Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2019 (03/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Miércoles 3 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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(180) días calendario, plazo en el que el INPE deberá remitir a la SUCAMEC un listado actualizado de todas las armas de fuego en su posesión, con sus respectivas especificaciones técnicas, a efectos de que la SUCAMEC actualice sus registros y emita las tarjetas de propiedad correspondientes. En el mismo acto, el INPE da cuenta de la baja de armas de fuego de su propiedad a fin de efectuar su internamiento definitivo y la SUCAMEC determina su destino final"; Que, en virtud de las facultades previstas en el artículo 37º del ROF, la GAMAC formuló un proyecto de Directiva que regula el procedimiento de regularización de las armas de fuego de propiedad del Instituto Nacional Penitenciario, el mismo que tiene por objeto "Establecer las disposiciones aplicables al procedimiento de regularización de las armas de fuego del Instituto Nacional Penitenciario ­ INPE, poniendo a disposición los criterios técnicos y procedimentales para la regularización de las armas de fuego". Además, tiene por finalidad "Implementar a través de lineamientos el procedimiento de regularización de armas de fuego pertenecientes al Instituto Nacional Penitenciario ­ INPE, a fin que éstas cuenten con sus respectivas tarjetas de propiedad"; Que, con Informe Técnico Nº 00130-2019-SUCAMECOGPP, de fecha 26 de junio de 2019, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto concluye que el citado proyecto de directiva se encuentra técnicamente viable de aprobación, conforme a lo establecido en la Directiva Nº 001-2014-SUCAMEC "Lineamientos para la formulación y uso de documentos oficiales en la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil"; Que, con Memorando Nº 211-2019-SUCAMECOGTIC, de fecha 26 de junio de 2019, la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones emitió opinión técnica favorable al referido proyecto de directiva; Que, mediante Informe Legal Nº 00286-2019-SUCAMEC-OGAJ de fecha 27 de junio de 2019, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina favorablemente sobre el proyecto de directiva, toda vez que ha sido elaborado conforme a la normatividad vigente; precisando que lo establecido en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30299 y en la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento requieren de un procedimiento especial para su correcto cumplimiento y aplicación, por lo que resulta viable que a través de una directiva se establezcan lineamientos para la regularización de las armas de fuego del INPE (Emisión de tarjeta de propiedad, registro de armas de propiedad del INPE, etc.). Asimismo, recomienda su aprobación y publicación en el diario oficial El Peruano por tratarse de una norma de carácter general, cuyo texto se deriva de un mandato general, objetivo y obligatorio para la SUCAMEC y los administrados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009JUS; Con el visado del Gerente de Armas, Municiones y Artículos Conexos, de la Jefa de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, del Jefe de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Gerente General; De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127 - Decreto Legislativo que crea la SUCAMEC, y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, modificado por Decreto Supremo Nº 0172013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.Aprobar la Directiva Nº 003-2019-SUCAMEC "Directiva que regula el procedimiento de regularización de las armas de fuego de propiedad del Instituto Nacional Penitenciario", la misma que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- La Directiva aprobada mediante el artículo

precedente entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano. Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ANTONIO RIVERA BECERRA Superintendente Nacional 1784629-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA
Otorgan la Licencia Institucional a la Universidad Nacional de Huancavelica para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede y filiales
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 086-2019-SUNEDU/CD Lima, 2 de julio de 2019 VISTOS: La Solicitud de licenciamiento institucional (en adelante, SLI) con Registro de trámite documentario N° 033120-2017-SUNEDU-TD, presentada el 18 de septiembre de 2017 por la Universidad 1 adelante, la Nacional de Huancavelica (en Universidad), el Informe técnico de licenciamiento N° 019-2019-SUNEDU-02-12 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic); y el Informe legal N° 453-2019-SUNEDU-03-06 de la Oficina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: I. Antecedentes Según lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria), el licenciamiento es el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. Los numerales 15.1 y 19.3 de los artículos 15 y 19 de la citada ley, establecen como una de las funciones de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu), atribuida al Consejo Directivo, aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades. Mediante Resolución N° 006-2015-SUNEDU/CD, el Consejo Directivo de la Sunedu aprobó el "Modelo de Licenciamiento y su implementación en el Sistema Universitario Peruano" (en adelante, el Modelo), que contiene: el Modelo de Licenciamiento Institucional, las CBC, el Plan de Implementación Progresiva del Proceso de Licenciamiento y el Cronograma - Solicitud de Licenciamiento Institucional2. El 14 de marzo de 2017, se publicó en el Diario Oficial "El Peruano" la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, que aprobó las "Medidas

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La Universidad fue creada mediante Ley N° 25265, promulgada el 20 de junio de 1990 Publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 24 de noviembre de 2015