Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2019 (02/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Miércoles 2 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modificatorias, corresponde al Consejo Directivo de la Institución designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N° 0092009-PCM y sus modificatorias, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de la Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de conformidad con lo prescrito en el literal a) del artículo 22 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, el literal c) del artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, señala que las comisiones del área de competencia se encuentran integradas por cuatro (4) miembros; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI N° 134-2014-INDECOPI/COD, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 06 de setiembre de 2014, el Consejo Directivo del Indecopi designó al señor Walker Hernán Araujo Berrío en el cargo de miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional de INDECOPI de Cusco, por un período adicional de cinco (05) años, el cual ha culminado; por lo que, debe emitirse la resolución correspondiente, debiendo designarse a la persona que desempeñará dicho cargo público; Que, en ese sentido, resulta pertinente efectuar la reconformación de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Cusco, a fin de que dicho órgano colegiado cuente con el número legal de integrantes que se encuentra previsto en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Que, el Consejo Directivo mediante Acuerdo N° 077-2019 del 17 de setiembre de 2019, con la opinión favorable del Consejo Consultivo, ha acordado designar al señor Maurice Pacheco Niño de Guzmán como miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Cusco y adicionalmente encomienda a la Presidencia del Consejo Directivo la emisión de la resolución correspondiente; Con el visto bueno del Gerente General, de la Gerencia de Recursos Humanos, de la Gerencia de Oficinas Regionales y de la Gerencia Legal; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modificatorias; y, en cumplimiento de las funciones otorgadas mediante los literales f) y h) del numeral 7.3 del mismo cuerpo legislativo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Walker Hernán Araujo Berrío, como miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Cusco, habiendo sido el último día de ejercicio de sus funciones el 04 de setiembre de 2019; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo 2.- Designar al señor Maurice Pacheco Niño de Guzmán como miembro de la Comisión adscrita a la Oficina Regional del INDECOPI de Cusco, con efectividad a la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1812178-1

OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL
Designan Gerente General de la ONP
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 092-2019-JEFATURA/ONP Lima, 1 de octubre de 2019 VISTOS: El Informe N° 154-2019-ORH/ONP del Director General de la Oficina de Recursos Humanos, y el Informe N° 547-2019-OAJ/ONP de la Directora General de Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley N° 25967, modificado por la Ley N° 26323, se crea la Oficina de Normalización Previsional - ONP, reestructurada integralmente a través de la Ley N° 28532, reglamentada a través del Decreto Supremo N° 118-2006-EF, siendo definida como un Organismo Público del Sector de Economía y Finanzas, que tiene a su cargo la administración del Sistema Nacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley N° 19990, así como el Régimen de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, Decreto Ley N° 18846, la Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, Ley N° 30003; y otros regímenes previsionales a cargo del Estado, que les sean encargados conforme a ley; Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley N° 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 058-2011-PCM ha calificado a la Oficina de Normalización Previsional - ONP como Organismo Público Técnico Especializado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 174-2013EF/10, modificada por Decreto Supremo N° 258-2014-EF, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la ONP, el cual contiene la nueva estructura orgánica y dispone el ordenamiento e identificación de los distintos órganos de la Entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 035-2018-SERVIR/PE, emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR y publicada en el Diario Oficial El Peruano el 05 de febrero de 2018, se formaliza la aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE de la ONP; Que, conforme al Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE, el puesto de Gerenta/e General pertenece al Grupo: Directivo Público, Familia: Dirección Institucional, Rol: Dirección Político-Estratégico, Nivel: Directivo Público y no aplica para subnivel ni subcategoría, encontrándose en la posición Nº 007, siendo considerando un servidor de confianza; Que, el artículo 59 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, dispone que el ingreso a un puesto de directivo público, en el caso de los servidores de confianza, aun cuando no se requiere concurso, debe cumplir con el perfil establecido para el puesto; Que, en atención a la propuesta de designación formulada mediante Memorándum Nº 005-2019-JF/ ONP, mediante Informe N° 154-2019-ORH/ONP el Director General de la Oficina de Recursos Humanos ha determinado que, de la verificación efectuada sobre el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la Ley N° 30057 y su Reglamento General para la designación del señor Juan Carlos López Bardales en el puesto de Gerente General, el mismo cumple con el perfil requerido en el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la entidad, informando que la posición se encuentra vacante y presupuestada, por lo que concluye que es viable su designación acorde con la normativa aplicable; Que, el artículo 79 de la Ley del Servicio Civil, establece que la designación de servidores de