicita autorización de viaje, pago de pasajes, viáticos e inscripción para la participación de Augusto Roberto Apaza Vargas, docente de la Facultad de Ciencias Histórico Sociales, ganador del Programa de Movilidad Docente para participar en Eventos Académicos Internacionales, de Estancias Cortas, II Convocatoria, quién participará en el III Congreso Mexicano de Sociología "Revolución y Socialismo: Reflexiones a 100 años de Zapata y Luxemburgo", a realizarse en la ciudad de Hidalgo Mexico del 23 al 26 de octubre del 2019. Que, por lo tanto, la Subdirección de Logística, a través del "Formato de Tramite de Pasajes y Viáticos Internacionales" ha determinado el itinerario, monto de pasajes, seguro viajero, viáticos y monto de inscripción, para la participación del mencionado servidor docente en el referido evento internacional; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento mediante Oficio Nº 1209-2019-OUPL-UNSA, informa que revisado el Presupuesto Institucional se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.3 Bienes y Servicios, presupuesto para el año fiscal 2019, por lo que expresa su informe favorable al respecto, de acuerdo a la normatividad legal vigente en materia presupuestal. Que, en el caso materia de autos, tenemos que la participación del docente mencionado en la presente, se encuentra enmarcada dentro de los fines de la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, es decir: "6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica,