Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2019 (03/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 3 de julio de 2019 /

El Peruano

de simplificación administrativa para el licenciamiento Institucional" y el "Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional" (en adelante, el Reglamento de Licenciamiento), dejando sin efecto los indicadores 16, 18, 25 y 26 del Anexo N° 2 del Modelo. Asimismo, la referida resolución dejó sin efecto parcialmente el indicador 19 respecto al requerimiento del Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo y determinó que los indicadores 21, 22, 23 y 24 del Anexo N° 2 del Modelo sean evaluados en la etapa de verificación presencial, una vez que la Universidad cuente con una opinión favorable. El 18 de septiembre de 2017, la Universidad presentó su SLI, adjuntando la documentación exigida, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Licenciamiento. La Dilic efectuó observaciones a la SLI presentada por la Universidad a través del Informe N° 030-2018/SUNEDU/DILIC-EV del 16 de febrero de 2018, el mismo que fue notificado a la Universidad el 22 de febrero de 2018 mediante Oficio N° 135-2018/ SUNEDU-02-12, requiriéndosele la presentación de información para la subsanación de las observaciones formuladas, en un plazo de diez (10) días hábiles. Mediante Oficio N° 045-2018-UNH/R del 5 de marzo de 2018, la Universidad solicitó la ampliación del plazo otorgado para el levantamiento de observaciones recaídas en su SLI; no obstante, mediante Oficio N° 117-2018-UNH/R del 23 de marzo de 2018, la Universidad presentó documentación con el objetivo de levantar las observaciones realizadas en el marco del procedimiento de licenciamiento institucional. Posteriormente, mediante Oficios N° 439-2018-UNH/R y N° 450-2018-UNH/R del 5 y 12 de octubre de 2018, respectivamente, la Universidad presentó información complementaria a su SLI. Asimismo, mediante Oficio N° 444-2018-UNH/R del 12 de octubre de 2018 se desistió de dos (2) programas de pregrado3. El 7 de febrero de 2019, mediante el Oficio N° 057-2019-SUNEDU-02-12, la Dilic notificó a la Universidad la Resolución de trámite N° 5 del 31 de enero de 2019, por la cual se decidió llevar a cabo una Diligencia de Actuación Probatoria (en adelante, DAP) del 18 al 22 de febrero de 2019, en el local de su sede, ubicado en Av. Agricultura N° 319 y 321, del sector denominado Paturpampa, distrito, provincia y departamento de Huancavelica. Mediante Oficio N° 049-2019-UNH/R del 8 de febrero de 2019, la Universidad comunicó su conformidad con las fechas programadas para la realización de la DAP; la cual se desarrolló de acuerdo con lo programado. Mediante Oficio N° 152-2019-UNH/R del 11 de abril de 2019, la Universidad presentó información adicional. El 7 de mayo de 2019, vía correo electrónico y físicamente4, se le notificó a la Universidad la Resolución de trámite N° 6 del 3 de mayo de 2019, por la cual se decidió llevar a cabo una DAP complementaria que se desarrolló del 13 al 16 de mayo de 2019 en las filiales de la Universidad, ubicadas en: (i) Av. Evitamiento Este S/N, distrito y provincia de Acobamba; (ii) Jr. La Mar N° 755, distrito de Pampas, y Av. Perú N° 1185, distrito de Daniel Hernández, ambas ubicadas en la provincia de Tayacaja; y, (iii) Av. Centenario N° 1200 del Barrio Pueblo Nuevo, distrito de Lircay, provincia de Angaraes; todas ubicadas en el departamento de Huancavelica. Mediante Oficio N° 203-2019-UNH/R del 24 de mayo de 2019, la Universidad presentó información complementaria y se desistió de doce (12) maestrías5, las cuales se dictaban en convenio con la Cámara Minera del Perú (Camiper). Posteriormente, mediante Oficios N° 277-2019-UNH/R y N° 278-2019-UNH/R, ambos del 28 de mayo de 2019, la Universidad presentó información complementaria para la subsanación de las observaciones a su SLI. El 29 de mayo de 2019, la Dilic emitió el Informe de revisión documentaria N° 082-2019-SUNEDU-DILIC-EV, con resultado favorable, luego de lo cual, mediante Oficio N° 176-2019-SUNEDU-02-12 del 29 de mayo de 2019, fue trasladado a la Universidad por correo electrónico y físicamente6. A través de dicha comunicación se le informó el resultado favorable de la etapa de revisión documentaria y el inicio de la etapa de verificación presencial, las fechas programadas para su realización, así como la conformación de la Comisión de Verificación a cargo.

