Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2019 (03/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Miércoles 3 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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el Portal Institucional del Instituto Nacional de Innovación Agraria (www.inia.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.

Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR; la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2010-MINCETUR; SE RESUELVE:

JOSÉ VALDIVIA MORÓN Jefe 1784647-1

Artículo 1.- Aprobación Aprobar el "Plan para la Formalización del Sector Turismo 2019-2021", documento que, como anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Derogación Derogar la Resolución 367-2016-MINCETUR. Ministerial N°

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Aprueban el "Plan para la Formalización del Sector Turismo 2019-2021"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 233-2019-MINCETUR Lima, 1 de julio de 2019 Visto, el Memorándum Nº 388-2019-MINCETUR/VMT del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, señala que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR es el ente rector en materia de comercio exterior y turismo, y tiene entre sus funciones, dirigir, coordinar, elaborar y ejecutar los planes y programas nacionales sectoriales de desarrollo en materia de comercio exterior, integración, promoción de exportaciones, turismo y artesanía; Que, el artículo 22 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, precisa que los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, el numeral 5.11 del artículo 5 de la Ley Nº 29408, Ley General de Turismo establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en materia de turismo, entre otras, tiene la función de promover el fortalecimiento institucional en el sector turismo, fomentando los espacios de coordinación públicos y privados para la gestión y desarrollo de la actividad turística y la protección y seguridad al turista en cuanto a lo que no fuera de competencia de los gobiernos regionales o locales; Que, el Plan Estratégico Nacional de Turismo ­ PENTUR ­ 2025, aprobado por Resolución Ministerial N° 231-2016-MINCETUR, plantea como uno de sus objetivos el fomentar la formalización en estrecha coordinación con el sector privado, tomando en consideración que el sector informal genera un factor externo negativo que se agrega a su efecto adverso sobre la eficiencia; Que, al amparo de tales proposiciones, mediante Resolución Ministerial N° 367-2016-MINCETUR, se aprobó el Plan de Apoyo a la Formalización del Sector Turismo, como instrumento orientador que busca fomentar la formalización y mejora de la competitividad en la prestación del servicio turístico; Que, desde la aprobación de referido Plan hasta la fecha, se evidencia un alto nivel de informalidad para el cumplimiento de los requisitos y procedimientos obligatorios para el inicio de operaciones de los prestadores de servicios turísticos, por lo que se ha visto por conveniente reestructurar las líneas de acción para reforzar actividades o incluir otras que permitan contrarrestar los elementos que causan la informalidad, principalmente aquellas orientadas al cumplimiento de la regulación vigente, así como a la mejora de las acciones de fiscalización a cargo de los gobiernos regionales; Que, por las razones antes expuestas, y al amparo de lo establecido en literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde emitir un acto resolutivo para aprobar el "Plan para la Formalización del Sector Turismo 2019-2021"; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y su Reglamento, aprobado por

Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano" y el "Plan para la Formalización del Sector Turismo 2019-2021", en el Portal Institucional del MINCETUR (www.mincetur.gob.pe). Artículo 4.- Implementación El "Plan para la Formalización del Sector Turismo 2019-2021" es implementado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR y los Gobiernos Regionales, en colaboración y apoyo con los Gobiernos Locales, los gremios del sector turismo y otras entidades públicas involucradas. Artículo 5.- Vigencia La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1784125-1

Autorizan viaje de representante del Ministerio a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 236-2019-MINCETUR Lima, 1 de julio de 2019 Visto, el Memorándum N° 735-2019-MINCETUR/VMT, del Viceministro de Turismo; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, es el órgano competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; tiene la responsabilidad en materia de la promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales, y promueve, orienta y regula la actividad turística con el fin de impulsar su desarrollo sostenible; Que, la Innovación para promover la Cohesión Territorial (INNOVACT) es una institución respaldada por la Unión Europea ­ UE, con el fin de difundir su experiencia en política regional y en buenas prácticas en la región de Latinoamérica (LATAM), así como desarrollar cooperación futura entre autoridades territoriales y organismos especializados en la toma de decisión de innovación y gobernanza de la UE. Tiene como objetivos: facilitar el intercambio de información y aprendizaje entre las regiones fronterizas europeas y de América Latina, promover la cooperación transfronteriza, sistemas de innovación, clústeres y competitividad; identificar y desarrollar estrategias, planes de acción y proyectos concretos o programas para el desarrollo de cadenas de valor transfronterizos y estimular y contribuir al proceso de aprendizaje basado en ejemplos concretos y mejores prácticas; Que, con el INNOVACT I, se implementó el intercambio Colombia-Ecuador, Colombia-Perú, Chile Perú y