Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2019 (03/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 3 de julio de 2019 /

El Peruano

restringe la función de fiscalización que este pueda tener respecto de la propia empresa. 15. Asimismo, en cuanto a la incompatibilidad que se pueda generar como resultado de su calidad de trabajador de la EPS y usuario de los servicios de saneamiento, es un conflicto que no le corresponde dilucidar a este órgano electoral; sin embargo, ante los informes que evidencian los hechos ocurridos el 14 de marzo de 2019, respecto a la conexión clandestina de alcantarillado que habría realizado el regidor Héctor Pedro Huamán Pérez en su domicilio, es pertinente remitir copia de los actuados al Ministerio Público, a efectos que proceda conforme a sus atribuciones. 16. Finalmente, sobre las resoluciones a las que hacen alusión tanto el recurrente como el regidor cuestionado, es necesario indicar que este Supremo Tribunal Electoral evalúa con criterio de conciencia y de manera particular cada caso en concreto, conforme a sus atribuciones; sin embargo, es necesario indicar que, en efecto, la Resolución Nº 012-2012-JNE se emitió para un supuesto diferente del presente caso, pues en aquella situación el regidor respecto del cual se declaró la vacancia ostentaba cargos de jefe de área y administrador de la empresa, es decir, tenía poder de decisión frente a los administrados. En ese sentido, tal antecedente no puede ser tomado en consideración para la resolución del presente caso. 17. En conclusión, para el caso específico, este Supremo Tribunal Electoral considera que no se configura la causal de vacancia del cargo de regidor por ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, por lo que el recurso de apelación debe ser desestimado. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Luis Martín Lazo Benavides; y, en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 060-2019-MPH/CM, del 23 de abril de 2019, que rechazó la solicitud de vacancia presentada por los regidores Paulo César Beltrán Ponce, Moisés Pari Mendoza, Melissa Huayhua Almonacid y el regidor recurrente en contra de Héctor Pedro Huamán Pérez, también regidor del Concejo Provincial de Huancayo, departamento de Junín, por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- REMITIR copias autenticadas por fedatario de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales del distrito fiscal de Junín, para que, a su vez, las remita al fiscal provincial penal de turno respectivo, a efectos de que evalúe la conducta de Héctor Pedro Huamán Pérez, regidor del Concejo Provincial de Huancayo, y actúe conforme a sus atribuciones, según lo expuesto en el considerando 15 del presente pronunciamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.

MINISTERIO PUBLICO
Aceptan renuncias, dan por concluidas designaciones y nombramiento, asignan, designan y nombran fiscales en diversos Distritos Fiscales
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1491-2019-MP-FN Lima, 1 de julio de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 966-2019-MP-FN-PJFS-DFLE, cursado por la abogada Marjorie Nancy Silva Velasco, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, mediante el cual remite la carta de renuncia formulada por la abogada Sheyla Francesca Del Milagro Jaramillo Cubas, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Comas, Sede Independencia, así como su destaque al Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, por motivos de personales y familiares, con efectividad a partir del 30 de marzo del año en curso. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Sheyla Francesca Del Milagro Jaramillo Cubas, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia Contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Comas, Sede Independencia, así como su destaque al Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 646-2019-MP-FN y 658-2019-MP-FN, ambas de fechas 22 de marzo de 2019, con efectividad a partir del 30 de marzo del año en curso. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Este y Lima Norte, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1784704-1

SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1784684-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1493-2019-MP-FN Lima, 1 de julio de 2019 VISTO Y CONSIDERANDO: Los oficios Nros. 504-2019-MP-FN-PJFS-DFLE y 884-2019-MP-FN-PJFS-DFLE, cursados por la abogada Marjorie Nancy Silva Velasco, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este. Estando a lo expuesto en los mencionados documentos y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.