Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2016 (10/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Domingo 10 de julio de 2016 /

El Peruano

f) Aprobar las sanciones a los miembros del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo en caso de incumplimiento de sus obligaciones. Artículo 13º.- Las Asambleas Ordinarias del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo se realizaran cada (03) meses por convocatoria del Alcalde de Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo o a solicitud de más de uno de los Regidores, señalando la fecha, hora y agenda. Artículo 14º.- Las Asambleas Extraordinarias del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo se realizaran cuando sea necesario y urgente, por convocatoria del Alcalde o a solicitud de más de uno de los Regidores, señalando la fecha, hora y agenda. Artículo 15º.- Las acuerdos de las Asambleas de Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo se toman por mayoría simple. Artículo 16º.- La asistencia de los Alcaldes y Regidores de los municipios escolares y miembros del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo a las asambleas generales y extraordinarias es obligatoria. En caso de inasistencia injustificada se amonestara la primera vez y en caso de reincidencia injustificada se acordara una sanción en la Asamblea de Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo. DE LA JUNTA DIRECTIVA MUNICIPAL ESCOLAR DEL CONCEJO

- Coordinar actividades conjuntas con otros ConCejos Distritales Escolares Provinciales y/o regionales formando redes. - Vigilar el Cumplimiento del presente Reglamento. FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL ESCOLAR Artículo 20º.- Son funciones del (la) Alcalde (sa) del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo: - Representar al Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo ante instituciones públicas o privadas en actividades internas y externas. - Coordinar la elaboración del Plan de Trabajo del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo. - Convocar y dirigir las asambleas ordinarias y extraordinaria del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo - Promulgar resoluciones y ordenanzas municipales. - Organizar un Directorio de Instituciones Locales que pueden apoyar las Actividades del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo. - Trabaja coordinadamente con su equipo de Regidores y apoyar el trabajo de comisiones. - Informar de los acuerdos tomados en las asambleas. - Dar cuenta de su labor al término de su mandato. - Coordinar con el teniente Alcalde la difusión de las Actividades del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo. - Mantener permanentemente comunicación con los Concejos Escolares de los Municipios Escolares. Artículo 21º.- Son funciones del Teniente Alcalde del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo: - Reemplazar al Alcalde en caso de ausencia. - Presidir las comisiones de trabajo organizadas a nivel Centro Educativo. - Otras funciones que le delegue el Alcalde. Artículo 22º.- Son funciones del Regidor de Educación, Cultura y Deporte del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo: - Presidir la Comisión de Educación, Cultura y Deporte del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo. - Coordinar las actividades educativas, culturales y recreativas que estimulen y promuevan la participación e integración del conjunto de estudiantes. - Coordinar con instituciones afines para la realización de las actividades planificadas. - Promover la formación de corresponsales escolares. - Editar el Boletín Informativo del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo. - Informar sobre la marcha de las actividades realizadas por su Comisión al Pleno del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo. Artículo 23º.- Son funciones del Regidor (a) de Salud y Medio Ambiente del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo: - Presidir la Comisión de Salud y Medio Ambiente Distrital del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo - Coordinar las actividades que promuevan el derecho a la salud integral de los estudiantes y motivar su participación en la conservación ambiental. - Coordinar son instituciones a fines para el apoyo a las actividades planificadas. - Informar sobre la marcha de las actividades realizadas por su comisión al Pleno del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo. Artículo 24º.- Son funciones del Regidor de Emprendimiento y Actividades Productivas del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo:

Artículo 17º.- La Junta Directiva del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo está constituido por: - Alcalde (sa) Distrital - Teniente Alcalde (sa) Distrital - Regidor (a) de Educación Cultura y Deporte Distrital - Regidor (a) de Salud y Medio Ambiente Distrital - Regidor (a) de Emprendimiento y Actividades Productiva Distrital - Regidor (a) de Derechos del Niño, Niña y Adolescente Distrital - Regidor (a) de Comunicación y Tecnología de la Información Distrital Artículo 18º.- La Junta Directiva del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo se reunirá cada 15 días y será convocado por el Alcalde o a solicitud de los Regidores. Artículo 19º.- Son funciones de la Junta Directiva del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo las siguientes: - Dirigir la gestión institucional de acuerdo con los fines y atribuciones del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo. - Elaborar un Plan de trabajo en coordinación con los Concejos Escolares de los municipios escolares y presentar a la Asamblea general para su aprobación. - Ejecutar los acuerdos y resoluciones de la Asamblea General. - Convocar a Asambleas Generales, extraordinarias y reuniones del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo. - Suscribir con el Teniente Alcalde las Actas de la Asamblea, así como la correspondencia interna y externa. - Velar por la vigencia y el respeto de los derechos de los miembros del Concejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo y de los Municipios Escolares. - Coordinar con la Municipalidad, Gerencia de Desarrollo Social y Lucha contra la Pobreza, Demuna, Sub Gerencia de Participación Vecinal, UGEL 01, Directores de Instituciones Educativas, docentes, Apafa y sociedad civil para la ejecución de las actividades programadas. - Realizar gestiones ante instituciones públicas y privadas y organizaciones de base para conseguir el apoyo a las actividades del ConCejo Municipal Escolar del Distrito de Villa María del Triunfo.