Mediante correo electrónico del 29 de mayo de 2019, la Universidad remitió el Oficio N° 234-2019-UNH/R, mediante el cual comunicó su conformidad con las fechas programadas para la realización de la visita de verificación presencial. Posteriormente, mediante correo electrónico del 3 de junio de 20167, la Universidad remitió el Oficio N° 239-2019-UNH/R, mediante el cual designó a los funcionarios y personal profesional que facilitaría la información y el acceso a sus ambientes. Los días 4 al 7 de junio de 2019 se realizó la visita de verificación presencial en la sede y filiales de la Universidad y se recabó también información complementaria y actualizada. Mediante Oficio N° 291-2019-UNH/R del 12 de junio de 2019, la Universidad presentó información adicional. El 19 de junio de 2019 se emitió el Informe de verificación presencial N° 090-2019-SUNEDU-DILICEV, el cual concluyó con resultado favorable, en tanto se verificó el cumplimiento de las CBC. El 21 de junio de 2019, la Dilic emitió el Informe técnico de licenciamiento N° 019-2019-SUNEDU-02-12 con resultado favorable, con lo que se inició la tercera etapa del procedimiento de licenciamiento. II. Cuestiones previas 2.1. Desistimiento de la oferta académica La Universidad, en ejercicio de su autonomía, se desistió de catorce (14) programas de estudio (2 de pregrado y 12 de posgrado). Cabe señalar que de los catorce (14) programas desistidos, trece (13) fueron declarados para fines de grados y títulos. Como sustento de ello, presentó las Resoluciones de Consejo Universitario N° 205-2018-CU-UNH y N° 584-2019-CU-UNH del 7 de marzo de 2018 y 22 de mayo de 2019, respectivamente, mediante las cuales su Consejo Universitario aprobó el desistimiento de los catorce (14) programas de estudio. Cabe señalar que, de acuerdo con lo expuesto en el portal institucional de la Universidad8, la Asamblea Universitaria en sesión extraordinaria del 29 de mayo de 2019 ratificó el desistimiento de estos programas, en el marco de lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 140 de su Estatuto. El detalle de estos programas se encuentra en las Tablas N° 42 y 43 del Informe técnico de licenciamiento N° 019-2019-SUNEDU-02-12. De acuerdo con el numeral 200.7 del artículo 200 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General9 (en adelante TUO

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Los programas desistidos de pregrado son: (i) Ingeniería Ambiental y (ii) Nutrición Humana y Bromatología. Cabe señalar que el primero de los programas fue declarado para fines de grados y títulos. El segundo de los programas no fue ofertado por la Universidad, por ello no fue declarado para fines de grados y títulos. Remitido a la Universidad a las 12:05 horas. La notificación física se realizó el 10 de mayo de 2019. Maestría en Ingeniería Geológica mención en Geoestadística Aplicada en Minería; Maestría en Ingeniería Geológica mención en Hidrogeología Minera Avanzada; Maestría en Ingeniería Geológica mención en Geometalurgia Aplicada; Maestría en Ingeniería Geotécnica y Geomecánica Aplicada en Minería; Maestría en Ingeniería Metalúrgica y Geometalurgia mención en Metalurgia Extractiva de Oro y Plata; Maestría en Ingeniería Metalúrgica y Geometalurgia mención en Metalurgia Extractiva de Cobre y Polimetálicos; Maestría en Ingeniería Metalúrgica y Geometalurgia mención en Metalurgia Computacional; Maestría en Gestión Estratégica en Minería; Maestría en Gestión de Seguridad, Salud y Medio Ambiente en Minería; Maestría en Gestión de Operaciones Mineras mención en Mantenimiento Aplicado en Minería; Maestría en Gestión de Operaciones Mineras mención en Optimización de Equipos y Análisis de Costos en Minería Superficial; Maestría en Gestión de Operaciones Mineras mención en Optimización de Equipos y Análisis de Costos en Minería Subterránea. La notificación por correo electrónico se realizó el día 29 de mayo de 2019 y la notificación física se realizó el 3 de junio de 2019. La comunicación vía correo electrónico se recibió a las 03:42 p.m. El físico del Oficio N° 239-2019-UNH/R fue recepcionado el 6 de junio de 2019. Portal Institucional de la Universidad: http://www.unh.edu.pe/web/ transparencia-universitaria-3/. Se consultó el 29 de mayo de 2019. Aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS