Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2016 (10/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Domingo 10 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

592607

Fauna Silvestre, y del Jefe (e) de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el documento "Criterios para determinar la caducidad de un título habilitante dentro del Procedimiento Administrativo Único ­ PAU del OSINFOR", que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- DISPONER que los criterios aprobados en el artículo precedente serán de aplicación a los Procedimientos Administrativos Únicos iniciados por sucesos ocurridos a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, tipificados como causales de caducidad en la Ley Nº 29763 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre. Artículo 3º.- DISPONER que las Direcciones de Línea son los responsables de implementar el documento aprobado en el artículo 1º de la presente resolución, en lo que corresponda. Artículo 4º- ENCARGAR a la Oficina de Tecnología de la Información la publicación de la presente resolución presidencial y su anexo en el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre ­ OSINFOR (www.osinfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese, MÁXIMO SALAZAR ROJAS Presidente Ejecutivo (e) 1401935-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA
Oficializan el Acuerdo N° 026-2016-CDAH mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc aprobó el documento técnico normativo denominado "Modelo de Acreditación para Programas de Estudios de los Institutos y Escuelas de Educación Superior"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 076-2016-SINEACE/CDAH-P Lima, 7 de julio de 2016 VISTOS: El Memorándum N°065-2016-SINEACE/ST-DEAIEES y el Informe N°031-2016-SINEACE/ST-DEA-IEES, emitidos por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral;

Que, mediante Ley N°30220, se declaró la reorganización del SINEACE disponiéndose que el Ministerio de Educación a través de Resolución Ministerial constituya el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, con la finalidad de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, en el marco de la reorganización indicada precedentemente, el Consejo Directivo Ad Hoc dispuso la evaluación del modelo de acreditación de programas de estudio a nivel de institutos y escuelas de educación superior, para lo cual se han realizado consultorías especializadas nacionales e internacionales en el tema, que conjuntamente con el seguimiento y monitoreo del SINEACE, complementaron la evaluación en la que se concluyó que el modelo requería cambios en cuanto a concepción, enfoques y alineamiento con las tendencias internacionales, recomendándose asimismo un nuevo modelo orientado a resultados sin descuidar los procesos, incentivar la reflexión, incidir en lo cualitativo, respetar la diversidad que existe en el país respondiendo a la naturaleza y particularidades de cada institución, así como motivar la mejora continua y la excelencia; Que, tomando en cuenta los hechos indicados en los considerandos precedentes, la Directora de la Dirección de Evaluación y Acreditación de Institutos y Escuelas de Educación Superior alcanza la propuesta de documento denominado "Modelo de Acreditación para Programas de Estudios de los Institutos y Escuelas de Educación Superior", el mismo que conforme manifiesta en el informe de vistos, concibe la evaluación de la calidad, como un proceso formativo que ofrece a las instituciones oportunidades para analizar su quehacer, introducir cambios para mejorar de manera progresiva y permanente, fortalecer su capacidad de autorregulación e instalar una cultura de calidad institucional; Que, mediante Acuerdo N° 026-2016-CDAH de sesión ordinaria del 23 de marzo 2016 del Consejo Directivo Ad Hoc, se aprobó la propuesta presentada, y con Acuerdo N° 0372016-CDAH, de sesión del 04 de mayo, 2016, se dispone se emita el acto resolutivo que oficialice la aprobación del documento "Modelo de Acreditación para Programas de Estudios de los Institutos y Escuelas de Educación Superior"; De conformidad con la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2007-ED; Ley N° 30220, Ley Universitaria; y, Resolución Ministerial N°396-2014MINEDU y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°. - Oficializar el Acuerdo N° 026-2016CDAH de sesión de fecha 23 de marzo 2016, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc, aprobó el documento técnico normativo denominado "Modelo de Acreditación para Programas de Estudios de los Institutos y Escuelas de Educación Superior", que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°. - Precisar que los Institutos y Escuelas de Educación Superior que cuenten con carreras o programas de estudios, cuyos comités de calidad registrados se encuentren en Etapa de Autoevaluación, tendrán plazo hasta el 15 de setiembre 2016, para presentar solicitudes de Evaluación Externa al SINEACE, indicando la entidad evaluadora externa y anexando el Informe de Autoevaluación, a efectos de concluir los procesos de evaluación con fines de acreditación, con el modelo que iniciaron. Artículo 3°. - Encargar la difusión de la presente resolución, así como su publicación en el Portal Web de la Institución: www.sineace.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1401944-1