Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2016 (10/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Domingo 10 de julio de 2016 /

El Peruano

27680 y concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, se emite el informe Nº 1556-2015- MPA/ SGRH, suscrito por el Gerente del centro Histórico y Zona Monumental, de la Municipalidad Provincial de Arequipa, y en fojas 13 con Memorando Nº 3042015-MPA/GCHZM de fecha 12 de octubre del 2015 el Gerente del Centro Histórico y Zona Monumental informa que después del primer Encuentro de Escuelas Taller realizada en la ciudad de Santiago de Chile, se estableció la necesidad de continuar con los lazos de cooperación entre las Escuelas Taller de América Latina, por lo que la Secretaria Ejecutiva de la Red Escuela Taller 2014-2015 a través del Consejo Estatal para la Cultura y las Artes de Puebla en colaboración con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo organiza el II Congreso Latinoamericano de Restauración Escuelas Taller y su ámbito de acción en la ciudad de Puebla México los días 21, 22, 23 de octubre del 2015; Que, en relación al convenio entre la Municipalidad Provincial de Arequipa y la Agencia Española de Cooperación Internacional el Arq. Juan de la Serna Torroba Responsable del Programa P>D Patrimonio para el Desarrollo confirmo a la Gerencia Municipal la autorización para el uso de los fondos AECID del Proyecto y la participación de la Escuela Taller en el encuentro; Que, se solicita que el Pleno del Concejo otorgue el permiso de viaje de la Servidora Directora de la Escuela Taller de Arequipa del día 21 al 23 de Octubre del año en curso para que participe en el dicho evento. Se indica además, que los pasajes aéreos de Arequipa-México D.F. (ida-retorno) serán subvencionados con fondos de la Cooperación Española de Cooperación Internacional, y hospedaje y alimentación será subvencionado por la organización del evento; Que, de conformidad con el numeral 11 del artículo 9º de la ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 es atribución del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario. En el presente caso la autorización es para la Servidora Directora de la Escuela Taller de Arequipa, que se constituirá en Comisión de Servicios desde la fecha indicada; Que, conforme a las facultades señaladas en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y estando a lo anteriormente expuesto, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 14 de octubre del 2015, adoptó por unanimidad el siguiente: ACUERDO: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior de la Servidora Directora de la Escuela Taller Arq. Fiorela Cano Quintanilla, para que viaje a la ciudad de Puebla - México D.F. para participar en el "II Congreso Latinoamericano de Restauración Escuelas Taller", los días 21 al 23 de octubre del 2015, considerándose la distancia desde Arequipa a México D.F. Artículo 2º.- Establézcase además, que los pasajes aéreos de Arequipa-México D.F. (ida-retorno) serán subvencionados con fondos de la Cooperación Española de Cooperación Internacional, el hospedaje y alimentación será subvencionado por la organización del evento. Artículo 3º.- Encomendar a Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo Municipal en el Diario Oficial El Peruano, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO ZEGARRA TEJADA Alcalde de Arequipa 1401939-1

Autorizan viaje de Regidora a México, en comisión de servicios
ACUERDO MUNICIPAL Nº 0039-2016-MPA Arequipa, 18 de febrero de 2016 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 18 de Febrero del 2016, el Dictamen Legal Nº 157-2016-MPA/GAJ, sobre autorización de viaje al Extranjero por representación institucional; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificado por la Ley de la Reforma Constitucional 27680 y concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, se emite el Informe Nº 036-2016-MPA/ SGRPP, la Sub Gerencia de Relaciones Públicas y Prensa haciendo conocer que el Instituto Mejores Gobernantes A.C y el Instituto Mexicano de Evaluación como organismos de la sociedad civil tienen como propósito contribuir al fortalecimiento de los servidores públicos a través de la formación, evaluación y reconocimiento de la Gestión Pública, de conformidad con estándares internacionales para contar con mejores gobernantes. En tal sentido, vienen premiando a los mejores servidores públicos de Iberoamérica por su contribución al desarrollo de su país, a través de una buena gestión pública; Que, se ha resuelto declarar ganador del Premio Internacional Maya 2016 al Dr. Alfredo Zegarra Tejada, Alcalde de la Municipalidad Provincial de Arequipa, en base a la investigación sobre su desempeño público realizada por la Comisión de Evaluación y Selección; Que, el premio antes citado será entregado el viernes 19 de febrero de 2016 a las 20:00 horas en la Ciudad de México. Asimismo participará en el Seminario Internacional Gobierno Efectivo que tendrá lugar el día 20 de febrero en la misma sede; Que, por lo tanto, se hace necesario la asistencia de un representante de la Municipalidad Provincial de Arequipa, para lo cual se debe autorizar el viaje por Comisión de Servicios, siendo el Concejo Municipal el ente competente para su aprobación, incluyendo pasajes, hospedaje y viáticos respectivos; Que, el costo del evento es de US $ 2, 900.00 dólares que incluye IVA, dos noches en Hotel, con alimentos incluidos, acceso VIP a la cena de entrega de premios, liga para descargar el video de la ceremonia de entrega de premios, fotografías digitales de la ceremonia. Asimismo el traslado desde la ciudad de Arequipa hasta la ciudad de México ida y vuelta, son asumidos por la Municipalidad Provincial de Arequipa, debiendo otorgar por viáticos a la señora regidora el monto de US $ 440.00 dólares americanos por día de estadía, siendo el monto total de US $ 880. 00 dólares americanos que al tipo de cambio del día de la fecha corresponde a S/. 3, 115.20 soles (Tres Mil Ciento Quince y 20/100 soles) los que deberán ser rendidos según las disposiciones de Tesorería y la Directiva de Viáticos de la Municipalidad Provincial de Arequipa; Que, de conformidad con el numeral 11 del artículo 9º de la ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 es atribución del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad que realice el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario. En el presente caso la autorización es para la Regidora Ing. Lilia Jeanne Pauca Vela que se constituirá en Comisión de Servicios en la fecha señalada; Que, conforme a las facultades señaladas en el Art. 9 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades